Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

martes, 10 de octubre de 2017

Se instaló Pantalla TV gigante en Chincha para presenciar el partido de fútbol de hoy martes


La mañana de hoy quedó instalada  y probada la pantalla de televisión gigante para que la población acuda a presenciar el partido de futbol que sostendrá nuestra Selección Peruana con el cuadro de Colombia, partido de gran importancia donde nuestra blanquiroja se juega la clasificación a Rusia 2018, encuentro que se jugará en el estadio nacional de Lima.
Ha quedado instalada esta pantalla TV en la esquina de la calle Grau y Plaza de Armas de Chincha Alta, al costado del edificio de la Municipalidad Provincial, cumpliéndose así, el anuncio hecho el domingo por el burgomaestre, provincial de Chincha, Ing. César Carranza Falla.
Chincha como todos los peruanos compartirán la emoción de ver a nuestra selección nacional, jugar a todo dar, para demostrar capacidad y su excelente preparación, que es anima da por todos los peruanos, que esperan un triunfo esta noche.

 A fin de brindar a la población chinchana la oportunidad de ver en forma clara este singular partido de futbol, se cumple la iniciativa de la comuna provincial, para lo cual se ha sumado la firma Cristal que ha brindado su apoyo.


Declaran jornada no laborable hoy martes desde las 16:00 hasta 23:59 horas


El Gobierno declaró jornada no laborable, a escala nacional, para los trabajadores del sector público entre las 16:00 y 23:59 horas hoy martes 10, indica el decreto supremo publicado en el Diario Oficial El Peruano.
La disposición precisa que las horas dejadas de laborar por los servidores estatales se compensarán en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.
La recuperación de horas se sujetará a parámetros de razonabilidad y no afectará el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, el tiempo de trabajo que incluye la recuperación de horas podrá ser mayor al periodo dejado de laborar.
Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, los titulares de las entidades del sector publico adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad la provisión de los servicios que resulten indispensables, precisa la norma.
Los centros del trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el D.S., previo acuerdo entre el empleador y su personal, quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de trabajar. A falta del acuerdo decidirá el empleador, se precisa.
Uno de los objetivos de este D.S. es facilitar la implementación de las medidas de seguridad establecidas para el encuentro de fútbol entre el Perú y Colombia  que se juega hoy martes 10, a partir de las 18:30 horas, en el Estadio Nacional, por las Clasificatorias al Mundial Rusia 2018. 


Por descuido moradores arrojan objetos pesados a líneas de desagüelos que producen atoros: Chincha


Cada vez que se produce un atoro en las líneas de desagüe en Chincha Alta, con la consiguiente inundación de calles de aguas servidas se observa que al efectuarse los trabajos de desatoro, los trabajadores de Semapach sacan de las líneas troncales, plumas de aves, trapos, botellas descartables de plásticos, guantes, probablemente de personas comerciantes que trabajan en el mercado central o mercado modelo o también provienen del camal de pollo.
Esta situación debe ser superada porque estos atoros de desagüe e inundación de calles de aguas servidas es perjudicial para la salud de la población y en este problema debe llamar la atención también al personal de Saneamiento Ambiental del hospital San José o Municipalidades, que deben efectuar constantes recomendaciones a la población de los peligros que acarrea el arrojar a los buzones objetos pesados que producen atoros en las citadas líneas troncales.Creemos que con mayor responsabilidad de la población estos problemas pueden reducirse.

Ayer lunes, se produjo un atoro de la línea troncal del desagüe en la esquina de calle Chavín y Ayacucho, al hacer presión este atoro, el agua servida salió por el buzón de la vereda del inmueble de calle Ayacucho 198, y también por el pavimento pegado a la vereda de dicho casa, avanzando el agua sucia hasta la esquina de las calles Ayacucho y Pisco, siguiendo a la segunda cuadra de esta vía, como se puede observar en la vista fotográfica.


UGEL de Chincha celebra su aniversario mañana miércoles


Su vigésimo noveno aniversario institucional, celebra mañana miércoles 11 de octubre la Unidad de Gestión Educativa
Local de Chincha, desarrollándose unaserie de actividades internas, tanto deportivas como culturales.


