ACUERDO
No. 010 - 2018 - MPCH.
Chincha
Alta, 25 de Enero de 2018
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
en Oficio No. 030-2018-EPS SEMAPACH S.A.
G.G., Rgto. 984-2018, presentado por don JUAN BAUTISTA PRETEL SEVILLANO,
Gerente General, Coordinación OTASS –RAT EPS SEMPACH S.A., sobre Convenio Interinstitucional.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9°
de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que es atribución del Concejo
entre otros, numeral 26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación
nacional e internacional y convenios interinstitucionales".
Que, el Artículo 41°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades respecto a los Acuerdos
señala, "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a
asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan
la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que, con el Oficio de
vistos, el Gerente de la E.P.S. SEMAPACH S.A., remite el proyecto de convenio
Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y la Empresa
que dirige, para fines de reponer tuberías en la Av. Ildefonso, del distrito de
Chincha Alta, Provincia de Chincha.
Que, con Informe No.
035-2018-MPCH/GAT/SGO-OAÑQ, de fecha 22 de Enero de 2018, el Sub Gerente de
Obras de la entidad, que el convenio que propone la E.P.S. SEMAPACH S.A. su
objeto es concretar la reposición de la red de agua potable, para garantizar el
adecuado suministro del servicio de agua potable a la población, la misma que
se efectuará en la Av. Victoria desde la Urb. Los Sauces en dirección de la Av.
San Idelfonso hasta calle Junín; por lo que según las obligaciones de parte de
la Municipalidad Provincial de Chincha, se tiene que asumir
costos derivados del servicio de maquinaria (retroexcavadora),
suministro de tubería Ø250 mm PVC UF clase 7.5 (569.00 ml) y suministro de
tubería Ø160 mm PVC UF clase 7.5
(135.00 ml); indicando que es conveniente efectuar el convenio interinstitucional
conducente a unificar esfuerzos y resolver problemas que aquejan a la población
como es la renovación de tuberías PVC para un adecuado servicio de suministro
de agua potable, en las zonas antes indicadas. Informe ratificado con el No.
217-2018-GAT/MPCH de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Entidad.
Estando
a lo dispuesto en el artículo 9°, numeral 26,
de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, el Concejo Provincial
de Chincha, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Enero de 2018, aprobó por unanimidad con la dispensa de la lectura
y aprobación del Acta, el siguiente
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing.
Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Chincha, suscribir el Convenio Interinstitucional entre la EPS
SEMPACH S.A. y la Municipalidad
Provincial de Chincha que consta de nueve numerales y diez
cláusulas, que adjunto forma parte del presente acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la
Secretaria General de la Entidad, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de
Concejo a la EPS SEMPACH S.A., con la
debida nota de atención y a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines
pertinentes.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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