ACUERDO No. 053-2016-MPCH.
Chincha
Alta, 27 de Juliode 2016
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
la comunicación Rgto. 12904-2016, presentada por don Agustín Falcone Valdez,
sobre cesión de área de terreno para apertura de calle.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que,
el
artículo 9°, numeral 20, de la Ley N°
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo
Municipal aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.
Que, asimismo el artículo 41°
de la citada Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional”.
Que, de acuerdo a documentación
de vistos, don Agustín Falcone Valdez, expresa las buenas intenciones de la Municipalidad
Provincial de Chincha, para sacar adelante a la ciudad en beneficio de la
Provincia de Chincha, por lo que merece el apoyo en lo posible, para que por
razones de seguridad, accesibilidad y ornato, aperturara una calle aledaña a la
propiedad de la Sucesión Falcone Allegranza, por lo que están aptos a ceder las
áreas a utilizar para la referida calle; debiendo asumir los gastos de
levantamiento de pared, instalaciones de agua y desagüe, iluminación, asfaltado
y seguridad de los lotes remanentes, hasta la culminación de la obra.
Que, con informe No.
1198-20165-SDCU/DCU/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el (e) de la
Subdivisión de Catastro Urbano, de la entidad, informa que la apertura de la
proyección de calle desde la Avenida Alfonso Ugarte hasta la Prolongación Calle
San Carlos involucra el saneamiento físico legal, por lo que la apertura de
esta vía se debe orientar al procedimiento hacia un proceso dado la condición
de los Copropietarios del predio, por lo que realizado el levantamiento topográfico
de la Proyección de Calle (entre la Av. Alfonso Ugarte y la Prolongación Calle
San Carlos) se ha proyectado una Sección de Vía de 11.30 ml. de ancho; que
abarca parte de la propiedad de la Familia Falcone; la misma que cuenta con
cerco de material tradicional (adobe) debidamente saneada en los registros
públicos Partida No. 11034098; sugiriendo se derive el presente a la Oficina de
Desarrollo Urbano, para su informe con relación a la sección proyectada.
Que, con Informe No.
547-2016-DUR/GAT/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el Jefe de la División de
Desarrollo Urbano, informa que realizado el levantamiento Topográfico por parte
de la Unidad de Catastro Urbano, donde ha proyectado el alineamiento de esta
vía desde la Avenida Alfonso Ugarte hasta la Avenida San Carlos, con una
sección vial de 11.30 m; debe considerarse los siguientes módulos, según la norma GH.020 del RNE. Vereda: 1.80
m, Pista: 7.70 m. y vereda: 1.80 m; total 11.30 m.
Que, con Informe
Técnico No. 1711-2016-DCU/GAT/MPCH de la División de Control Urbano, Catastro,
Margesí de Bienes y AAHH, ratifica el
Informe de la Sub División de Catastro Urbano y remite el plano de proyección
de la Av. Alfonso Ugarte hasta la Prolongación de la calle San Carlos, de esta
ciudad, para que se eleve a Sesión de Concejo para la consideración y
formalización del pedido del recurrente.
Que, con informe No.
1518-2016-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el Gerente de Asesoría
Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha, con los informes técnicos
que anteceden y las consideraciones antes indicadas, recomienda que se derive
al Pleno del Concejo el presente, para
su debate de aprobación, recomendándose la aceptación de la donación del área
para la apertura y uso de la calle con las condiciones indicadas, que será
decisión del Concejo Municipal el formalizarse en Acuerdo de Concejo, encargándose
a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial las acciones administrativas
respecto a la subdivisión y otros, conforme a la norma de la materia.
Que, con Informe No.
1890-2016-GAT/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el Gerente de
Acondicionamiento Territorial, de conformidad con los informes técnicos de la
Sub División de Catastro Urbano, División de Control Urbano, División de
Desarrollo Urbano, Informe Legal, que sustentan la apertura de la calle Nueva
(entre la Av. Alfonso Ugarte y la Prolongación San Carlos) donde se involucra
la disposición de un terreno de propiedad privada que por voluntad del
propietario se debe de materializar mediante donación; debe de ser aprobada
mediante Acuerdo de Concejo Municipal para la aceptación de la donación;
disponiendo que la Gerencia de Acondicionamiento Territorial se encargue de las
acciones administrativas respecto a la Subdivisión e independización del predio
matriz, que deber ser mediante acto resolutivo gerencial conforme a los planos
y memoria descriptiva que se encuentra adjunto al presente, hasta la
culminación del saneamiento físico - legal como compromiso que deberá asumir la
Municipalidad por la donación recibida.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD en la
Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio de 2016, con la dispensa de lectura y
aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.- ACEPTAR
la donación del área de terreno necesaria para la apertura de la calle entre la Av. Alfonso Ugarte y la Prolongación San Carlos, a la
Familia Falcone Allegranza, con las condiciones
establecidas en la comunicación Rgto. 12094-2016, que se menciona en
vistos y parte considerativa, como son:
subdivisión, independización y otros; y de conformidad con el Informe Técnico
No. 1711-2016-DCU/GAT/ MPCH de la División de Control Urbano, Catastro, Margesí
de Bienes y AAHH, que contiene el plano de proyección de la calle desde la Av.
Alfonso Ugarte hasta la Prolongación de la calle San Carlos, de esta ciudad,
documento que forma parte integrante de dicho informe técnico.
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar
a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial las acciones
administrativas respecto a la Subdivisión, independización y otros necesarios
para el saneamiento físico legal de la propiedad del terreno cedido para
apertura de calle, conforme corresponde y de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO
TERCERO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades
Orgánicas de la entidad para los fines pertinentes.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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