martes, 22 de mayo de 2018

Municipalidad Provincial de Pisco



DECRETO Nº 003-2018-MPP-ALC
Pisco, 04 de Mayo de 2018
VISTO Y CONSIDERANDO:
La necesidad de desconcentrar los trámites administrativos, es pertinente Delegar en el Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Pisco, algunas facultades inherentes del Alcalde, de conformidad a las normas de la materia, a fin de imprimir celeridad en los tramites, puesto que el señor Alcalde tiene recargadas labores que son propias de su cargo, es por esta razón que se delegan algunas de sus funciones; y,
Que, el artículo 106º de la Constitución Política del Perú, estipula que mediante leyes orgánicas se regulan la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la Constitución, así como también las otras materias cuya regulación por Ley Orgánica está establecida en la Constitución;
Que, el numeral 20) del artículo 20º de la LOM. Señala, que es facultad del Alcalde, Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal; texto concordante con los artículos 27º y 39º de la citada norma, cuando señala que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el alcalde, resuelve los aspectos administrativos a su cargo a través de resoluciones y directivas, respectivamente;
Que, el numeral 72.1, del Artículo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece, que los titulares de los órganos administrativos pueden delegar mediante comunicación escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos, o a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan;
Que, de acuerdo con el artículo 15º y siguientes del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Pisco, aprobado por Ordenanza Nº 019-2015-MPP, y sus modificatorias, la Gerencia Municipal es el órgano de Dirección de más alto nivel administrativo de la Municipalidad Provincial de Pisco, tiene entre otras planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades administrativas, económicas y financieras de la gestión municipal, y depende funcional y jerárquicamente del Alcalde.
Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 20º, numerales 6 y 20) y el artículo 43º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, y sus modificatorias; con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica, y contando con la conformidad de la Gerencia Municipal;
SE DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO:  DELEGAR, en el Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Pisco, adicionalmente a las funciones inherentes a su cargo, las siguientes;
1. - Aprobar las liquidaciones técnicas y financieras de obra y  de consultoría de obra, conforme al procedimiento establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, y su reglamento.
2.- Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y otras modificaciones contractuales de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30225 – Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
3.- Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Todo Procedimiento deberá culminar con la respectiva resolución de Gerencia Municipal, dando término al procedimiento, bajo responsabilidad funcional, sujetándose a los términos y plazos establecidos en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General y otras normas complementarias.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, que a través de Secretaría General se notifique la presente resolución a los órganos competentes de la Municipalidad Provincial de Pisco y a los interesados conforme a ley.

REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE
Tomás Villanueva Andia Crisóstomo
Alcalde

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