ACUERDO
No. 025-2017-MPCH.
Chincha
Alta, 17 de abril de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
Visto;
el Informe No. 1217-2017-GPP/MPCH, de fecha 03 de abril de 2017, presentado por
el Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, sobre Acuerdo de
Concejo No. 021-2017-MPCH.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son
órganos de gobierno local,
tienen autonomía
política, económica y
administrativa en los asuntos de
su competencia.
Que, el Artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
“Aprobar la celebración de convenios de
cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, el Artículo 41° de la
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional.
Que, por Acuerdo de Concejo N°
021-2017-MPCH de fecha 31 de marzo de 2017, en Sesión
Extraordinaria de fecha 31 de marzo de 2017, se autorizó el apoyo económico por
la suma de S/. 10,000.00 soles al Hospital San José de Chincha, para fines que dicho monto se utilice en la realización
de la prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue,
Chikungunya) en la Provincia de Chincha.
Que, en dicho Acuerdo de Concejo se encarga al Gerente de Planificación y Presupuesto de la
Entidad se sirva afectar dicho monto en la partida que corresponda para el apoyo
económico aprobado.
Que, por Informe N°
1217-2017-GPP/MPCH de fecha 03 de abril de 2017, el Gerente de Planificación y Presupuesto
señala que para ejecución de dicho apoyo no podría efectuarse vía transferencia
financiera entre el Hospital y la Municipalidad
porque no existe marco legal y lo adecuado será mediante convenio en que
la Municipalidad Provincial de Chincha se comprometa a ejecutar la adquisición
de bienes y/o servicios que permita cumplir esta actividad hasta por el monto
aprobado, programándose en el programa
presupuestal 068 reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por
desastres, en la finalidad 0212134, CONTROL DE BROTES Y EPIDEMIAS.
Que, con Informe No.
514-2017-GAJ/MPCH, de fecha 12 de abril de 2017, el Gerente de Asesoría
Jurídica de la Entidad, teniendo en consideración lo antes indicado, y en atención al marco legal como es el Acuerdo de Concejo
N° 021-2017-MPCH de fecha 31 de marzo de 2017; comunica que debe modificarse el
apoyo aprobado de S/. 10,000.00 se hará bajo la modalidad de convenio en la que
la Municipalidad ejecute la adquisición de bienes por la suma indicada con las
obligaciones que se establezcan para ambas
partes; opinando por la factibilidad de ampliar los alcances del Acuerdo de
Concejo referido, en lo que respecta al Artículo Primero debe quedar redactado de la
siguiente manera: Artículo Primero:
Autorizar el apoyo económico por la suma de S/. 10,000.00 soles al Hospital San
José de Chincha, representado por su Director Ejecutivo Dr. Hugo E. Huamán
Brizuela para que fines que dicho monto se utilice en la realización de la
prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue, Chikungunya) en
la Provincia de Chincha; cuya ejecución
debe ejecutarse vía convenio con el Hospital San José, en la cual constará como obligación de la
Municipalidad ejecutar la adquisición de bienes y/o servicios hasta por la suma
indicada; asimismo, se aclare el Artículo Primero, doblemente consignado, que
debe ser Artículo Segundo Encargar
al Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, se sirva afectar dicho
monto en la partida que corresponda para el apoyo económico aprobado en el
artículo precedente, ratificando lo demás que lo contiene.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD
efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 12 de abril de 2017, con la dispensa
de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.-Ampliar los términos del Artículo Primero del Acuerdo de
Concejo No. 021-2017-MPCH, en el sentido que debe quedar redactado de la
siguiente manera: Artículo Primero:
Autorizar la adquisición de bienes y/o
servicios por la suma de S/. 10,000.00 soles al Hospital San José de Chincha,
representado por su Director Ejecutivo Dr. Hugo E. Huamán Brizuela para que
fines que dicho monto se utilice en la realización de la prevención, vigilancia
y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue, Chikungunya) en la Provincia de
Chincha; cuya ejecución debe ejecutarse vía convenio con el Hospital
San José, en la cual constará como
obligación de la Municipalidad ejecutar la adquisición de bienes y/o servicios
hasta por la suma de S/. 10,000.oo soles.
ARTICULO
SEGUNDO.- Aclarar el Artículo Primero, doblemente
consignado, en el Acuerdo de Concejo No. 021-2017-MPCH, que debe ser Artículo Segundo: Encargar al Gerente de Planificación y
Presupuesto de la Entidad, se sirva afectar dicho monto en la partida que
corresponda, aprobado en el artículo precedente; ratificando lo demás que lo contiene.
ARTICULO
TERCERO.- Encargar a la Secretaria General de la entidad, hacer de
conocimiento el presente al Director del Hospital San José – Chincha y
a las Unidades Orgánicas de la Entidad que tengan relación con el cumplimiento
del presente acuerdo.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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