GOBIERNO ESTABLECE QUE SERÁN GRATUITOS LOS SERVICIOS DE DATOS Y
TELEFONÍA PARA ACCEDER A LA TELESALUD
Todos los establecimientos de salud del país, públicos y privados,
incluyendo los de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú tendrán
que implementar y financiar servicios de telesalud para brindar atención a sus
pacientes durante las declaratorias de emergencia nacional y alertas rojas,
según dispuso el Poder Ejecutivo a través del Decreto Legislativo N° 1490.
La obligación comprende la prestación de servicios médicos
utilizando tecnologías de información para el telemonitoreo de las condiciones
de los pacientes, la teleorientación para absolver sus consultas y brindar
indicaciones y la telegestión de los establecimientos. Las entidades también
brindarán servicios de teleconsulta a los pacientes y teleinterconsulta, entre
profesionales de la salud.
Para ofrecer mayores facilidades a los usuarios de los servicios
médicos, el Gobierno dispuso que durante la declaratoria de emergencia
nacional, los operadores de telefonía y de servicio de internet faciliten a la
población el acceso gratuito a los canales de comunicación que disponga el
Ministerio de Salud (Minsa).
Sobre la prescripción de medicamentos, se estableció que el Minsa
autorizará a los establecimientos y profesionales cuando cumplan las
condiciones y restricciones que se indicarán en el reglamento de la norma. Las
recetas electrónicas tendrán validez para su uso en las farmacias y ante las
Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS).
El Decreto Legislativo N° 1490 también encarga al Minsa crear la
Red Nacional de Telesalud y la web www.gob.pe/telesalud, en tanto que la
Superintendencia Nacional de Salud del Minsa se encargará de la supervisión del
cumplimiento de las condiciones del servicio. Cabe resaltar que los pacientes deberán
expresar su consentimiento informado y tendrán asegurada la protección de sus
datos personales.
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