sábado, 6 de agosto de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO  No. 053-2016-MPCH.
Chincha Alta, 27 de Juliode 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; la comunicación Rgto. 12904-2016, presentada por don Agustín Falcone Valdez, sobre cesión de área de terreno para apertura de calle.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 9°, numeral 20,  de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.
Que, asimismo el artículo 41° de la citada Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, de acuerdo a documentación de vistos, don Agustín Falcone Valdez, expresa las buenas intenciones de la Municipalidad Provincial de Chincha, para sacar adelante a la ciudad en beneficio de la Provincia de Chincha, por lo que merece el apoyo en lo posible, para que por razones de seguridad, accesibilidad y ornato, aperturara una calle aledaña a la propiedad de la Sucesión Falcone Allegranza, por lo que están aptos a ceder las áreas a utilizar para la referida calle; debiendo asumir los gastos de levantamiento de pared, instalaciones de agua y desagüe, iluminación, asfaltado y seguridad de los lotes remanentes, hasta la culminación de la obra.
Que, con informe No. 1198-20165-SDCU/DCU/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el (e) de la Subdivisión de Catastro Urbano, de la entidad, informa que la apertura de la proyección de calle desde la Avenida Alfonso Ugarte hasta la Prolongación Calle San Carlos involucra el saneamiento físico legal, por lo que la apertura de esta vía se debe orientar al procedimiento hacia un proceso dado la condición de los Copropietarios del predio, por lo que realizado el levantamiento topográfico de la Proyección de Calle (entre la Av. Alfonso Ugarte y la Prolongación Calle San Carlos) se ha proyectado una Sección de Vía de 11.30 ml. de ancho; que abarca parte de la propiedad de la Familia Falcone; la misma que cuenta con cerco de material tradicional (adobe) debidamente saneada en los registros públicos Partida No. 11034098; sugiriendo se derive el presente a la Oficina de Desarrollo Urbano, para su informe con relación a la sección proyectada.
Que, con Informe No. 547-2016-DUR/GAT/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el Jefe de la División de Desarrollo Urbano, informa que realizado el levantamiento Topográfico por parte de la Unidad de Catastro Urbano, donde ha proyectado el alineamiento de esta vía desde la Avenida Alfonso Ugarte hasta la Avenida San Carlos, con una sección vial de 11.30 m; debe considerarse los siguientes módulos,  según la norma GH.020 del RNE. Vereda: 1.80 m, Pista: 7.70 m. y vereda: 1.80 m; total 11.30 m.
Que, con Informe Técnico No. 1711-2016-DCU/GAT/MPCH de la División de Control Urbano, Catastro, Margesí de Bienes y AAHH,  ratifica el Informe de la Sub División de Catastro Urbano y remite el plano de proyección de la Av. Alfonso Ugarte hasta la Prolongación de la calle San Carlos, de esta ciudad, para que se eleve a Sesión de Concejo para la consideración y formalización del pedido del recurrente.
Que, con informe No. 1518-2016-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha, con los informes técnicos que anteceden y las consideraciones antes indicadas, recomienda que se derive al Pleno del Concejo el presente,  para su debate de aprobación, recomendándose la aceptación de la donación del área para la apertura y uso de la calle con las condiciones indicadas, que será decisión del Concejo Municipal el formalizarse en Acuerdo de Concejo, encargándose a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial las acciones administrativas respecto a la subdivisión y otros, conforme a la norma de la materia.
Que, con Informe No. 1890-2016-GAT/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2016, el Gerente de Acondicionamiento Territorial, de conformidad con los informes técnicos de la Sub División de Catastro Urbano, División de Control Urbano, División de Desarrollo Urbano, Informe Legal, que sustentan la apertura de la calle Nueva (entre la Av. Alfonso Ugarte y la Prolongación San Carlos) donde se involucra la disposición de un terreno de propiedad privada que por voluntad del propietario se debe de materializar mediante donación; debe de ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal para la aceptación de la donación; disponiendo que la Gerencia de Acondicionamiento Territorial se encargue de las acciones administrativas respecto a la Subdivisión e independización del predio matriz, que deber ser mediante acto resolutivo gerencial conforme a los planos y memoria descriptiva que se encuentra adjunto al presente, hasta la culminación del saneamiento físico - legal como compromiso que deberá asumir la Municipalidad por la donación recibida.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria de fecha 08 de Julio de 2016, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- ACEPTAR la donación del área de terreno necesaria para la apertura de la calle entre la Av. Alfonso Ugarte y la Prolongación San Carlos, a la Familia  Falcone Allegranza, con las condiciones establecidas en la comunicación Rgto. 12094-2016, que se menciona en vistos  y parte considerativa, como son: subdivisión, independización y otros; y de conformidad con el Informe Técnico No. 1711-2016-DCU/GAT/ MPCH de la División de Control Urbano, Catastro, Margesí de Bienes y AAHH, que contiene el plano de proyección de la calle desde la Av. Alfonso Ugarte hasta la Prolongación de la calle San Carlos, de esta ciudad, documento que forma parte integrante de dicho informe técnico.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial las acciones administrativas respecto a la Subdivisión, independización y otros necesarios para el saneamiento físico legal de la propiedad del terreno cedido para apertura de calle, conforme corresponde y de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO TERCERO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
 Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


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