CUMPLIENDO CON
LOS REQUISITOS DE LA PRIMERA FASE DE REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES COMO CRITERIO
DE FOCALIZACIÓN
TERRITORIAL SE
HA DISPUESTO QUE LAS EMPRESAS QUE SE REACTIVEN DEBEN SER FORMALES, CONTAR CON
RUC ACTIVO Y HABIDO
El Ministerio de la Producción publicó ayer los Protocolos
Sanitarios de Operación para las actividades textil y confecciones y comercio
electrónico de bienes para el hogar y afines, a través de la Resolución
Ministerial Nº 137-2020-Produce.
Ello, conforme a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo
Multisectorial, para la reanudación gradual y progresiva de actividades
económicas.
Los protocolos publicados contemplan también el criterio de
focalización territorial para estos sectores, estableciendo que, para la
reanudación de sus actividades, las empresas deben ser formales, estar inscritas
en la SUNARP y contar con licencia de funcionamiento, así como con RUC activo y
habido.
Cumplido los protocolos, incluido los criterios de focalización
según la actividad, se mejorarán las condiciones de aislamiento de la población
con la provisión de productos para las actividades de trabajo y estudio remoto,
productos para mejorar el confort y salud de las personas, productos para el
mantenimiento y apoyo a las labores del hogar, productos para la reparación y
mantenimiento y productos para facilitar el entretenimiento y confort del
hogar.
SOBRE LOS
PROTOCOLOS
Las empresas de los sectores textil y confecciones y comercio
electrónico de bienes para el hogar y afines deben garantizar un adecuado
ambiente de trabajo e infraestructura, lo cual implica establecer un metro de
distancia entre los trabajadores, así como el uso de Equipos de Protección
Personal (EPP) según los puestos del proceso productivo y su riesgo frente al
coronavirus.
Asimismo, la empresa deberá identificar y evaluar los riesgos en
los procesos productivos correspondientes al desarrollo de producto, procesos
de producción, procesos de empaque, almacenes de accesorios, materia prima,
insumos diversos y productos terminados, servicio de talleres externos.
Con estos resultados, las empresas podrán implementar medidas que
permitan prevenir y controlar la infección del coronavirus, entre otras
obligaciones.
De otro lado, es parte del protocolo obligatorio el proceso de
lavado y desinfección de manos, procedimientos de limpieza como la fumigación y
otros, manejo de residuos y prevención de contaminación cruzada.
Es importante también que durante las labores diarias se realice el
control de la temperatura corporal a todos los trabajadores, incluyendo propios
y terceros que ingresan a la empresa, la cual debe ser menor o igual a 38°C.
Esta evaluación estará a cargo del responsable de Seguridad y Salud de los
Trabajadores.
De acuerdo a los protocolos, en el sector textil y confecciones,
las empresas autorizadas reanudarán sus actividades de producción y
comercialización a puerta cerrada y las del sector comercio electrónico harán
el despacho a domicilio con servicio de entrega propio o de tiendas
especializadas a puerta cerrada y en los horarios permitidos.
Los protocolos para las actividades de textil y confecciones y
comercio electrónico establecen la obligación de identificar al personal del
grupo de riesgo (mayores de 60 años, con enfermedades crónicas, hipertensas y
similares), quienes deberán permanecer en trabajo remoto hasta el término de la
emergencia sanitaria. Finalmente se establece un procedimiento frente a casos
de personas infectadas con coronavirus, y su registro.
Es preciso mencionar que estos protocolos tienen como base los
“Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de
exposición a COVID-19”.
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