jueves, 2 de junio de 2016

Municipalidad Distrital de Grocio Prado


DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2016-MDGP/A
Grocio Prado, 29 de Febrero del 2016
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, Provincia de Chincha, Región Ica;
VISTO:
El Informe N°002-2016 ORS/MDGP, Emitido por el Prof. JOSE MARCOS SARAVIA, Responsable de la Oficina de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, y;  
CONSIDERANDO
Que, la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, es un  gobiernos local, tiene autonomía política, económica  y administrativa en los asuntos que le confiere el Artículo N° 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título de la Ley N°   27972.
Que, el Articulo  N° 80 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regulan las materias de Saneamiento, Salubridad y Salud, y, siendo estas Funciones Específicas y exclusivas de las Municipalidades Distritales.
Que, por el Decreto Supremo N°400-2015-EF, se han Promulgado los Procedimientos para el Cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2016 donde manifiesta las Metas y Asignación referente a los Recursos del Plan de Incentivos y los Mecanismos que deberán Cumplirse hasta el 31 de Diciembre del Año en Curso, Según  se refiere este Decreto Supremo.
       Que, estando a las consideraciones expuestas, a las facultades y atribuciones como lo prescribe la Ley N°   27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: IMPLEMENTAR UN PROGRAMA DE SEGREGACION EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS EN UN 35% DE LAS VIVIENDAS URBANAS DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO – 2016, atendiendo a 1900 Viviendas (Mínimo)  a partir de la Fecha hasta el 31 de Diciembre en Curso.
ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR como Responsable para la Ejecución del PROGRAMA DE SEGREGACION EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS EN UN 35% DE LAS VIVIENDAS URBANAS DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO - 2016, al Prof. JOSE MARCOS SARAVIA, debiendo de dar cuenta de los avances debidamente fundamentado en Forma Mensual ante la Gerencia Municipal o el Área que haga sus veces de forma Jerárquica.
ARTICULO TERCERO: ENCARGAR, a la Oficina de Imagen Institucional para la Publicación en el Diario Local de la Provincia.
ARTICULO CUARTO: El presente DECRETO entra en Vigencia al día Siguiente de su Publicación.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
Luis Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde


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