martes, 14 de marzo de 2023

Municipalidad Distrital de Chincha Baja Ordenanza Municipal

 

Municipalidad Distrital de Chincha Baja

Ordenanza Municipal N° 003-2023-MDCHB

EL CONCEJO DISTRITAL DE CHINCHA BAJA

Chincha Baja, 16 de febrero de 2023.

VISTO.- En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe N° 034-2023-MDCHB/GM de la Gerencia Municipal; Opinión Legal N° 36-2023-MDCHB/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° 009-2023-MDCHB/SG de la Oficina de Secretaría General, sobre el proyecto del nuevo REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO -RIC, de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 194º, establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...). La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley”;

Que, el Artículo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; asimismo, el referido artículo constitucional establece que la estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley;

Que, su artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece en el numeral 3 que el Concejo Municipal es competente para “Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local” y el numeral 8 le faculta a “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; de la misma manera el numeral 12, señala como atribución del Concejo Municipal, entre otras, la de: “Aprobar por ordenanza el reglamento del Concejo Municipal”, y el artículo 40º de la mencionada Ley, dispone en su primer párrafo que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; las ordenanzas, de conformidad con lo previsto por el artículo 200º inciso 4 de la Constitución, tiene rango de Ley;

Que, de la evaluación del proyecto presentado, se tiene que este se encuentra estructurado en seis (06) títulos, referidos a disposiciones generales, de los miembros del Concejo, de las sesiones en general y de las comisiones, con un total de ochenta y cuatro artículos (84) y tres (03) disposiciones transitorias y finales, siendo su estructura interna lógica, ordenada, organizada por títulos, capítulos y artículos, siendo un instrumento jurídico municipal que regula su organización interna, y que contiene los lineamientos de las funciones y obligaciones del mencionado colegiado, esto es, de alcalde y regidores, regulando la vida interna del Concejo Municipal;

Que, mediante Opinión Legal N° 36-2023-MDCHB de la Oficina de Asesoría Legal, emite opinión favorable respecto a la aprobación del nuevo Proyecto de Reglamento Interno de Concejo Municipal, por lo que se advierte en varios aspectos que deben ser modificados y/o actualizados y corresponde se adecue a la normativa vigente;

Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el numeral 8) y 12) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por votación unánime y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHINCHA BAJA – (RIC)

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Concejo – RIC, el mismo que consta de seis (06) Títulos, ochenta y cuatro (84) y tres (03) Disposiciones Transitorias y Finales, que forma parte integrante de la presente disposición.

Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 007-2011-MDCHB de fecha 03 de agosto 2011 y las demás normas que se le opongan a la presente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial de la Localidad, y a la Unidad de Soporte Técnico e Informática, la publicación del texto íntegro de la presente, en el portal Institucional de la Municipalidad.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Municipal entra en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme a Ley.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Mirtha Elena Hernández Grimaldo

Alcaldesa

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