jueves, 20 de abril de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 025-2017-MPCH.
Chincha Alta,  17 de abril de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Informe No. 1217-2017-GPP/MPCH, de fecha 03 de abril de 2017, presentado por el Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, sobre Acuerdo de Concejo No. 021-2017-MPCH.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal  “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, por Acuerdo de Concejo N° 021-2017-MPCH de fecha  31 de marzo de 2017, en Sesión Extraordinaria de fecha 31 de marzo de 2017, se autorizó el apoyo económico por la suma de S/. 10,000.00 soles al Hospital San José de Chincha,  para fines que dicho monto se utilice en la realización de la prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue, Chikungunya) en la Provincia de Chincha.
Que, en dicho Acuerdo de Concejo se encarga al Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad se sirva afectar dicho monto en la partida que corresponda para el apoyo económico aprobado.
Que, por Informe N° 1217-2017-GPP/MPCH de fecha 03 de abril de 2017,  el Gerente de Planificación y Presupuesto señala que para ejecución de dicho apoyo no podría efectuarse vía transferencia financiera entre el Hospital y la Municipalidad  porque no existe marco legal y lo adecuado será mediante convenio en que la Municipalidad Provincial de Chincha se comprometa a ejecutar la adquisición de bienes y/o servicios que permita cumplir esta actividad hasta por el monto aprobado,  programándose en el programa presupuestal 068 reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres, en la finalidad 0212134, CONTROL DE BROTES Y EPIDEMIAS.
Que,  con Informe No. 514-2017-GAJ/MPCH, de fecha 12 de abril de 2017, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, teniendo en consideración lo antes indicado, y en atención al marco legal como es el Acuerdo de Concejo N° 021-2017-MPCH de fecha 31 de marzo de 2017; comunica que debe modificarse el apoyo aprobado de S/. 10,000.00 se hará bajo la modalidad de convenio en la que la Municipalidad ejecute la adquisición de bienes por la suma indicada con las obligaciones que se establezcan para ambas partes; opinando por la factibilidad de ampliar los alcances del Acuerdo de Concejo  referido, en lo que respecta al Artículo Primero debe quedar redactado de la siguiente manera: Artículo Primero: Autorizar el apoyo económico por la suma de S/. 10,000.00 soles al Hospital San José de Chincha, representado por su Director Ejecutivo Dr. Hugo E. Huamán Brizuela para que fines que dicho monto se utilice en la realización de la prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue, Chikungunya) en la Provincia de Chincha;  cuya ejecución debe ejecutarse vía convenio con el Hospital San José,  en la cual constará como obligación de la Municipalidad ejecutar la adquisición de bienes y/o servicios hasta por la suma indicada; asimismo, se aclare el Artículo Primero, doblemente consignado, que debe ser Artículo Segundo Encargar al Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, se sirva afectar dicho monto en la partida que corresponda para el apoyo económico aprobado en el artículo precedente, ratificando lo demás que lo contiene.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 12 de abril de 2017, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-Ampliar los términos del Artículo Primero del Acuerdo de Concejo No. 021-2017-MPCH, en el sentido que debe quedar redactado de la siguiente manera: Artículo Primero: Autorizar  la adquisición de bienes y/o servicios por la suma de S/. 10,000.00 soles al Hospital San José de Chincha, representado por su Director Ejecutivo Dr. Hugo E. Huamán Brizuela para que fines que dicho monto se utilice en la realización de la prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue, Chikungunya) en la Provincia de Chincha;  cuya ejecución debe ejecutarse vía convenio con el Hospital San José,  en la cual constará como obligación de la Municipalidad ejecutar la adquisición de bienes y/o servicios hasta por la suma  de S/. 10,000.oo soles.
ARTICULO SEGUNDO.-  Aclarar el Artículo Primero, doblemente consignado, en el Acuerdo de Concejo No. 021-2017-MPCH, que debe ser Artículo Segundo:  Encargar al Gerente de Planificación y Presupuesto de la Entidad, se sirva afectar dicho monto en la partida que corresponda, aprobado en el artículo precedente;  ratificando lo demás que lo contiene.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente al Director del Hospital San José – Chincha y a las Unidades Orgánicas de la Entidad que tengan relación con el cumplimiento del presente acuerdo.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde



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