ACUERDO
No. 039-2017-MPCH.
Chincha
Alta, 19 de mayo de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, el Informe No.
205-2017-GM/MPCH, de fecha 10 de mayo de 2017, de la Gerencia Municipal, sobre
facultades al Procurador Municipal de la
Entidad, para denuncia por presunto delito contra la Fe Pública-Falsificación
de Documentos y Delito contra la Administración de Justicia-Falsa Declaración
en procedimientos Administrativos.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben “Los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos”y ”Los acuerdos
son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de
gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional”.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
" Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los
intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o
impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros
respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado
responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales
interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.
Que, el Sub-Capitulo
II, de la Ley No. 27972, en cuanto a la Defensa Judicial de los Intereses y
Derechos de los Gobiernos Locales, considere en el Artículo 29° de la Ley
Orgánica de Municipalidades a las Procuradurías Públicas Municipales, señalando
lo siguiente:La representación y defensa de los intereses y derechos de las
municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial
conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el
personal de apoyo que requiera.
Que, el Decreto Legislativo N° 1068, los
Procuradores Públicos Municipales ejercen la Defensa Jurídica del Estado de
acuerdo a la Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su
Reglamento Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que, con Ordenanza
N° 07-2016-MPCH, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad Provincial de Chincha, donde señala en el Artículo 41° las
funciones de la Gerencia de La Procuraduría Pública Municipal.
Que, con
Carta N° 02608-2017-FMV/G0, Rgto.
5853-2017, el Gerente de Operaciones del Fondo MI VIVIENDA solicita se confirme
la emisión de la Resolución N° 4253-2016-GM/MPCH en la que indican que ha sido
presentada por la Entidad Técnica J & R CONSTRUCCIONES S.A.C.
Que, por Informe N° 216-2017-SG/MPCH, la Secretaría General de la Entidad, comunica que se ha enviado
respuesta al Oficio antes referido, en el sentido que no existe en los
copiadores de resoluciones de la Entidad la resolución N° 4253-2016-GM/MPCH de
fecha 22 de diciembre de 2016 sobre Conformidad de Obra y Declaratoria de
edificación.
Que,
por Informe N° 1026-2017-GAT/MPCH de fecha 26 de Abril de 2017, el Gerente de
Acondicionamiento Territorial de la Entidad Ing. Juan Pedro Andía Morón, entre
otros refiere sin perjuicio de presentar la denuncia respectiva contra la
Entidad Técnica ante el Ministerio Público por la comisión del Delito Contra la
Fé Pública-Falsificación de documentos y Delito contra la Administración de
Justicia-Falsa declaración d en Procedimiento Administrativo tipificados en los
Arts. 427 y 411° del Código Penal vigente en agravio de la Municipalidad
Provincial de Chincha.
Que,
por Informe Legal No. 664-2017-GAJ/MPCH, de fecha 10 de mayo de 2017, el Gerente
de Asesoría Jurídica de la Entidad, teniendo en consideración lo antes
indicado, y dada las atribuciones establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, OPINA quese
derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para la determinación
respecto a la autorización al Procurador Público Municipal para el inicio de
acciones legales por el presunto Delito Contra la Fé Pública —Falsificación de
Documentos y Delito contra la Administración de Justicia-Falsa Declaración en
Procedimiento Administrativo conforme a los artículos 427 y 411 del Código
Penal vigente, teniendo como referencia el Informe Técnico N°
1026-2017-GAT/MPCH de fecha 26 de abril
de 2017 emitido por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la
Entidad contra la Entidad Técnica referida en la Carta N° 02608-2017-FMV/GO suscrito
por Juan Carlos Toledo Baldeón Gerente de Operaciones (e) Fondo MI VIVIENDA S.A
y contra quienes resulten responsables, con la emisión del Acuerdo de Concejo
correspondiente.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades,
a lo aprobado por unanimidad de los regidores del Concejo Municipal
presentes en dicho acto en la Sesión
Ordinaria de Concejo, de fecha 10 de
mayo de 2017 y con la Dispensa de la Lectura y Aprobación del acta.
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.-AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad Provincial
de Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para el inicio de acciones legales y/o denuncias pertinentes,
por el presunto Delito Contra la Fé Pública —Falsificación de Documentos y
Delito contra la Administración de Justicia-Falsa Declaración en Procedimiento
Administrativo conforme a los artículos 427 y 411 del Código Penal vigente,
teniendo como referencia el Informe Técnico N° 1026-2017-GAT/MPCH de fecha 26
de abril de 2017 emitido por la Gerencia
de Acondicionamiento Territorial de la Entidad contra la Entidad Técnica
referida en la Carta N° 02608-2017-FMV/GO suscrito por Juan Carlos Toledo
Baldeón Gerente de Operaciones (e) Fondo MI VIVIENDA S.A y contra quienes
resulten responsables
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar
al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha el
cumplimiento del presente Acuerdo.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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