Las 89 autoridades municipales
que serán sometidas a consulta popular de revocatoria el 11 de junio y los 27
promotores que buscan recortarles su mandato, están obligados a presentar ante
la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) sus respectivos informes de
ingresos y gastos de campaña, bajo pena de ser multados hasta con S/. 121,500.
Así
lo advirtió Luis Benavente Gianella, gerente general de Vox Populi Consultoría,
durante su exposición sobre las “Nuevas
Reglas en el Proceso de Revocatoria- Rendición de cuentas de la campaña”,
dictada en la ciudad de Chachapoyas, durante el ciclo de conferencias “Diálogo
Electoral” organizada por la ONPE.
El Licenciado en Ciencias
de la Comunicación y Magíster en Administración, dijo que es obli-gatoria la rendición de cuentas de los ingresos y egresos indicando
la fuente con sustento documental, tanto de los promotores como de la autoridad
sometida a consulta.
“Su incumplimiento –
advirtió- conlleva el pago de multa de hasta treinta (30) unidades impositivas
tributarias (UIT) a favor de los organismos electorales”.
Para el caso de la
sanción por incumplimiento de presentación de la rendición de cuentas y en
función del número de días de presentación fuera del plazo existe una tabla que
gradúa la sanción en leve (de uno a 6 días), grave (de 7 a 30 días) y muy grave
(más de 30 días), Los montos van desde un mínimo de 5 UIT hasta los 30
UIT.
Durante su exposición, mencionó
que los promotores de manera individual o como organización se han inscrito en
el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), una vez convocado el proceso, quedando
legitimados para promover la revocatoria o defender a la autoridad en proceso
de revocación.
Explicó
asimismo que con los nuevos cambios introducidos en la Ley de los Derechos de
Participación y Control Ciudadanos, la revocatoria procede ahora una sola vez
en el periodo del mandato, y se realiza el segundo domingo
de junio del tercer año de gestión para todas las autoridades, salvo el caso de los jueces de paz
que se rige por ley específica, entre otras modificaciones.
Según
Benavente, existen mecanismos de control político, administrativo, judicial y
fáctico de las autoridades regionales y municipales que pueden llevar a repensar
la vigencia de la consulta popular de revocatoria como derecho de control
ciudadano.
A su
turno, el Gestor de la Oficina Regional de Coordinación de Chachapoyas, Martín
Llontop, explicó que la presentación y rendición de cuentas de ingresos y gastos de la CPR 2017
debe de estar acompañada de una carta suscrita por el promotor o autoridad
sometida a consulta dirigida a la ONPE, o a la Oficina Regional de Coordinación
que indique sus datos completos: nombres, apellidos, Nº de DNI,
dirección.
Detalló que la rendición de cuentas es la
entrega obligatoria de información de los ingresos y egresos de los recursos
destinados para la campaña electoral y debe contener las aportaciones/ingresos
y los gastos de la campaña electoral desde el inicio (26 de enero de 2017)
hasta la finalización de la revocatoria (11 de junio 2017).
Llontop informó que los promotores y las
autoridades en consulta pueden recibir aportaciones en efectivo y en especie de
personas naturales y jurídicas, teniendo en cuenta que al hacerlo deben
emitir un recibo de ingreso al aportante respectivo.
Las aportaciones en especie que reciban de
una persona natural o jurídica deben ser valorizadas a precio de mercado, emitir
un recibo de ingreso detallando el aporte en especie.
Explicó que los promotores y las
autoridades sometidos a consulta pueden efectuar gastos de campaña electoral,
sea con recursos propios o con las aportaciones de terceras personas naturales
o jurídicas.
Los gastos en publicidad con fines electorales comprenden los realizados en televisión,
radios, diarios, revistas, avisos en salas de cine, publicidad exterior en vía
pública, internet, impresiones, afiches, volantes, calendarios, gigantografías,
polos, etc. Ade-más, los gastos efectuados en la organización y ejecución de
mítines, tales como alquiler de estrados, parlantes, grupos musicales, fuegos
artificiales.
Otros gastos de campaña electoral están referidos a pasajes, alquiler de movilidad, hospedaje,
pago de alquileres, pago de servicios públicos, limpieza, mantenimiento y
seguridad.
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