NORMA GARANTIZA
LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ELECTRICIDAD Y GAS NATURAL PARA LA
POBLACIÓN VULNERABLE
El Gobierno publicó el Decreto de Urgencia (DU) N° 035-2020 que
permitirá fraccionar la deuda por el consumo de luz y gas natural hasta en 24
meses a la población considerada como vulnerable, en el marco del estado de
emergencia nacional para prevenir el coronavirus.
Al respecto, el DU precisa que se considera población vulnerable a
los usuarios residenciales del servicio eléctrico con un consumo de hasta 100
kWh mensuales, a los que están conectados a sistemas eléctricos rurales no
convencionales abastecidos con paneles fotovoltaicos (energía solar), y a los
usuarios del servicio de gas natural con consumos de hasta 20 metros cúbicos al
mes.
En el fraccionamiento de los recibos por esos servicios básicos no
se aplicarán intereses moratorios, cargos fijos por mora, o cualquier otro
concepto vinculado al incumplimiento de pago, salvo los intereses
compensatorios que serán cubiertos con recursos del Fondo de Inclusión Social
Energético (FISE), que es administrado por el Minem.
En el caso de los usuarios de luz y gas natural de la población
vulnerable, cuyos recibos se encuentren pendientes de pago y que se hayan
emitido en el mes de marzo o que comprendan algún consumo realizado durante el Estado
de Emergencia Nacional, las empresas eléctricas no podrán suspender el
servicio.
La norma también contempla disposiciones relacionadas a las
operaciones y responsabilidades de las empresas durante la emergencia, con la
finalidad de facilitar la operatividad sin descuidar aspectos vitales como la
seguridad del sistema eléctrico y de gas natural.
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