viernes, 5 de agosto de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No.  052-2016-MPCH
Chincha Alta, 27 de Julio del 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto, El Informe N° 004-2016-CE-LEY-No. 29230, de fecha  25 de Julio de 2016, presentado por el Presidente del Comité Especial Ley No. 29230, sobre adecuación del Acuerdo de Concejo No. 045-2016-MPCH, de fecha 24 de Junio de 2016.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, se establece el marco normativo para que los Gobiernos Locales impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto local con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios para el financiamiento y ejecución de Proyectos de Inversión Pública en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, que cuenten con la declaración de viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP.
Que, de acuerdo al numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado aprobado mediante Decreto Supremo N° 409-2015-EF, la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230 deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y, cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica.
Que, el literal a) del numeral 6.2 del artículo 6 del citado Reglamento señala que la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco de la Ley N° 29230 debe ser aprobada por el Concejo Municipal.
Que, de acuerdo al numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29230, la lista de proyectos priorizados es remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN a fin que la publique en su Portal Institucional dentro de los tres (3) días de recibida.
Que, de acuerdo al Artículo 23° del Reglamento de la Ley No. 29230, FINANCIAMIENTO DE LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA, señala 23.1 El costo de contratación del servicio de supervisión de la Entidad Privada Supervisora será financiada por la Empresa Privada con cargo a ser reconocido en el CIPRL o CIPGN. Siendo suficiente para su reconocimiento en el CEIPRL o CIPGN la conformidad valorizada del servicio de supervisión emitida por la Entidad Pública.
Que, el monto de inversión del proyecto priorizado en el presente Acuerdo no supera el límite contemplado en el artículo 4° de la Ley N°29230 y sus disposiciones reglamentarias.
Que, de acuerdo con la Décimo Séptima Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29230, los Gobiernos Locales conjuntamente con las entidades del Gobierno Nacional bajo los alcances del artículo 17 de la Ley N° 30264, podrán suscribir convenios de inversión para ejecutar proyectos en el marco de la Ley N° 29230, en el marco de sus competencias y de la normatividad vigente, no siendo aplicable a las entidades intervinientes la limitación contenida en el tercer párrafo de su artículo 4°.
Que, conforme al artículo 5 de la Ley N° 29230, las Entidades Públicas realizan el proceso de selección de la Empresa Privada, de considerarlo necesario, con la asistencia técnica de PROINVERSIÓN, la cual podrá solicitarse para el proceso de selección y para la ejecución del Convenio de Inversión que celebre la Entidad Pública con la(s) Empresa(s) Privada(s) seleccionada(s).
Que, con Acuerdo de Concejo No. 045-2016-MPCH, de fecha 24 de Junio de 2016, se aprobó priorizar el  proyecto a ser ejecutado en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, como se indica:

No.
Nombre del Proyecto
Código
SNIP
Monto de Inversión (s/.)
Monto de Expediente (S/.)
Manteni- miento (Monto y Plazo (*)
DETALLE DE FINAN-CIAMIENTO
1
Instalación y Su-
ministro del Servicio de Energía Eléctrica mediante el sistema convencional en el AAHH 15 de Agosto en el Distrito
298263
S/. 666,375.06
S/. 613,381.51
(*)
Ejecución

Que, de acuerdo a informe de vistos, el Presidente del Comité Ley No. 29230, solicita la adecuación del Acuerdo de Concejo No. 045-2016-MPCH, en el sentido que se debe de adicionar al monto de Inversión de S/. 613,381.51 soles, el costo de Supervisión de Obra ascendente a S/. 30,669.08 soles, como sigue:

No.
Nombre del Proyecto
Código
SNIP
Monto de Inversión
( perfil)
Monto de Ejecución de Obra
Monto de Supervisión de obra

Monto total de Financiamiento
Detalle De Financiamiento
1
Instalación y Su-
ministro del Servicio de Energía Eléctrica mediante el sistema convencional en el AAHH 15 de Agosto en el Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha- Ica.
298263
S/.
666,375.06
S/. 613,381.51
S/. 30,669.08
S/. 644,050.59
Ejecución

Que, con Informe Legal No. 1683-2016-GAJ/MPCH, de fecha 26 de Julio de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, opina sobre  la factibilidad de modificar el Acuerdo de Concejo No. 045-2016-MPCH, debiéndose incluir en el mismo, el costo de supervisión de la ejecución de dicha obra, de acuerdo con el informe técnico consignado y detallado por el Presidente del Comité Ley No. 29230 Ing. Oscar Augusto Ñacari Quispe.
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de Julio de 2016, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Consejo adoptó el siguiente:
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del Acuerdo de Concejo No. 045-2016-MPCH, debiéndose incluir en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, el costo de supervisión de la ejecución de la obra referida, por el monto de S/. 30,669.08; considerándose el monto total del financiamiento de la Obra por S/. 644,050.59, como sigue:

No.
Nombre del Proyecto
Código
SNIP
Monto de Inversión
( perfil)
Monto de Ejecución de Obra
Monto de Supervisión de obra

Monto total de Financiamiento
Detalle De Financiamiento
1
Instalación y Su-
ministro del Servicio de Energía Eléctrica mediante el sistema convencional en el AAHH 15 de Agosto en el Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha- Ica.

298263
S/.
666,375.06
S/. 613,381.51
S/. 30,669.08
S/. 644,050.59
Ejecución

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer que el Alcalde Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, suscriba los Convenios de Inversión Pública Local con las Empresas Privadas seleccionadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 4°  de la Ley N° 29230 y las adendas respectivas; así como a realizar las acciones que competen a la Municipalidad Provincial de Chincha, necesarias para la emisión del Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).
ARTÍCULO TERCERO.- AUTORIZAR las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF necesarias para la emisión de los Certificados de "Inversión Pública Regional y Local —Tesoro Público" CIPRL, así como las modificaciones presupuestarias de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Supremo No. 304-2012-EF.
ARTÍCULO CUARTO.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública.
ARTÍCULO QUINTO.- REMITIR el presente Acuerdo a PROINVERSION para los efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 3° de la Ley 29230.
ARTICULO SECTO.- SOLICITAR Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION y FACULTAR al Titular de la Entidad Publica a suscribir el respectivo Convenio de Asistencia Técnica, para el desarrollo de los procesos de selección de las Empresas Privadas que financiaran la ejecución  de los proyectos priorizados y de las entidades privadas que supervisaran su ejecución; y asimismo para la ejecución de los Convenios de Inversión y/o contratos que celebre la Entidad Publica con las Empresas Privadas y Entidad Privada Supervisora  seleccionadas”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde

   

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