Municipio de Pisco instala pantalla gigante en su plaza de armas para que el público disfrute del partido de hoy Perú vs Colombia


La Municipalidad provincial de Pisco realizó la tarde de ayer lunes, la instalación de una pantalla gigante en su Plaza de Armas para que la población pueda disfrutar del esperado encuentro, Perú - Colombia.
Es así, que la comuna provincial viene invitando a la población pisqueña a espectar el emocionante partido a disputarse hoy desde las 6:30 p.m.
La concentración en la plaza de armas es desde las 5.00 p.m.





Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No. 031-2017-MPCH.
Chincha Alta, 02 de Octubre de 2017.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO, el Informe No. 3051-2017-GPP/MPCH, de fecha 11 de setiembre de 2017, presentado por el (e) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad, sobre modificación del Manual de Organización y Funciones – MOF de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305,  concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales  son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 9° numeral 8) establece. Son atribuciones del Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos", de igual modo, el artículo 39° establece; "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos".
Que, con la Ordenanza N° 032-2017-MPCH de fecha 19 de Setiembre 2016 se Modifica el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Organización y Funciones —MOF, donde se creó la División Servicios Generales y Control Patrimonial dentro de la Sub Gerencia de Logística.
Que, con Informe No. 02930-2017-GPP/MPCH, de fecha 28 de agosto de 2017, el (e) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad,  comunica que en el Reglamento de Manual y Funciones se había programado la Sub Gerencia de Servicios Generales y Control Patrimonial que estaba encargada de Programar, organizar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la administración de inmuebles, maquinarias y equipos, mobiliario y enseres y otros bienes. También le corresponde suministrar los servicios de transporte, conservación, mantenimiento y seguridad; por tanto en  vista que la Sub Gerencia de Logística no tiene personal especializado para asumir el cargo de las funciones en mantenimiento de maquinarias de Limpieza Pública; recomienda; que se considere en el ROF y MOF vigente, que las Funciones para ejecutar el mantenimiento de las maquinarias de Limpieza Pública sean Administradas por la Gerencia de Servicio al Ciudadano en la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Saneamiento y Salud y en la División de Limpieza Pública — Parques y Jardines y Salubridad.
Que, con Informe No. 3051-2017-GPP/MPCH, de fecha 11 de setiembre de 2017, el (e) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad, comunica que con Informe N° 1757-2017-SGL/MPCH de fecha 16 de agosto del 2017, la Sub Gerencia de Logística, por intermedio de la Gerencia Municipal, remite los antecedentes y análisis sobre la operatividad de las Maquinarias de Limpieza Pública, en vista que la Sub Gerencia de Logística no tiene personal especializado para asumir el cargo de las funciones en mantenimiento de maquinarias de Limpieza Pública; por lo que al tener conocimiento de los antecedentes y análisis remitidas por la Sub Gerencia de Logística, sobre las Maquinarias de Limpieza Pública, se ha realizado la modificación en el Manual de Organización y Funciones MOF, correspondiendo a la Gerencia de Servicios al Ciudadano la administración de la operatividad de las Maquinarias de Limpieza Pública y es necesario poner en conocimiento al Concejo Municipal para su aprobación referente a la modificación del Manual de Organización y Funciones (MOF), correspondiente a la Sub Gerencia de Logística sobre las Maquinarias de Limpieza Pública, que se está considerando en la Gerencia de Servicios al Ciudadano, Sub Gerencia de Saneamiento, Salud y Gestión Ambiental, funciones específicas (z) - División de Limpieza Pública - Parques y Jardines y Salubridad en sus funciones específicas (k, l y m); que se adjunta en anexo.
Estando a lo expuesto,  a  lo  aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre de 2017, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la modificación  de la Ordenanza No. 032-2017-MPCH; donde se modificó el Manual de Organización y Funciones (MOF), respecto a la Sub Gerencia de Logística sobre las Maquinarias de Limpieza Pública;  que se está considerando en la Gerencia de Servicios al Ciudadano, Sub Gerencia de Saneamiento, Salud y Gestión Ambiental, funciones específicas (z) —División de Limpieza Pública — Parques y Jardines y Salubridad en sus funciones específicas (k, l y m); que se adjunta en anexo y forma parte de la  presente ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- La Secretaria General se encargara de publicar el presente en el Diario Oficial de la localidad y sus anexos en la Página Webb de la Entidad www.municipalidadchincha.gob.pe
ARTÍCULO TERCERO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase

Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No. 029-2015-MPCH.
Chincha Alta, 04 de agosto del 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO; la comunicación presentado por el Regidor Oscar Velit Bailetti,  mediante el cual remite el Proyecto de  Ordenanza Municipal para el reconocimiento denominado  “CHINCHA CUNA DE CAMPEONES”.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, dentro de este contexto, es necesario tener en consideración que, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades, en lo que respecta al Concejo Municipal, se considera en el Artículo 5° -tercer párrafo-"El concejo municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras"; luego en su Artículo 8. Considera como una de sus atribuciones como la de, "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos".
Que, en cuanto se refiere a las atribuciones y obligaciones de los Regidores, el Artículo 10°, señala taxativamente lo siguiente Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: 1. Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.
Que, en nuestra ciudad numerosas personas ya sea en forma individual o en instituciones del medio,  trabajan denodadamente y en el ámbito del deporte, la cultura, la educación en lo científico, religioso, etc.; haciendo con el esfuerzo individual o grupal los cimientos de una sociedad que cada día crece elevando nuestra moral, nuestra dignidad y el orgullo de pertenecer a una ciudad de donde surgieron grandes personajes e instituciones, que trajeron a nuestra ciudad la alegría de los logros y los triunfos y con ello la gloria de un pueblo que se ve marcada por la grandeza de su gente.
Que, el esfuerzo realizado por personas e instituciones de nuestra comunidad con el fin de obtener logros óptimos dentro de las esferas de la ciencia, la educación, el deporte, lo religioso, etc. fuera del ámbito de nuestra ciudad,  merece el reconocimiento de todos los habitantes de la ciudad de Chincha y que tal reconocimiento debe ser realizado a través del Gobierno Local.
Que tal reconocimiento debe ser realizado en forma expresa mediante el otorgamiento de una plaqueta recordatoria que refleje el agradecimiento serio y responsable de una sociedad orgullosa de sus logros, debiendo disponerse para ello el nombre de la persona que con sus logros y su actuar dentro de esta comunidad al haber sido uno de los precursores de la organización política y social en nuestra Ciudad reúne con creces el espíritu al que se hace referencia, y se quiere reflejar en este reconocimiento por haber trascendido su figura más allá de las fronteras de nuestra Patria.
Por ello estando a lo expuesto a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de mayo de 2015 y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; se aprueba la siguiente
ORDENANZA:
ARTICULO PRIMERO.- INSTAURASE,   el RECONOCIMIENTO “CHINCHA CUNA DE CAMPEONES", con el que se distinguirá a los ciudadanos e  instituciones  que  ameriten  el  reconocimiento  de  la sociedad,  por sus destacadas actitudes y virtudes en el desempeño de actividades individuales y/o colectivas en el campo social, religioso, científico, deportivo y cultural en todas sus manifestaciones y que dichos logros se hayan realizado fuera del ámbito de nuestra Ciudad.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El reconocimiento consistirá en una plaqueta de bronce de diseño exclusivo conteniendo en su parte superior una antorcha encendida rodeada de una corona de laureles. Dicha plaqueta irá inserta en un cuadro, “fondo de pana rojo, marcos dorado cubierta por vidrio, llevando impreso la leyenda: CHINCHA CUNA DE CAMPEONES'', De la provincia de Chincha a quien supo con esfuerzo traer alegría y gloria a nuestra Ciudad. Honorable Concejo DELIBERANTE de la ciudad de Chincha, Lugar  y fecha de otorgamiento.
ARTÍCULO TERCERO.- El reconocimiento instaurado en el artículo que antecede será otorgado cuando este Honorable Concejo DELIBERANTE lo crea conveniente luego de la evaluación y sustento, se hará entrega de uno por persona cuando el desempeño haya sido individual y uno por institución cuando los logros hayan sido en forma grupal, dicho reconocimiento no podrá otorgarse en forma repetida a una misma persona o institución durante el año calendario. La entrega de la Placa Recordatoria se hará mediante norma municipal pertinente, cuya copia será entregada en acto solemne de este Honorable Concejo.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase

Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

DEFUNCIÓN




La tarde del domingo 8 de octubre dejó de existir en el Hospital Augusto Hernández-EsSalud de Ica, el señor Isidoro Demetrio Almeyda Pachas, uno de los hermanos de la Familia conocida cariñosamente como  “Carpeta”.

