lunes, 30 de enero de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 05-2017-MPCH.
Chincha Alta, 12 de Enero de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Vistos; el Informe No.496-2016-GM/MPCH, sobre modificación del Acuerdo de Concejo No. 039-2016-MPCH, con el tenor que ahí menciona.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, dentro de las atribuciones del concejo municipal, artículo 9°, numeral 8, de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe (…) 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y  ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, asimismo en el Artículo 58° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades respecto a la Inscripción de Bienes Municipales en el Registro de la Propiedad, señala lo siguiente: “Los bienes inmuebles de las Municipalidades a que se refiere el presente capitulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente.
Que, con Acuerdo de Concejo No. 039-2016-MPCH, de fecha  06 de Junio de 2016, se autorizóla Inscripción del Bien Inmueble de la Entidad, ubicado en la calle Junin No. 199 y Jr. Chavin No. 201, del Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, en los  Registros de la Propiedad Inmueble de la Sede Registral de Chincha.
Que, con informe de vistos, la Gerente Municipal de la Entidad,  comunica queel Acuerdo antes referido en su ARTICULO PRIMERO debe quedar redactado de la siguiente forma: “Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del bien municipal de propiedad municipal, ubicado en Calle Junin No. 199 y Jr. Chavin, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, en los registros de la propiedad inmueble de la sede registral de Chincha, VIA INMATRICULACION DEL PREDIO”.
Que, con Informe No. 2438-2016-GAJ/MPCH, de fecha  22 de Noviembre de 2016, el Gerente de Asesoría Legal de la Entidad, por los fundamentos expuestos, recomienda se derive el presente al Pleno del Concejo, con la finalidad que se amplié expresamente el Artículo Primero, lo siguiente en el sentido que dicha inscripción se formalice a través de la inmatriculación, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del bien inmueble de propiedad municipal ubicado en la calle Junin No. 199 y Jr. Chavin, Distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral de Chincha, vía Inmatriculación del predio; ratificándose lo demás que lo contiene.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Noviembre del año 2016, con dispensa de la lectura y aprobación del acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972,  Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el Acuerdo No. 039-2016-MPCH, de fecha 06 de Junio de 2016, ampliándose lo demás del Artículo Primero,  quedando de la siguiente manera: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del bien inmueble de propiedad municipal ubicado en la calle Junin No. 199 y Jr. Chavin, Distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha en los Registros de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral de Chincha, vía Inmatriculación del predio.
ARTICULO SEGUNDO.- Ratificar lo demás que lo contiene i encargándose a la Gerente Municipal de la Entidad, disponer a las áreas pertinentes, el cumplimiento de lo aprobado en el artículo precedente  y lo ratificado referido en el presente acuerdo.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

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