ACUERDO
No. 075-2017-MPCH
Chincha
Alta, 22 de Noviembre de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO,
el Informe No. 438-2017-GM/MPCH, de fecha 15 de Noviembre
de 2017, de la Gerente Municipal, sobre autorización para proceso judicial
sobre Desalojo y Obligación de Dar Suma de Dinero ante el Órgano
Jurisdiccional.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las
municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben “Los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos” y “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo,
referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, el Artículo 9°, numeral 23 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
" Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los
intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o
impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros
respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado
responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales
interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. Asimismo el
artículo 29°, en su artículo 29, respecto a la Procuradurías Publicas
Municipal señala lo siguiente “La
representación y defensa de los intereses y derechos de las
municipalidades en juicio, se ejercitan
a través del órgano de defensa judicial conforme a la Ley, el cual está a cargo
de procuradores públicos municipales y el
personal de apoyo que requiera. Los procuradores municipales son
funcionarios designados por el Alcalde y dependen administrativamente de la
municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del
Estado”.
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1068, los
Procuradores Públicos Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de
acuerdo a la Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su
Reglamento Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que, el Procurador Público de la
Municipalidad Provincial de Chincha refiere en su Informe N° 043-2016-PPM/MPCH
en el cual en el punto 3 refiere expresamente lo siguiente que requiere la
Autorización del Pleno del Concejo Municipal para presentar la demanda
pertinente, expresando que también tiene ya iniciado procesos judiciales por
deuda de alquileres y que no aparece la persona de Yolanda Fuentes Albino
dentro de los demandados.
Que,
con Informe No. 0933-2017-GAT/MPCH, de fecha 25 de setiembre de 2017, la Gerencia
de Administración Tributaria de la Entidad, deriva el expediente presentado por
la Sra. YOLANDA FUENTES ALVINO DE LUYO, con el Informe de la Sub Gerencia de Recaudación
– Mercados, con una liquidación a la fecha setiembre de 2017, la suma de S/.
6,879.40 soles por concepto de alquiler del predio propiedad municipal, ubicado
en la calle Chachapoyas No. 246, lo que deriva para que prosiga con los
trámites correspondientes.
Que,
con Informe Legal No. 2988-2017-GAJ/MPCH, de fecha 14 de Noviembre de 2017, la
Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad, comunica que en cautela del
patrimonio municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha se solicite al
Pleno del Concejo para que autorice al Procurador Público Municipal para que,
en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad, interponga demanda
de Desalojo respecto al bien ubicado en la Calle Chachapoyas N° 246-D de
propiedad municipal y a la vez demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero por
la deuda impaga que tiene la arrendataria que suma al mes de Setiembre de 2017, la suma de S/. 6,879.40 soles; opinando que
se eleve todo lo actuado al Pleno del Concejo Municipal para que se emita la
autorización pertinente conforme a lo requerido por el Procurador Municipal de
la entidad e inicie las acciones civiles sobre Desalojo y Obligación de Dar
Suma de Dinero ante órgano jurisdiccional, emitiéndose el respectivo acuerdo de
Concejo.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades,
a lo aprobado por unanimidad por los regidores del Concejo Municipal
en la Sesión Ordinaria de Concejo, de
fecha 22 de Noviembre del 2017 y con la
Dispensa de la Lectura y Aprobación del acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Procurador Público de la
Municipalidad Provincial de Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para
que inicie las acciones legales pertinentes contra doña YOLANDA FUENTES ALVINO
DE LUYO, para que inicie
las acciones civiles sobre Desalojo del bien ubicado en la Calle Chachapoyas N°
246-D, del Distrito de Chincha Alta, de propiedad municipal y a la vez demanda
de Obligación de Dar Suma de Dinero por la deuda impaga que tiene la
arrendataria que suma al mes de Setiembre de 2017 S/. 6,879.40 soles; ante el
órgano jurisdiccional.
ARTICULO SEGUNDO.- Notificar
el presente Acuerdo al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad
Provincial de Chincha, con copia de todo lo actuado, para su cumplimiento; debiéndose informar al
Pleno del Concejo Municipal las acciones pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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