Municipalidad
Distrital de Grocio Prado
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2021-MDGP/A
Grocio Prado, 02 de
julio del 2021
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
CONSIDERANDO:
Que,
el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº
27880, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos
de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, concordantes con el Articulo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27971, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que,
el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala
que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación
de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y
eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden
general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;
Que,
el 28 de julio del presente año se conmemora el Bicentenario de la
Independencia del Perú, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional,
constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los
sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el
respeto y amor a la patria;
Que,
es deber del gobierno local incentivar la participación cívica de la población
Grociopradina, resaltando los valores nacionales, así como, propiciando la
veneración de los símbolos patrios;
Que
la generación del patriotismo promovida por la gestión municipal, que resalta
con los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional y conciencia
cívica, se realiza a través de la celebración de actividades y festividades en
conmemoración de las próximas Fiestas Patrias; para ello, es tradicional el
mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, como es el
embanderamiento general y la limpieza y pintado de fachadas en todos los
inmuebles del distrito de Grocio Prado, como muestra del respeto y civismo
hacia la patria;
Estando
a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las
facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 200°, y artículo 420 de la
Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; y contando con las visaciones de
la Gerencia Municipal, y Sub Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE
DECRETA:
ARTICULO
PRIMERO.- DISPONER, el EMBANDERAMIENTO
GE-NERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE GROCIO PRA-DO, sean viviendas,
locales comerciales e instituciones públicas y privadas, desde el 05 al 31 de
julio del año en curso, como acto cívico
al conmemorarse el Bicentenario de la Independencia del Perú.
ARTICULO
SEGUNDO.- RECOMENDAR que todos los inmuebles del Distrito de Grocio Prado, estén
debidamente presentados con la limpieza adecuada y el pintado de sus fachadas.
ARTICULO
TERCERO.- DISPONER que el cumplimento de lo Dispuesto en el presente Decreto,
dará lugar a las sanciones correspondientes.
ARTICULO
CUARTO.- ENCARGAR el cumplimiento del Presente a la Sub Gerencia de Seguridad
Ciudadana, Mediante Ambiente y Servicios Municipales, su difusión a la Oficina
de Imagen Institucional, la Supervisión a la Unidad de Serenazgo, la
fiscalización a la Sub Gerencia de Administración Tributaria, para
fiscalización a la Sub Gerencia de Administración Tributaria, para su
publicación en el Diario la Verdad del Pueblo y en la Página Web institucional
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado(www.munigrocioprado.gob.pe),
notificándose.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Prof.
ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA
ALCALDE
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