MEDIDA PARA ENFRENTAR A LA COVID-19 REGIRÁ
HASTA SETIEMBRE DE ESTE AÑO
Mediante el Decreto Supremo 009-2021-SA, el
gobierno dispuso la prórroga de la declaratoria de la emergencia sanitaria por
la presencia de la COVID-19 en nuestro país, por un plazo de 180 días
calendario contados a partir del 7 de marzo próximo.
La
Finalidad de la medida es continuar con las acciones de prevención, control y
atención de salud para la protección de la población de todo el país; y señala
que corresponde al Ministerio de Salud (Minsa), al Instituto Nacional de Salud
(INS) y a EsSalud, realizar las acciones inmediatas.
Esta
emergencia sanitaria es necesaria en cuanto no se logren alcanzar los niveles
de inmunidad adecuados para la protección de la población, además de las nuevas
variantes del coronavirus con características de mayor nivel de contagio.
Además, no se descarta la probabilidad que surjan otras variantes que
no respondan a las actuales vacunas en producción, y mantengan el crecimiento
acelerado de casos y fallecidos por esta segunda ola pandémica.
El
Decreto Supremo indica también que durante la prórroga se continuará con la
contratación de bienes y servicios requeridos para las actividades de la
emergencia sanitaria COVID-19.
Además, las contrataciones y adquisiciones que
se continúen realizando al amparo de esta norma, se seguirán destinando
exclusivamente para los fines establecidos, bajo responsabilidad.
Agrega
el documento que, concluida la prórroga declarada las autoridades responsables
de la ejecución del Plan de Acción, estas deben informar respecto de las actividades
y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados.
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