viernes, 26 de mayo de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 039-2017-MPCH.
Chincha Alta,  19 de mayo de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, el Informe No. 205-2017-GM/MPCH, de fecha 10 de mayo de 2017, de la Gerencia Municipal, sobre facultades al Procurador Municipal  de la Entidad, para denuncia por presunto delito contra la Fe Pública-Falsificación de Documentos y Delito contra la Administración de Justicia-Falsa Declaración en procedimientos Administrativos.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos”y  ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal " Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.
Que, el Sub-Capitulo II, de la Ley No. 27972, en cuanto a la Defensa Judicial de los Intereses y Derechos de los Gobiernos Locales, considere en el Artículo 29° de la Ley Orgánica de Municipalidades a las Procuradurías Públicas Municipales, señalando lo siguiente:La representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera.
Que, el Decreto Legislativo N° 1068, los Procuradores Públicos Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de acuerdo a la Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su Reglamento Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que, con  Ordenanza N° 07-2016-MPCH, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Chincha, donde señala en el Artículo 41° las funciones de la Gerencia de La Procuraduría Pública Municipal.
Que, con Carta N° 02608-2017-FMV/G0, Rgto. 5853-2017, el Gerente de Operaciones del Fondo MI VIVIENDA solicita se confirme la emisión de la Resolución N° 4253-2016-GM/MPCH en la que indican que ha sido presentada por la Entidad Técnica J & R CONSTRUCCIONES S.A.C.
Que, por Informe N° 216-2017-SG/MPCH, la Secretaría General  de la Entidad, comunica que se ha enviado respuesta al Oficio antes referido, en el sentido que no existe en los copiadores de resoluciones de la Entidad la resolución N° 4253-2016-GM/MPCH de fecha 22 de diciembre de 2016 sobre Conformidad de Obra y Declaratoria de edificación.
Que, por Informe N° 1026-2017-GAT/MPCH de fecha 26 de Abril de 2017, el Gerente de Acondicionamiento Territorial de la Entidad Ing. Juan Pedro Andía Morón, entre otros refiere sin perjuicio de presentar la denuncia respectiva contra la Entidad Técnica ante el Ministerio Público por la comisión del Delito Contra la Fé Pública-Falsificación de documentos y Delito contra la Administración de Justicia-Falsa declaración d en Procedimiento Administrativo tipificados en los Arts. 427 y 411° del Código Penal vigente en agravio de la Municipalidad Provincial de Chincha.
Que, por Informe Legal No. 664-2017-GAJ/MPCH, de fecha 10 de mayo de 2017, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, teniendo en consideración lo antes indicado, y dada las atribuciones establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, OPINA quese derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para la determinación respecto a la autorización al Procurador Público Municipal para el inicio de acciones legales por el presunto Delito Contra la Fé Pública —Falsificación de Documentos y Delito contra la Administración de Justicia-Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo conforme a los artículos 427 y 411 del Código Penal vigente, teniendo como referencia el Informe Técnico N° 1026-2017-GAT/MPCH de fecha 26 de abril  de 2017 emitido por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Entidad contra la Entidad Técnica referida en la Carta N° 02608-2017-FMV/GO suscrito por Juan Carlos Toledo Baldeón Gerente de Operaciones (e) Fondo MI VIVIENDA S.A y contra quienes resulten responsables, con la emisión del Acuerdo de Concejo correspondiente.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley  27972  Ley Orgánica de Municipalidades,  a lo aprobado por unanimidad de los regidores del Concejo Municipal presentes en dicho acto en  la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha   10 de mayo de 2017 y con la Dispensa de la Lectura y Aprobación del acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para el inicio de acciones legales y/o denuncias pertinentes, por el presunto Delito Contra la Fé Pública —Falsificación de Documentos y Delito contra la Administración de Justicia-Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo conforme a los artículos 427 y 411 del Código Penal vigente, teniendo como referencia el Informe Técnico N° 1026-2017-GAT/MPCH de fecha 26 de abril  de 2017 emitido por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Entidad contra la Entidad Técnica referida en la Carta N° 02608-2017-FMV/GO suscrito por Juan Carlos Toledo Baldeón Gerente de Operaciones (e) Fondo MI VIVIENDA S.A y contra quienes resulten responsables
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha el cumplimiento  del presente Acuerdo.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


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