La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) infor-mó
hoy que a partir del lunes 30 de mayo se inicia el periodo de vigencia de una
serie de restricciones y prohibiciones pa ra la Segunda Elección Presidencial
del próximo 05 de junio.
De esta manera, desde las cero horas del
lunes 30 se prohíbe la publicación o difusión de encuestas de intención de voto
y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a
través de los medios de comunicación.
Según el artículo 191 de la Ley N°
26859, Ley Orgánica de Elecciones - LOE, las encuestas y proyecciones de voto
solo se pueden difundir hasta el domingo anterior al día de las elecciones.
Asimismo, a partir del viernes 03
de junio no pueden efectuarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter
político. Es por ello que los mítines de cierre de campaña de las dos
agrupaciones políti-cas que participan en la Segunda Elección Presidencial solo
se podrán realizar hasta el jueves 02 de junio.
Igualmente, la propaganda política
solo se podrá difundir hasta el viernes 03 de junio. Esta restricción, como la
anterior, están especificadas en el artículo 190 de la LOE. En tal sentido,
desde ese día no se puede usar banderas, llevar vestimentas u otros distintivos
o indumentarias que contengan propaganda electoral.
En tanto, desde las 08:00 ho-ras del sábado 04
de junio que- dará prohibida la venta de bebidas alcohólicas en todos los comercios a nivel
nacional, la misma que podrá reanudarse recién el lunes 06 de junio. De
esta manera, la denominada ‘Ley seca’ tendrá una vigencia de 48 horas. El
organismo electoral también señaló que los miembros de mesa, candidatos y
personeros no pueden ser de tenidos 24 horas antes ni 24 ho ras
después de la votación, sal-vo en caso de flagrante delito.
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