jueves, 24 de diciembre de 2015

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo


ORDENANZA N°  016-MDPN/2015
Pueblo Nuevo, 18 de  Diciembre de 2015
VISTO:
El  Concejo  Municipal  del  Distrito  de  Pueblo  Nuevo  en  Sesión  Ordinaria  de  fecha  diecisiete  de  Diciembre  del  2015  el informe N° 303-2015-OATRMDPN   de la Oficina de Administración Tributaria y Rentas por el cual remite el “Proyecto de Ordenanza que Aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recolección de Residuos Sólidos), Parques y jardines y Serenazgo para el año 2016”, el Informe  Legal  N°  0630-2015   de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
 Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales, de conformidad con los artículos 74° y 194° de la Constitución Política del Perú;
Que los numerales 1) y 2) del Articulo 69°de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 señalan que son  rentas municipales los tributos creados por ley a su favor, siendo estos las contribuciones, tasas, arbitrios, multas y derechos, los cuales son creados por su Concejo Municipal y constituyen sus ingresos propios; guardando concordancia con lo establecido en el Artículo 70° de la ley acotada en el sentido que el Sistema Tributario de las municipalidades se rige por Ley Especial y el Código Tributario en la parte pertinente;
Que, mediante el Artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF de la Constitución Política del Perú, las municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites fijados por ley;
Que, el artículo 69-B del Decreto Supremo N°156-2004-EF, establece que en caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Articulo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, solo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 01 de Enero del año fiscal anterior, reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC), vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fiscal;
Que, la Resolución Jefatural N° 440-2015-INEI, fija en 3.93% la variación del Índice de Precios al Consumidor  a nivel nacional, la misma que en cumplimiento del
Artículo 69-B del Decreto Supremo N° 156-2004-EF deberá reajustarse para su vigencia en el año 2016;
Que con fecha 17 de diciembre de 2014, se aprobó la Ordenanza N° 017-2014-MDPN, que regula los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Serenazgo y Parques y Jardines , entrando en vigencia a partir del 01 de Enero de 2015.
Que, mediante Informe N° 303-2015-OATRMDPN la Oficina de Administración Tributaria y Rentas, remite el cuadro con los reajustes de los costos de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a noviembre del presente periodo fiscal, fijado en 3.93%, el mismo que fue aprobado mediante Resolución Jefatural N°440-2015-INEI, así también remite el Texto del Proyecto de Ordenanza para su respectiva aprobación por el concejo Municipal;
Que con Informe  Legal N° 630-2015-MDPN  la Oficina de Asesoría Jurídica, da opinión favorable a la propuesta de Ordenanza que dispone reajustar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) la tasa por concepto de Arbitrios Municipales del año 2015, para efectos de establecer la tasa para el año 2016, precisando la mencionada Oficina que el proyecto debe ser conocido por el Concejo Municipal conforme a lo establecido en el Articulo 9 numeral 8) y 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972; por cuanto el mencionado proyecto cumple con los parámetros establecidos por la normatividad de la materia;
Estando lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9) del Articulo 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, y luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Concejo municipal aprobó por mayoría la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA
(RECOLECCIÓN  DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES
Y SERENAZGO PARA EL AÑO 2016
ARTICULO PRIMERO: Marco legal aplicable
APLICAR para el ejercicio fiscal 2016, lo dispuesto en la Ordenanza N° 017-2014-MDPN, que regula los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Serenazgo y Parques y Jardines, que entró en vigencia a partir del 01 de enero de 2015.
ARTICULO SEGUNDO: Determinación de Tasas de Arbitrios Municipales
REAJUSTAR los montos de las tasas aprobadas mediante Ordenanza Municipal          N° 017-2015-MDPN , para Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recolección de Residuos Sólidos) Parques y Jardines, Serenazgo, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo mediante la aplicación del Índice de Precios al Consumidor, acumulado al mes de noviembre del 2015, ascendente a 3.93%, aprobado mediante Resolución Jefatural N°440-2015-INEI, publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de noviembre del 2015.
ARTICULO TERCERO: Fecha de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales
FIJAR como fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recolección de Residuos Sólidos) Parques y Jardines, Serenazgo, para el ejercicio fiscal 2016 la siguiente:
ü 1 cuota: 29 de febrero de 2016.
ü 2 cuota: 29 de febrero de 2016.
ü 3 cuota: 31 de marzo de 2016.
ü 4 cuota: 29 de abril de 2016.
ü 5 cuota: 31 de mayo de 2016.
ü 6 cuota: 30 de junio de 2016.
ü 7 cuota: 27 de julio de 2016.
ü 8 cuota: 31 de agosto de 2016.
ü 9 cuota: 30 de setiembre de 2016.
ü 10 cuota: 31 de octubre de 2016.
ü 11 cuota: 30 de noviembre de 2016.
ü 12 cuota: 30 de diciembre de 2016.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Y DEROGATORIAS
PRIMERA.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2016, previa publicación de su texto normativo en el Diario la Verdad del Pueblo, conjuntamente con el Acuerdo Provincial que lo ratifica.
SEGUNDA.- PRECISAR que si algún contribuyente se sintiese afectado respecto a la información en base a la cual se han determinado y acotado los arbitrios municipales, respecto al área de terreno, ubicación del predio y/o uso efectivo, podrá modificar la in-formación correspondiente; mediante la presentación de la Declaración Jurada respecto a los datos de Arbitrios, la misma que será objeto de fiscalización previa y surtirá efectos de comprobarse su exactitud a través de la inspección ocular que para tal efecto realice la Unidad de Fiscalización Tributaria.
TERCERA.- DISPONER que el texto íntegro de la presente norma, sean publicados en la página web institucional de esta corporación edil.
CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas y a la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicaciones el cumplimiento de la presente ordenanza; y a Secretaria General la difusión en conjunto con la Unidad de Imagen Institucional.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase.
Hugo Jesús Buendía Guerrero
Alcalde

CUADRO DE AJUSTES IPC
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS 2015:




RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS 2016: AJUSTADO AL 3.93% IPC



PARQUES Y JARDINES 2015:

UBICACIÓN DEL PREDIO
COSTO MENSUAL DEL SERVICIO
Frente a Parque
S/. 12.82
Cerca de parques hasta 100 mts.
S/.  9.01
Frente a berma y/o arbolada
S/.  6.76
Otras ubicaciones
S/.  4.50









PARQUES Y JARDINES 2016: AJUSTADO AL 3.93% IPC

UBICACIÓN DEL PREDIO
COSTO MENSUAL DEL SERVICIO
Frente a Parque
S/. 13.33
Cerca de parques hasta 100 mts.
S/.  9.36
Frente a berma y/o arbolada
S/.  7.03
Otras ubicaciones
S/.  4.68





                 
                     
              

SERENAZGO 2015:
Costo mensual fijo del servicio.
USO 1
S/. 1.76
USO 2
S/. 4.77
USO 3
S/. 15.65
USO 4
S/. 3.51
USO 5
S/. 4.77
USO 6
S/. 3.81


SERENAZGO 2016: AJUSTADO AL 3.93% IPC

Costo mensual fijo del servicio.
USO 1
S/. 1.83
USO 2
S/. 4.96
USO 3
S/. 16.27
USO 4
S/. 3.65
USO 5
S/. 4.96
USO 6
S/. 3.96




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