Fue publicado
hoy en el diario oficial El Peruano la Ley que regula sobre el plástico de un
solo uso, otros plásticos no reutilizables y los recipientes o envases
descartables de tecnopor para alimentos y bebidas de consumo humano en el
territorio nacional.
La
ley 30884 precisa que el objetivo de la misma es contribuir en la concreción
del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso del
plástico de un solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre y de
otros contaminantes simila-res, en la salud humana y del
ambiente.
La
norma señala que, en un plazo de 3 años, a partir de hoy, los supermercados,
autoservicios, almacenes, comercios en general u otros establecimientos
similares, así como sus contratistas o prestadores de servicios, deben
reemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas de plástico no reutilizable.
Estas
deberán ser reemplazadas por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen
contaminación por microplástico o sustancias peligrosas y que aseguren su valorización.
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