Por Decreto de Urgencia N°
002-2017, el gobierno ha aprobado medidas para la atención inmediata de actividades
de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligro asociados, quese hayan
producido hasta el 30 de abril del 2017 en zonas declaradas en estado de emergencias.
Se entiende por actividades
de emergencias a intervenciones cortas y temporales
orientadas a brindar apoyo, protección y asistencia a la población afectada.
Dichas actividades de emergencia no incluyen
capacitación, asistencia técnica, seguimiento, adquisición de vehículos,
maquinarias y equipos, remuneraciones o retribuciones, salvo cuando se trate de servicios de terceros vinculadas
directamente con la atención de la población frente a desastres.
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