jueves, 24 de junio de 2021

El Ejecutivo autorizó transferencia de más de 51 millones de soles a distintos Gobiernos regionales


A la región Ica le asignan 2,039,149.00

A través del Decreto Supremo Nº 155-2021-EF publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano de ayer miércoles, el Ejecutivo autorizó la transferencia de más de 51 millones de soles a distintos Gobiernos regionales a fin que puedan contratar personal especializado de enfermería para atender en los centros de vacunación contra el coronavirus, covid-19.

En la citada norma  se autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2021, hasta por la suma de 51 millones 48,506 soles a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, recursos que serán para financiar la contratación de profesionales de enfermería y técnicos en enfermería, bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, para prestar servicios asistenciales en las brigadas fijas de los Centros de Vacunación contra la COVID–19, para los meses de junio, julio y agosto.

Todo esto, en el marco de lo establecido en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 051-2021.

Los montos de la transferencia de partidas por unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales se consignan en el Anexo Nº 1 “Asignación de recursos para la contratación de profesionales de enfermería y técnicos en enfermería para prestar servicios asistenciales en las brigadas fijas de los Centros de Vacunación contra la Covid-19”.

De acuerdo a lo establecido en el mencionado anexo, a la región Ica le asignan una partida de 2,039,149.00, de los cuales al Hospital San José de Chincha S/  502,398.00, para el Hospital San Juan de Dios – Pisco S/ 354,635.00; para Salud Palpa – Nasca S/ 206,871; para el Hospital de Apoyo de Palpa S/ 59,107.00 y para la red de Salud Ica le asignan la suma de S/ 916,138.00.

En la mencionada norma según el artículo 3º especifica que estos recursos de la Transferencia de Partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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