miércoles, 16 de septiembre de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 066-2015-MPCH.
Chincha Alta, 01 de Setiembre de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; la comunicación Rgto. 9843-2015, presentado por doña Albina Ruiz Ríos, Presidenta y Fundadora de Ciudad Saludable, sobre aprobación de Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y Ciudad Saludable.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Articulo X del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que en cuanto  a la Promoción del Desarrollo Integral, Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La Promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y  ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal  “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que,el Convenio de Cooperación Interinstitucional, tiene por objeto establecer una relación entre las partes, a efectos de promover un trabajo en conjunto para fortalecer la inclusión económica y social de los recicladores, enmarcado en el proyecto “Fortalecimiento de la cadena de valor reciclaje, con la inclusión y empadronamiento de los recicladores en el Perú” financiado por la iniciativa Regional de Reciclaje Inclusivo – IRR conformado por el Banco Interamericano de Desarrollo – Agua y Saneamiento FOMIN, Coca Cola, PEPSICO, la Red Latinoamericana de Recicladores y AVINA.
Que, en el presente año 2015, dentro de los objetivos del Plan de Incentivos del 2015, se considera a) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; b) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto, c) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país; d) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; e) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Prevenir riesgos de desastres.
Que, por D.S N° 033-2015-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2015, estableciendo en el Anexo 1, la clasificación de cada municipalidad; en el Anexo 2 Meta 5, laimplementación de un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del distrito.
Que, con informe No. 1391-2015-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Julio de 2015, informa que considerando el proyecto remitido, no genera ni irroga gastos económicos a la Municipalidad, conforme es de verse del proyecto propuesto, y que ha sido revisado, suprimiéndose algunos consignaciones literales de los compromisos de la Municipalidad, se considera que puede atenderse el pedido y tramitarse conforme pudiera corresponder; por lo que comunica que es importante acoger la propuesta formulada por el Gobierno Regional de Ica, de concretar el respectivo Convenio Marco Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y la Región Ica, considerando que a partir de allí podrán generarse convenios específicos; dado a que ello coadyuvará a las acciones que son necesarias orientado al desarrollo de la Provincia de Chincha, en diversos aspectos, por lo que debe autorizarse al Alcalde Provincial  la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha.
Estando a lo expuesto, informe de la Asesoría Jurídica, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de Abril de 2015, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta  y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir  el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre Ciudad Saludable y la Municipalidad Provincial de Chincha, con el fin de establecer una relación entre las partes a efectos de promover un trabajo en conjunto para fortalecer la inclusión económica y social de los recicladores, “Fortalecimiento de la cadena de valor reciclaje, con la inclusión y empadronamiento de los recicladores en el Perú”.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar  a la Secretaria General derivar el presente con la debida nota de atención a ciudad Saludable.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

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