ACUERDO
No. 05-2017-MPCH.
Chincha Alta, 12 de Enero de
2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
Vistos; el
Informe No.496-2016-GM/MPCH, sobre modificación del Acuerdo de Concejo No.
039-2016-MPCH, con el tenor que ahí menciona.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía
política, económica y
administrativa en los asuntos de
su competencia.
Que,
dentro de las atribuciones del concejo municipal, artículo 9°, numeral 8, de la
Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe (…) 8. Aprobar, modificar
o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben “Los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos” y ”Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional”.
Que,
asimismo en el Artículo 58° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
respecto a la Inscripción de Bienes Municipales en el Registro de la Propiedad,
señala lo siguiente: “Los bienes inmuebles de las Municipalidades a que se refiere
el presente capitulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del
Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente.
Que, con Acuerdo de Concejo No. 039-2016-MPCH, de
fecha 06 de Junio de 2016, se autorizóla
Inscripción del Bien Inmueble de la Entidad, ubicado en la calle Junin No. 199
y Jr. Chavin No. 201, del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, en
los Registros de la Propiedad Inmueble
de la Sede Registral de Chincha.
Que,
con informe de vistos, la Gerente Municipal de la Entidad, comunica queel Acuerdo antes referido en su
ARTICULO PRIMERO debe quedar redactado de la siguiente forma: “Artículo
Primero.- Autorizar la inscripción del bien municipal de propiedad municipal,
ubicado en Calle Junin No. 199 y Jr. Chavin, distrito de Chincha Alta,
provincia de Chincha, en los registros de la propiedad inmueble de la sede
registral de Chincha, VIA INMATRICULACION DEL PREDIO”.
Que,
con Informe No. 2438-2016-GAJ/MPCH, de fecha
22 de Noviembre de 2016, el Gerente de Asesoría Legal de la Entidad, por
los fundamentos expuestos, recomienda se derive el presente al Pleno del
Concejo, con la finalidad que se amplié expresamente el Artículo Primero, lo
siguiente en el sentido que dicha inscripción se formalice a través de la
inmatriculación, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción
del bien inmueble de propiedad municipal ubicado en la calle Junin No. 199 y
Jr. Chavin, Distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha en los Registros de
la Propiedad Inmueble de la Zona Registral de Chincha, vía Inmatriculación del
predio; ratificándose lo demás que lo contiene.
Estando
a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 23 de Noviembre del año 2016, con dispensa de la lectura y aprobación del
acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.-
Modificar el Acuerdo No. 039-2016-MPCH, de fecha 06 de Junio de 2016,
ampliándose lo demás del Artículo Primero,
quedando de la siguiente manera: Artículo
Primero.- Autorizar la inscripción del bien inmueble de propiedad municipal ubicado
en la calle Junin No. 199 y Jr. Chavin, Distrito de Chincha Alta, provincia de
Chincha en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral de
Chincha, vía Inmatriculación del predio.
ARTICULO
SEGUNDO.- Ratificar lo demás que lo
contiene i encargándose a la Gerente Municipal de la
Entidad, disponer a las áreas pertinentes, el cumplimiento de lo aprobado en el
artículo precedente y lo ratificado
referido en el presente acuerdo.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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