MEDIDA
ALCANZA A SERVIDORES DEL SECTOR
PÚBLICO. TRABAJADORES DEL SECTOR
PRIVADO
TAMBIÉN PUEDEN ACOGERSE
El poder Ejecutivo declaró el 24 de
diciembre como día no laborable compensable para los trabajadores del sector
público, según un decreto supremo publicado hoy miércoles en el Diario El
Peruano.
Se indica allí
que las horas que serán dejadas de laborar el 24 de diciembre podrán ser
compensadas por el trabajador a partir de la próxima semana de dicha fecha o en
la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública de acuerdo a
sus necesidades.
El titular de
cada entidad del sector público adoptará las medidas necesarias para garantizar
la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad
durante el día no laborable señalado.
La norma indica,
asimismo, que los trabajadores del sector privado también podrán acogerse a lo
dispuesto en el decreto supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores,
quienes deberán establecer la forma como se recuperará las horas dejadas de laborar;
a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Están exceptuadas
del día no laborable aquellas labores indispensables, en todo tipo de empresa,
cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación
de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la
empresa.
Corresponde al
empleador determinar tales labores y la relación de los trabajadores que deben
desempeñarlas.
Al recordar que
el 25 de diciembre es feriado, el D.S. anotó que estando a puertas de la
Navidad, es conveniente establecer un día no laborable sujeto a horas de
trabajo compensables a efectos de fomentar la vida familiar entre los trabajadores
del sector público.
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