sábado, 17 de octubre de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No.  076-2015-MPCH.
Chincha Alta, 15 de Octubre del 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Vistos; el Informe N° 3016-2015-GAT/MPCH, de fecha 14 de Octubre del 2015, presentado por el Gerente de Acondicionamiento Territorial, relacionado al pedido de autorización del Titular del Pliego para la suscripción de convenio con la EPS SEMAPACH S.A., sobre Interferencia Sanitaria, de la Obra: “Mejoramiento de Pistas y Veredas en la Av. Luis Massaro (Ex Pilpa), en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha - Ica”, Informe N° 0795-2015-MPCH/GAT/DOPP-OAÑQ, de la División de Obras Públicas y Privadas e Informe N° 2023-2015-GAJ/MPCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9° de la Ley 27972, Ley  Orgánica de Municipalidades señala que es atribución del Concejo entre otros,  numeral 26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales".
Que, por Informe N° 0795-2015-MPCH/GAT/DOPP-OAÑQ, de fecha 13 de Octubre del 2015, de la División de Obras Públicas y Privadas, informa que la obra Mejoramiento de Pistas y Veredas en la Avenida Luis Massaro (Ex Pilpa) en Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha — Ica, se ha dado inicio el 05 de Octubre del 2015, con tramo de ejecución entre el cruce de la Panamericana Sur hasta el cruce de la calle San Martin (Plaza vea). Siendo el caso que en el tramo del cruce Panamericana Sur hasta el pasaje Donayre, existen interferencias sanitarias como: Red Matriz de Agua Potable con tubería de asbesto cemento de 0 250 mm en una longitud de 435 ml, 0 200 mm en una longitud de 24 ml, 0 110 mm en una longitud de 193 ml.Dicha red se ubica entre el cruce de la calle Callao hasta la Panamericana Sur, la misma que debe cambiarse en su totalidad para evitar roturas posibles y hundimientos de pista.
Que, del mismo modo señala que existen cruces del sistema de alcantarillado en un tramo de 104 ml de un diámetro de 0 200 mm de tubería de concreto que necesita cambiar por tubería PVC 0 200 mm, en los cruces de Calle Arica, Mariscal Castilla, Calle Callao, Calle Lima, Calle Grau. Por lo tanto, estas interferencias necesitan ser intervenidas antes del inicio de trabajos de pistas y veredas en el tramo indicado.
Que, La EPS SEMAPACH S.A,conocedoradeestasinterferenciasdebe intervenir como unidad ejecutora; para tal efecto, se solicita que mediante Acuerdo de Concejo se Autorice al Titular de Pliegoefectuar un Convenio Interinstitucional que viabilice los trabajos de manera urgente. El presupuesto calculado para tal fin es el siguiente:
·          Componente red matriz de agua potable S/.                                 96,398.44
·          Componente sistema de alcantarilladlo S/.                                   11,981.05
·          Componente conexiones domiciliarias alcantarillado                  S/.14,551,17
Total del Costo Directo                                                             S/.122,930.66
El desagregado por materiales, mano de obra y equipos es el siguiente:
Mano de obra                             S/.                                27,901.91
Materiales                                 S/.                                78,556.72
Equipos                                     S/.                                16,472.04
El convenio interinstitucional deberá contemplar los siguientes compromisos:
Por la Municipalidad provincia de Chincha: suministrar los recursos para la compra de materiales por el importe de S/. 78,556.72 (Setentiocho Mil Quinientos Cincuenta y Seis con 72/100 Nuevos Soles). Estos recursos deberán ser transferidos a la EPS SEMAPACH S.A.
Por la EPS SEMAPACH S.A: suministrar los recursos para mano de obra y equipos por el importe de S/. 44,373.95 (Cuarenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Tres con 95/100 Nuevos Soles); también ser el ente ejecutor de las partidas de interferencias sanitarias.
El recurso resultante para el financiamiento por la Municipalidad Provincial de Chincha, deberá ser afectado a gastos de Interferencia sanitaria, del Proyecto Mejoramiento de Pistas y Veredas en la Avenida Luis Massaro (Ex Pilpa) en Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha — Ica, que fue aprobado mediante Resolución Nº 1944-2015-GM/MPCH, de fecha 01 de Junio del 2015, que contempla un presupuesto para interferencia sanitaria de S/. 120,000.00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 NuevosSoles).
Que, por Informe Legal N° 2023-2015-GAJ/MPCH, de fecha 14 de Octubre del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que considerando los informes técnicos emitidos, es importante precisar que teniendo en consideración, que en el Expediente Técnico aprobado por Resolución N° 1944-2015-GM/MPCH de fecha 01JUN2015, se ha considerado una partida para Obras de Interferencia Sanitaria (EPS) la suma de S/. 120,000.00 nuevos soles, lo que implica que el presupuesto está considerado dentro de PIP, aprobado con Código SNIP N° 219188, con un saldo que quedaría a financiar con ingresos corrientes, por cuanto el presupuesto calculado se advierte en la suma de S/. 122,930.66 nuevos soles de acuerdo a los informes técnicos indicados.
Que, teniendo en consideración el Objeto de la propuesta emitida por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial y de la División de Obras Públicas y Privadas, teniendo en consideración lo acotado, RECOMIENDA: Que, es factible proceda a AUTORIZAR la suscripción del CONVENIO CON LA EPS SEMAPACH S.A, con la finalidad indicada y dada la urgencia que se expone de continuar con la Obra referida, para tal debe remitirse al Pleno del Concejo Municipal para la determinación pertinente, con la emisión del respectivo Acuerdo de Concejo que AUTORICE al ALCALDE PROVINCIAL la suscripción respectiva; debiéndose considerar de igual modo la autorización a la Gerencia de Planificación y Presupuesto para que ejecute las acciones de índole presupuestaria con la finalidad de que se cumpla con el gasto adicional que pudiere generar dicha Obra de Interferencia Sanitaria.
Estando a lo expuesto, informe de la División de Obras Públicas y Privadas, Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Gerencia de Asesoría Jurídica, a las facultades conferidas por la Ley N° 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades, a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Octubre de 2015, con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación de acta;

ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir  el Convenio entre la Empresa SEMAPACH S.A. y la Municipalidad Provincial de Chincha, relacionado con la Interferencia Sanitaria, de la Obra: “Mejoramiento de Pistas y Veredas en la Av. Luis Massaro (Ex Pilpa), en el distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha - Ica”.
ARTICULO SEGUNDO.-  CONSIDERAR la autorización a la Gerencia de Planificación y Presupuesto para que ejecute las acciones de índole presupuestaria con la finalidad de que se cumpla con el gasto adicional que pudiere generar dicha Obra de Interferencia Sanitaria.
ARTICULO TERCERO.-  Encargara la Gerencia de Asesoría Jurídica la elaboración del Convenio y las coordinaciones correspondientes a la Gerencia Municipal conjuntamente con la Gerencia de Acondicionamiento Territorial para el cumplimiento del Artículo Primero del presente Acuerdo..
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


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