ACUERDO DE
CONCEJO No. 066-2015-MPCH.
Chincha Alta, 01 de Setiembre de 2015
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; la comunicación Rgto. 9843-2015, presentado por doña Albina Ruiz Ríos,
Presidenta y Fundadora de Ciudad Saludable, sobre aprobación de Convenio Marco
de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha
y Ciudad Saludable.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos
de gobierno local, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Articulo X del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, señala que en cuanto a la Promoción del Desarrollo Integral, Los
gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el
crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La
Promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades
provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y
asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de
facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida
de su población.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben “Los concejos
municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de
ordenanzas y acuerdos” y ”Los acuerdos
son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de
gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma
institucional”.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar la celebración de convenios de cooperación
nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que,el Convenio de Cooperación
Interinstitucional, tiene por objeto establecer una relación entre las partes,
a efectos de promover un trabajo en conjunto para fortalecer la inclusión
económica y social de los recicladores, enmarcado en el proyecto
“Fortalecimiento de la cadena de valor reciclaje, con la inclusión y
empadronamiento de los recicladores en el Perú” financiado por la iniciativa
Regional de Reciclaje Inclusivo – IRR conformado por el Banco Interamericano de
Desarrollo – Agua y Saneamiento FOMIN, Coca Cola, PEPSICO, la Red
Latinoamericana de Recicladores y AVINA.
Que, en el
presente año 2015, dentro de los objetivos del Plan de Incentivos del 2015, se
considera a) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos
municipales fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los
mismos; b) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando
los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto, c) Reducir la
desnutrición crónica infantil en el país; d) Simplificar trámites generando
condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la
competitividad local; e) Mejorar la provisión de servicios públicos locales
prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades; Prevenir riesgos de desastres.
Que, por D.S N° 033-2015-EF se aprueban
los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los
recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal para el año 2015, estableciendo en el Anexo 1, la clasificación de
cada municipalidad; en el Anexo 2 Meta 5, laimplementación de un programa de
segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos
domiciliarios en viviendas urbanas del distrito.
Que, con informe No.
1391-2015-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2015, informa que considerando el
proyecto remitido, no genera ni irroga gastos económicos a la Municipalidad,
conforme es de verse del proyecto propuesto, y que ha sido revisado,
suprimiéndose algunos consignaciones literales de los compromisos de la
Municipalidad, se considera que puede atenderse el pedido y tramitarse conforme
pudiera corresponder; por lo que comunica
que es importante acoger la propuesta formulada por el Gobierno Regional de
Ica, de concretar el respectivo Convenio Marco Interinstitucional entre la
Municipalidad Provincial de Chincha y la Región Ica, considerando que a partir
de allí podrán generarse convenios específicos; dado a que ello coadyuvará a
las acciones que son necesarias orientado al desarrollo de la Provincia de
Chincha, en diversos aspectos, por lo que debe autorizarse al Alcalde Provincial la suscripción del Convenio Marco de
Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ica y la
Municipalidad Provincial de Chincha.
Estando a lo
expuesto, informe de la Asesoría Jurídica, a lo aprobado por unanimidad en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de Abril de 2015, con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta y a las
facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la
Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir
el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional
entre Ciudad Saludable y la Municipalidad Provincial de Chincha, con el fin de establecer una relación entre las partes a efectos de
promover un trabajo en conjunto para fortalecer la inclusión económica y social
de los recicladores, “Fortalecimiento de la cadena de valor reciclaje, con la
inclusión y empadronamiento de los recicladores en el Perú”.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaria General derivar el presente
con la debida nota de atención a ciudad Saludable.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio
Carranza Falla
Alcalde
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