miércoles, 7 de julio de 2021

Municipalidad Distrital de Grocio Prado DECRETO DE ALCALDIA

 

Municipalidad Distrital de Grocio Prado

      DECRETO DE ALCALDIA Nº  002-2021-MDGP/A

                                                         Grocio Prado, 02 de julio del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

   CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27880, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordantes con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27971, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;

Que, el 28 de julio del presente año se conmemora el Bicentenario de la Independencia del Perú, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el respeto y amor a la patria;

Que, es deber del gobierno local incentivar la participación cívica de la población Grociopradina, resaltando los valores nacionales, así como, propiciando la veneración de los símbolos patrios;

Que la generación del patriotismo promovida por la gestión municipal, que resalta con los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional y conciencia cívica, se realiza a través de la celebración de actividades y festividades en conmemoración de las próximas Fiestas Patrias; para ello, es tradicional el mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, como es el embanderamiento general y la limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de Grocio Prado, como muestra del respeto y civismo hacia la patria;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 200°, y artículo 420 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, y Sub Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- DISPONER,  el EMBANDERAMIENTO GE-NERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE GROCIO PRA-DO, sean viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas, desde el 05 al 31 de julio del año en curso,  como acto cívico al conmemorarse el Bicentenario de la Independencia del Perú.

ARTICULO SEGUNDO.- RECOMENDAR que todos los inmuebles del Distrito de Grocio Prado, estén debidamente presentados con la limpieza adecuada y el pintado de sus fachadas.

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el cumplimento de lo Dispuesto en el presente Decreto, dará lugar a las sanciones correspondientes.

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR el cumplimiento del Presente a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Mediante Ambiente y Servicios Municipales, su difusión a la Oficina de Imagen Institucional, la Supervisión a la Unidad de Serenazgo, la fiscalización a la Sub Gerencia de Administración Tributaria, para fiscalización a la Sub Gerencia de Administración Tributaria, para su publicación en el Diario la Verdad del Pueblo y en la Página Web institucional de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado(www.munigrocioprado.gob.pe), notificándose.

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Prof. ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA

ALCALDE

 

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