viernes, 29 de enero de 2021

Sunat modifica reglamento y ahora fiscalización de cuentas bancarias será desde S/ 30,800

 


A fin de garantizar el secreto bancario, la entidad tributaria señala que seguridad de la información estará protegida bajo estándares de la OCDE

 El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento que establece la información que las empresas del sistema financiero deben proporcionar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para el combate de la evasión y elusión impositiva.

A través del Decreto Supremo Nº 009-2021-EF, publicado ayer martes en el El Peruano, se dispuso que la información de las cuentas bancarias con un monto igual o superior a las 4 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 30,800 soles, debe ser alcanzada a la Sunat.

Ello es un cambio respecto al umbral que había establecido hace unas semanas el MEF de 10,000 soles, y que ahora será de 30,800 soles.

Las empresas del sistema financiero deben identificar el saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta durante el lapso que se informa, y que en cada período a informar sean iguales o superiores a 30,800 soles.

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