viernes, 28 de agosto de 2015

Municipalidad Provincial de Pisco


DECRETO Nº  011 -2015-MPP
Pisco, 27 de Agosto de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 192º de la Constitución Política del estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Ordenanza Nº 020-2015-MPP, se aprobó la ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE EL EMBANDERAMIENTO GENERAL Y OBLIGATORIO DE LAS VIVIENDAS, INSTITUCIONES PÚBLICAS, PRIVADAS Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN LA JURISDICCION DEL RADIO URBANO DE LA PROVINCIA DE PISCO;
Que, el Artículo Tercero de la precitada Ordenanza faculta al Alcalde para dictar las disposiciones complementarias necesarias  para la aplicación adecuada de la norma;
Que, en este contexto, el 08 de Setiembre próximo se conmemora el Día Cívico de Pisco y el 195º Aniversario del Desembarco de la expedición libertadora al mando del General Don José de San Martín;
Que, es política de la actual gestión, fomentar e incentivar el espíritu cívico y cultural que afirme en la conciencia del vecindario el sentimiento de peruanidad y respeto a nuestros símbolos nacionales;
Estando en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Disponer el EMBANDERAMIENTO GENERAL OBLIGATORIO de los inmuebles del Cercado de Pisco, desde el 01 al 10 de Setiembre del 2015, con motivo de  conmemorarse el Día Cívico de Pisco y el 195º Aniversario del Desembarco de la expedición libertadora al mando del General Don José de San Martín.
ARTICULO 2º.- ENCOMENDAR a los vecinos del Cercado de Pisco, la limpieza y conservación de sus predios, como muestra de respeto a esta festividad muy importante para nuestra Ciudad.
ARTICULO 3º.- ENCARGAR a la Subgerencia de  Imagen Institucional  la difusión del presente Decreto.
ARTICULO 4º.- DISPONER que las diversas Unidades Orgánicas de la Municipalidad velen por el cumplimiento del presente Decreto.
POR TANTO
Mando se Registre, Publique y Cumpla.
Tomas Villanueva Andia Crisostomo

Alcalde

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