jueves, 12 de mayo de 2016

Municipalidad Distrital de Grocio Prado


DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2016.MDGP/A
Grocio Prado, 25 de enero de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE GROCIO PRADO
VISTO:
El Informe Legal N° 03/A-2016-ALI-MDGP, el Informe N° 012/A-2016-MDGP/PRESUP,  del 21 de Enero de 2016 de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,y ;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que establece Constitución Política del Perú  para las Municipalidades  radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno y de administración, con sujeción al ordenamientos jurídico establecido.
Que, el artículo 42° de la ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas y que además sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, así mismo resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo Municipal;
Que, el Decreto supremos N° 062-2009-PCM que aprueba el formato de Texto único de Procedimientos Administrativos(TUPA), publicado el 24  de setiembre de 2009, establece en su artículo 4° que dentro de los (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modificación de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente en el TUPA entre el nuevo valor del UIT, cuyo monto para el año fiscal 2016 ha sido fijado en S/. 3,950.00 (TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), mediante Decreto Supremo N° 3978-2015-EF, publicado el 24 de Diciembre de 2015.
Que, asimismo según la norma acotada la modificación del valor de la UIT no aplica la modificación automática de los derechos e tramitación contenidos en el TUPA y que la reconversión de los nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el TUPA se debe de realizarse dentro de los (30) días siguientes a la vigencia de la modificación del valor de la UIT.
Que, mediante Informe N° 012/A-2016-MDGP/PRESUP, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, eleva la propuesta de reconversión de los términos porcentuales de los derechos Administrativos vigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, relacionado con la UIT establecida para el Año Fiscal 2016.
Que, con Informe N° 03/A-2016-MDGP/A, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es precedente la aprobación de reconversión de los nuevos términos porcentuales adecuados al valor de la UIT vigente para el presente año 2016, el mismo que deberá efectuarse a través del Decreto de Alcaldía respectivo;
ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ESPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN L NUMERAL 6) DEL ARTICULO 20° Y ARTICULO 42° DE LA LEY 27972 – LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la reconversión de los Nuevos Términos porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el Texto Único de Procedimientos administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, que deberán efectuarse en función al nuevo valor de la UIT de S/. 3,950.00 SOLES, conforme al D.S. N° 397-2015-EF.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a todas las unidades orgánicas de la entidad que tienen a su cargo procedimientos establecidos en el TUPA, deberán acotar los derechos de acuerdo a lo aprobado en el artículo precedente.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en un Diario local y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado (www.munirgrocioprado.gob.pe)
ATICULO CUARTO.- ENCARGAR;  el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a todas las áreas pertinentes el cumplimiento de la misma.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.
Luis Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde

 

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