jueves, 16 de marzo de 2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE HUACARPANA ORDENANZA MUNICIPAL

  

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE HUACARPANA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº002-2023-MDSPH

San Pedro de Huacarpana, 14 de marzo del 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE HUACARPANA

POR CUANTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo del 2023.

VISTO

El Acuerdo de Concejo Nº015-2023-MDSPH que aprueba la Ordenanza que aprueba el REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº27680 “Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización”, en su artículo 194º, señala que las Municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, conforme al artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, los Gobiernos Locales, ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;

Que, el numeral 1 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, dispone que corresponde al Concejo Municipal, aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo a propuesta del Alcalde, cuya atribución consta en el numeral 9 del artículo 20º de la citada Ley;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la precitada ley, señala que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, los artículos 17º, 18º y 20º de la Ley Nº27783 - Ley de Bases de la Descentralización, señala que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, el debate y la concertación de los planes de desarrollo y presupuesto, estando a que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes de intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional, así como de la gestión pública; agregando que los presupuestos de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta ley, sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, señala que: “El proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones del Estado – Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos;

Que, a través de los artículos 7º, 8º, 9º y 10º del Decreto Supremo Nº142-2009- EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº28056 – Ley Marco del Presupuesto  Participativo y su modificatoria la Ley Nº29298, se disponen las Fases del Proceso Participativo: 1) Fase de Preparación, 2) Fase de Concertación, 3) Fase de Coordinación entre niveles de Gobierno y 4) Fase de Formalización;

Que, mediante numeral 1, del Capítulo II - Fases y Particularidades del Presupuesto Participativo, del Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en resultados Nº001-2010-EF/76.01, aprobado con Resolución Directoral  Nº007-2010-EF/76.01, se dispone que: “Antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y capacitación de los agentes participantes es necesaria la aprobación de la Ordenanza, que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal, la misma que  precisa el cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego, Anexo Nº 02: Guía de contenidos mínimos de ordenanza del Proceso del Presupuesto Participativo;

Que, en ese sentido mediante Informe Nº80-2023-MDSPH/OPP, la (e) de la Subgerencia de Planificación y Presupuesto, remite los actuados a la Gerencia Municipal para su conocimiento y se prosiga con el trámite respectivo para su aprobación;

Que, la Gerencia Municipal remite el Proyecto de Ordenanza que reglamenta el proceso de presupuesto participativo del distrito de San Pedro de Huacarpana para el año fiscal 2024, presentado por la Subgerencia de Planificación y Presupuesto, por lo cual corresponde continuar con el procedimiento regular para su aprobación por el Concejo Municipal;

Que, mediante Acuerdo de Concejo N°015-2023-MDSPH se aprueba el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Pedro de Huacarpana para el Año Fiscal 2024.

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Perú, y las facultades conferidas en los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades   Nº27972,  el   Pleno   del   Concejo   Municipal   aprueba por UNANIMIDAD lo siguiente:

 “ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN PEDRO DE HUACARPANA PARA EL AÑO FISCAL 2024”

 ARTÍCULO 1°.- APROBAR, el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Pedro de Huacarpana para  el año fiscal 2024, conforme al Texto Integrado por 24

 Artículos, VIII Capítulos y V Disposiciones Complementarias, los mismos que forman parte integrante de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 2°.- FACULTAR, al señor Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones normativas complementarias para la adecuación, modificación y aplicación de la presente ordenanza, necesarias para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo, y la mejor aplicación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 3°.- APROBAR el “Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Pedro de Huacarpana para el Año Fiscal 2024”, el cual será diseñado por el Equipo Técnico Municipal.

ARTÍCULO 4°.- CONSTITUIR el Equipo Técnico Municipal del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2024.

ARTÍCULO 5°.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a los  miembros del Equipo Técnico del presente Proceso de Presupuesto Participativo.

ARTÍCULO 6°.- DEJAR SIN EFECTO, cualquier dispositivo legal que se oponga a la  presente Ordenanza.

ARTÍCULO 7°.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en un diario local de mayor circulación.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

NOEL GUZMAN VILLEGAS FUENTES

ALCALDE

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