lunes, 13 de julio de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No. 023-2015-MPCH
Chincha Alta, 30 de Junio de 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto, el Informe No. 1053-2015-GPP/MPCH, de fecha  22 de Junio de 2015, presentado por el Encargado de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Chincha, sobre ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2016.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, la Ley de Bases de la Descentralización Ley N° 27783 señala en el primer párrafo del Artículo 17° numeral 17.1) que "Los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto y en la Gestión Pública...", asimismo señala en su Artículo 18°, numeral 18.2) que "Los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del Sector Público como del Privado, de las sociedades regionales y locales y de la Cooperación Técnica Internacional”.
Que, en el Artículo 53° de la misma norma, indica que ''Las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción..."
Que, mediante instructivo No. 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral  No. 007-2010-EF/76.01 la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha dictado disposiciones complementarias para el Desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados y sus Anexos.
Que, el artículo 47º del Reglamento del Proceso Participativo Basado en Resultados de la Provincia de Chincha -2016, aprobado por Ordenanza No. 013-2015-MPCH, de fecha 30 de Marzo de 2015, señala que el documento del presupuesto participativo basado en resultados es aprobado por Concejo Municipal, el mismo que debe de haber participado activamente, en el desarrollo del proceso de presupuesto participativo,  de tal manera que los acuerdos a los que se arribaron no les sean ajenos.
Que,  el Gerente de Planificación y Presupuesto con informe que se menciona en vistos, comunica que se ha concluido con la ejecución del proceso de presupuesto participativo basado en resultados para el año 2016, adjuntando para ello la documentación para la aprobación del Pleno del Concejo.
Que, la Gerente Municipal con informe No. 0204-2015-GM/MPCH, de fecha 23 de Junio de 2015; considerando el informe que antecede, el reglamento del proceso participativo basado en resultados de la provincia de Chincha -2016, aprobado por Ordenanza No. 013-2015-MPCH, propone que se remita el informe del proceso del presupuesto participativo año fiscal 2016, presentado por el Gerente de Planificación y Presupuesto y Presidente del Equipo Técnico del referido Proceso Participativo, al Pleno del Concejo Municipal, para su aprobación respectiva.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Junio de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación de acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO PRIMERO.-Aprobar el documento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados Año Fiscal 2016,  al haber concluido su ejecución en el presente año, presentado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto quien preside  el Equipo Técnico del Proceso Participativo,  realizado por la Municipalidad Provincial de Chincha,  desde el 07 de marzo de 2015 al 12 de Junio de 2015;habiéndose cumplido con las: Fase 1.- Preparación, Fase 2.-Talleres de Trabajo y Fase 3.- Formulación de Acuerdos y Compromisos distribuidos  bajo un techo presupuestal de 9,654,506, repartidos en dos etapas, una a nivel de distrito por 9`088,211 desagregados de la siguiente manera: para Educación S/. 908,820.50, Cultura y Deporte S/. 908,820.50, Saneamiento S/. 3`180,871.75, Infraestructura – Medio Ambiente S/. 1`363,230.75, Transporte y Electrificación S/. 2`726,461.50 y a nivel de provincia S/. 566,295.00 que serán para Transporte y Electrificación, Agricultura y Saneamiento; que se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Hacer de conocimiento el presente, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y a las unidades orgánicas de la entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

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