ACUERDO DE
CONCEJO No. 076-2015-MPCH.
Chincha Alta, 15 de Octubre del 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
Vistos; el Informe N° 3016-2015-GAT/MPCH, de fecha 14 de Octubre del 2015,
presentado por el Gerente de Acondicionamiento Territorial, relacionado al pedido de autorización del Titular del Pliego para la
suscripción de convenio con la EPS SEMAPACH S.A., sobre Interferencia Sanitaria, de la Obra: “Mejoramiento de Pistas y
Veredas en la Av. Luis Massaro (Ex Pilpa), en el distrito de Chincha Alta,
provincia de Chincha - Ica”, Informe N° 0795-2015-MPCH/GAT/DOPP-OAÑQ, de la
División de Obras Públicas y Privadas e Informe N° 2023-2015-GAJ/MPCH, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley N° 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de
gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de
derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos
de su competencia.
Que, el
Artículo 9° de la Ley 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades señala que es atribución del Concejo entre
otros, numeral 26. Aprobar la
celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios
interinstitucionales".
Que, por
Informe N° 0795-2015-MPCH/GAT/DOPP-OAÑQ, de fecha 13 de Octubre del 2015, de la
División de Obras Públicas y Privadas, informa que la obra Mejoramiento
de Pistas y Veredas en la Avenida Luis Massaro (Ex Pilpa) en Distrito de
Chincha Alta, Provincia de Chincha — Ica, se ha dado inicio el 05 de
Octubre del 2015, con tramo de ejecución entre el cruce de la Panamericana Sur
hasta el cruce de la calle San Martin (Plaza vea). Siendo el caso que en el
tramo del cruce Panamericana Sur hasta el pasaje Donayre, existen
interferencias sanitarias como: Red
Matriz de Agua Potable con tubería de asbesto cemento de 0 250 mm en una
longitud de 435 ml, 0 200 mm en una longitud de 24 ml, 0 110 mm en una
longitud de 193 ml.Dicha red se ubica entre el cruce de la calle Callao
hasta la Panamericana Sur, la misma que debe cambiarse en su totalidad para
evitar roturas posibles y hundimientos de pista.
Que, del mismo modo señala que existen
cruces del sistema de alcantarillado en un tramo de 104 ml de un diámetro de 0
200 mm de tubería de concreto que necesita cambiar por tubería PVC 0 200 mm, en
los cruces de Calle Arica, Mariscal Castilla, Calle Callao, Calle Lima, Calle
Grau. Por lo tanto, estas interferencias necesitan ser intervenidas antes del
inicio de trabajos de pistas y veredas en el tramo indicado.
Que, La
EPS SEMAPACH S.A,conocedoradeestasinterferenciasdebe intervenir como unidad
ejecutora; para tal efecto, se solicita que mediante Acuerdo de Concejo
se Autorice al Titular de Pliegoefectuar un Convenio Interinstitucional
que viabilice los trabajos de manera urgente. El presupuesto calculado para tal fin es el siguiente:
·
Componente red matriz de agua potable S/. 96,398.44
·
Componente sistema de alcantarilladlo S/. 11,981.05
·
Componente conexiones domiciliarias alcantarillado S/.14,551,17
Total del Costo
Directo S/.122,930.66
El
desagregado por materiales, mano de obra y equipos es el siguiente:
Mano
de obra S/. 27,901.91
Materiales S/. 78,556.72
Equipos S/. 16,472.04
El
convenio interinstitucional deberá contemplar los siguientes compromisos:
Por la
Municipalidad provincia de Chincha: suministrar los recursos para la compra de
materiales por el importe de S/. 78,556.72 (Setentiocho Mil Quinientos
Cincuenta y Seis con 72/100 Nuevos Soles). Estos recursos deberán ser
transferidos a la EPS SEMAPACH S.A.
Por la EPS
SEMAPACH S.A: suministrar los recursos para mano de obra y equipos por el
importe de S/. 44,373.95 (Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Tres con
95/100 Nuevos Soles); también ser el ente ejecutor de las partidas de
interferencias sanitarias.
El recurso resultante para el financiamiento por la
Municipalidad Provincial de Chincha, deberá ser afectado a gastos de
Interferencia sanitaria, del Proyecto Mejoramiento de Pistas y Veredas en la
Avenida Luis Massaro (Ex Pilpa) en Distrito de Chincha Alta, Provincia de
Chincha — Ica, que fue aprobado mediante Resolución Nº 1944-2015-GM/MPCH,
de fecha 01 de Junio del 2015, que contempla un presupuesto para interferencia
sanitaria de S/. 120,000.00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 NuevosSoles).
Que, por
Informe Legal N° 2023-2015-GAJ/MPCH, de fecha 14 de Octubre del 2015, la
Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que considerando los
informes técnicos emitidos, es importante precisar que teniendo en
consideración, que en el Expediente Técnico aprobado por Resolución N°
1944-2015-GM/MPCH de fecha 01JUN2015, se ha considerado una partida para Obras
de Interferencia Sanitaria (EPS) la suma de S/. 120,000.00 nuevos soles, lo
que implica que el presupuesto está considerado dentro de PIP, aprobado
con Código SNIP N° 219188, con un saldo que quedaría a financiar con ingresos
corrientes, por cuanto el presupuesto calculado se advierte en la suma de S/.
122,930.66 nuevos soles de acuerdo a los informes técnicos indicados.
Que, teniendo en
consideración el Objeto de la propuesta emitida por la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial y de la División de Obras Públicas y Privadas,
teniendo en consideración lo acotado, RECOMIENDA: Que, es factible proceda a
AUTORIZAR la suscripción del CONVENIO CON LA EPS SEMAPACH S.A, con la
finalidad indicada y dada la urgencia que se expone de continuar con la Obra
referida, para tal debe remitirse al Pleno del Concejo Municipal para la
determinación pertinente, con la emisión del respectivo Acuerdo de Concejo que
AUTORICE al ALCALDE PROVINCIAL la suscripción respectiva; debiéndose considerar
de igual modo la autorización a la Gerencia de Planificación y Presupuesto para
que ejecute las acciones de índole presupuestaria con la finalidad de que se
cumpla con el gasto adicional que pudiere generar dicha Obra de Interferencia Sanitaria.
Estando a lo
expuesto, informe de la División de Obras Públicas y Privadas, Gerencia de
Acondicionamiento Territorial, Gerencia de Asesoría Jurídica, a las facultades
conferidas por la Ley N° 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades, a lo aprobado
por UNANIMIDAD en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Octubre de
2015, con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación de
acta;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad
Provincial de Chincha, suscribir el Convenio entre la Empresa SEMAPACH S.A. y la Municipalidad Provincial de
Chincha, relacionado con la Interferencia Sanitaria, de la Obra: “Mejoramiento
de Pistas y Veredas en la Av. Luis Massaro (Ex Pilpa), en el distrito de
Chincha Alta, provincia de Chincha - Ica”.
ARTICULO SEGUNDO.- CONSIDERAR la autorización a la Gerencia de
Planificación y Presupuesto para que ejecute las acciones de índole
presupuestaria con la finalidad de que se cumpla con el gasto adicional que
pudiere generar dicha Obra de Interferencia Sanitaria.
ARTICULO TERCERO.- Encargara la Gerencia de Asesoría Jurídica la elaboración del
Convenio y las coordinaciones correspondientes a la Gerencia Municipal
conjuntamente con la Gerencia de Acondicionamiento Territorial para el
cumplimiento del Artículo Primero del presente Acuerdo..
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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