miércoles, 29 de noviembre de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha

ACUERDO  No. 075-2017-MPCH
Chincha Alta,  22 de Noviembre de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, el Informe No. 438-2017-GM/MPCH, de fecha 15 de Noviembre de 2017, de la Gerente Municipal, sobre autorización para proceso judicial sobre Desalojo y Obligación de Dar Suma de Dinero ante el Órgano Jurisdiccional.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, el Artículo 9°, numeral 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal " Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. Asimismo el artículo 29°, en su artículo 29, respecto a la Procuradurías Publicas Municipal  señala lo siguiente “La representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades  en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a la Ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el  personal de apoyo que requiera. Los procuradores municipales son funcionarios designados por el Alcalde y dependen administrativamente de la municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado”.
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1068, los Procuradores Públicos Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de acuerdo a la Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su Reglamento Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que, el Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Chincha refiere en su Informe N° 043-2016-PPM/MPCH en el cual en el punto 3 refiere expresamente lo siguiente que requiere la Autorización del Pleno del Concejo Municipal para presentar la demanda pertinente, expresando que también tiene ya iniciado procesos judiciales por deuda de alquileres y que no aparece la persona de Yolanda Fuentes Albino dentro de los demandados.
Que, con Informe No. 0933-2017-GAT/MPCH, de fecha 25 de setiembre de 2017, la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad, deriva el expediente presentado por la Sra. YOLANDA FUENTES ALVINO DE LUYO, con el Informe de la Sub Gerencia de Recaudación – Mercados, con una liquidación a la fecha setiembre de 2017, la suma de S/. 6,879.40 soles por concepto de alquiler del predio propiedad municipal, ubicado en la calle Chachapoyas No. 246, lo que deriva para que prosiga con los trámites correspondientes.
Que, con Informe Legal No. 2988-2017-GAJ/MPCH, de fecha 14 de Noviembre de 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Entidad, comunica que en cautela del patrimonio municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha se solicite al Pleno del Concejo para que autorice al Procurador Público Municipal para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad, interponga demanda de Desalojo respecto al bien ubicado en la Calle Chachapoyas N° 246-D de propiedad municipal y a la vez demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero por la deuda impaga que tiene la arrendataria que suma al mes de Setiembre de 2017,  la suma de S/. 6,879.40 soles; opinando que se eleve todo lo actuado al Pleno del Concejo Municipal para que se emita la autorización pertinente conforme a lo requerido por el Procurador Municipal de la entidad e inicie las acciones civiles sobre Desalojo y Obligación de Dar Suma de Dinero ante órgano jurisdiccional, emitiéndose el respectivo acuerdo de Concejo.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley  27972  Ley Orgánica de Municipalidades,  a lo aprobado por unanimidad por los regidores del Concejo Municipal en  la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha  22 de Noviembre del 2017 y con la Dispensa de la Lectura y Aprobación del acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para que inicie las acciones legales pertinentes contra doña YOLANDA FUENTES ALVINO DE LUYO,  para que inicie las acciones civiles sobre Desalojo del bien ubicado en la Calle Chachapoyas N° 246-D, del Distrito de Chincha Alta, de propiedad municipal y a la vez demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero por la deuda impaga que tiene la arrendataria que suma al mes de Setiembre de 2017 S/. 6,879.40 soles; ante el órgano jurisdiccional.
ARTICULO SEGUNDO.-  Notificar el presente Acuerdo al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, con copia de todo lo actuado,  para su cumplimiento; debiéndose informar al Pleno del Concejo Municipal las acciones pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


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