 El velatorio se realizó en su domicilio situado en  el Centro Poblado Huaca Grande en el distrito de Sunampe y el sepelio se realizó el día de ayer martes en el cementerio general de Chincha.  Nuestras condolencias a sus familiares.

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No. 032-2017-MPCH.
Chincha Alta, 02 de Octubre de 2017.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO, el Informe No. 384-2017-GM/MPCH, de fecha 27 de setiembre de 2017, de la Gerencia Municipal de la Entidad, sobre proyecto de la Directiva de Maquinarias.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305,  concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales  son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, con Resolución de Contraloría General No. 320-2006-CG, que aprueban las Normas de Control Interno, en el Titulo II marco conceptual del Control Interno, señala en el literal (ii) Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado contra cualquier forma de perdida, deterioro, uso indebido y actos ilegales, así como, en general, contra todo hecho irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos.
Que, con Informe No. 177-MQ-2017/MPCH, de fecha 19 de abril de 2017, del (e) de Maquinarias M.P.CH, remite el Reglamento para el Uso, Control y Mantenimiento de Maquinarias, Vehículos y Abastecimiento de Combustible de la Municipalidad Provincial de Chincha; considerando que la flota vehicular ha sido incrementada y es necesario contar con un reglamento y/o directiva que señale el correcto uso, control y mantenimiento de las maquinarias y que se dé a conocer a todo el personal involucrado con el uso de vehículos y maquinarias.
Que, con Informe No. 2385-2017-GPP/MPCH del (e) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad,  habiendo revisado y evaluado el Proyecto  de Directiva de Asignación y Uso de Unidades Vehiculares, informa que se encuentra adecuado a todas las normas generales y disposiciones específicas relacionadas al parque automotor y al personal que se encuentra laborando en dicha área.
Estando a lo expuesto,  a  lo  aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre de 2017, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Uso, Control y Mantenimiento de Maquinarias, Vehículos y Abastecimiento de Combustible de Maquinarias que consta de I Finalidad, II Objetivos, III Base Legal, IV Alcance, V Normas Generales, VI Disposiciones Específicas 6.1 Conductores (Chofer – Operador) del Vehículo o Maquinaria Pesada 6.2 Mantenimiento y Reparación de los Vehículos y Maquinarias Pesada (Taller Mecánico) 6.3 Vigilancia y Depósito Municipal de Vehículos (vigilantes y/o Guardianes) 6.4 Asignación de Combustible para Vehículos y Maquinaria Pesada 6.5 Prohibiciones 6.6 Medidas Disciplinarias y VII Disposiciones Complementarias; que en anexo adjunto, forma parte de la presente ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicio al Ciudadano, Sub Gerencia de Logística, Unidad de Maquinarias y otras unidades orgánicas cuya responsabilidad haya recaído el uso de maquinarias de la entidad.
ARTICULO TERCERO.- La Secretaria General se encargara de publicar el presente en el Diario Oficial de la localidad y sus anexos en la Página Webb de la Entidad www.municipalidadchincha.gob.pe
ARTÍCULO CUARTO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde 

Pardinos desfilaron el domingo 8 de octubre 2017

 En la Plaza de Armas de Chincha Alta, el domingo 8 desfilaron varias promociones del Emblemático Colegio José Pardo y Barreda.
 Se puede notar la presencia de la Promoción Bodas de Oro, “Gontrán Pachas”, presidida por Juan José Sotelo Vásquez.
Estuvo presente la Promoción Pardina 1970. Ellos  han venido desfilando los últimos años el 12 de octubre, notándose la activa participación de Luis Tolmos Navarro.














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