lunes, 21 de septiembre de 2020

Saga Falabella S. A. y Sindicato suscribieron Convenio Colectivo Periodo 2019-2022



La empresa Saga Falabella S. A. y su sindicato de trabajadores (Sintrasaf) suscribieron un convenio colectivo de trabajo correspondiente al periodo 2019 – 2022, favorable a 43 afiliados, tras participar de una reunión de conciliación virtual convocada por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales y RSEL de la Dirección General de Trabajo, el último 9 de setiembre.
El convenio suscrito estable-ce incrementos del sueldo básico, los cuales se harán efectivos tanto desde enero de 2021 como desde enero de 2022, aplicándose a los trabajadores full time que laboran 48 horas a la semana.
Asimismo, la empresa otorgará una asignación escolar, en febrero de 2021 y febrero de 2022, siempre que el trabajador tenga algún hijo en edad escolar entre los tres y dieciocho años de edad, previa presentación de la matrícula correspondiente.
Estos beneficios serán otorgados a los trabajadores afiliados al sindicato hasta el 9 de setiembre de 2020, y que tengan más de un año de servicio continuo en la empresa y siempre que se encuentren activos al momento del abono.
Cabe indicar que el convenio establece otros acuerdos en materia de asignación familiar, uniformes, permisos por fallecimiento, matrimonio y onomástico, asignación por fallecimiento, apoyo económico al sindicato, licencia sindical, entre otros. Finalmente, ambas partes acordaron mantener un clima de paz laboral.
Cabe indicar que conforme a la Constitución, el Estado fomenta la negociación colectiva y promueve las formas de solución pacífica de los conflictos laborales. En el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó la Directiva que permite realizar reuniones virtuales entre la Autoridad Administrativa de Trabajo, los representantes de los trabajadores y de los empleadores, a fin de contribuir con la solución pacífica de los conflictos colectivos laborales (Directiva General N. º001-2020-MTPE/2/14).

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.