viernes, 15 de enero de 2016

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo


ORDENANZA N° 001-A- MDPN/2016
Pueblo  Nuevo, 13  de  Enero  del  2016
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO–PROVINCIA  DE CHINCHA.
VISTO:
  El Consejo de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, en Sesión  Extraordinaria de la fecha  doce  de  Enero del año en curso, estando al informe de la Oficina de Desarrollo Económico Local y en atención al Oficio N° 001 2016/RMDPN/CH  del Regidor German Piñan Cruz, sobre Propuesta de Proyecto  de  la  Ordenanza Municipal que plasme el interés y compromiso de la Corporación Edil, de colaborar con los Emprendedores y medianos Empresarios de distrito;
CONSIDERANDO:
Qué, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194°, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia; señalando que la estructura orgánica del Gobierno Local la conforman el Consejo Municipal como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, asimismo, el numeral 1) del artículo 195°,establece que las Municipalidades, en ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa;
Que,  se  establece  como  pago  único  el  monto  de  DOSCIENTOS  Y  00/100  NUEVOS   SOLES  (S/. 200.00)  como un derecho único de  los  Stand según ubicación en cuanto dure el Periodo de Aniversario y su programación;
Que, en el referido pedido también se solicita se reglamente el cierre en las calles: Av. 02 de Mayo, Av. Unión y las intersecciones de Jr. Ica y Jr. 23 de Mayo; por el periodo que duren las festividades por el Aniversario del distrito a fin de que se dé el espacio necesario y suficiente para el desarrollo de las Actividades Programadas así como la distribución de Stand, equipos y otros que se requieran para dicho fin.
Que, se establece en el artículo 84° numeral 2 FUNCIONES ESPECIFICAS DE LAS MUNICIPALES DISTRITALES; 2.1; Planificar y Concertar el Desarrollo Social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza;
Que, la Ley 27972, en su artículo  20°, inciso 5) establece que es atribución del Alcalde promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación;
Que, la presente se encuentra con la opinión favorable de la Comisión Ordinaria de Regidores, a su vez conforme lo establece el numeral 9, del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Consejo Municipal, Crear,  modificar, exonerar, suprimir, contribuciones, tasas, arbitrios, Licencias y derechos conforme a la  Ley.
Que, en concordancia con las recomendaciones, e informes de la oficina de Desarrollo económico Local; así como de la Comisión de aniversario, sobre lo peticionario;
Estando a lo expuesto; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° numeral  8) de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Consejo aprobó por unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL  PAGO DE DERECHOS POR EL USO DE STAND EN EL PERIODO DE ANIVERSARIO Y CIERRE DE DIFERENTES
CALLES DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO PROVINCIA DE CHINCHA

Artículo Primero.- APROBAR  el Pago de  uso de stand como un derecho único de  DOSCIENTOS  Y  00/100   NUEVOS  SOLES  (  S/.200.00);   para todos los  participantes según ubicación, en cuanto dure el periodo de Aniversario y su programación;
Articulo Segundo.- DISPONER el cierre de las calles Av. 02 de Mayo, Av. Unión y las intersecciones de Jr. Ica y Jr. 23 de Mayo; por el periodo que duren las festividades por el Aniversario del distrito a fin de que se dé el espacio necesario y suficiente para el desarrollo de las Actividades Programadas así como la distribución de stand, equipos  y otros que se requieran para dicho fin.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Municipal cumpla con implementar, monitorear, supervisar y evaluar el cumplimiento de los contenidos de la Ordenanza e Implementación de acciones estratégicas orientadas a la ejecución de la presente; con el apoyo de las áreas comprometidas.
Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase
Hugo Jesús Buendía Guerrero

Alcalde 

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