viernes, 17 de julio de 2015

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo


ORDENANZA N° 011-A- MDPN/2015
Pueblo  Nuevo, 02  de Julio  del  2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO–PROVINCIA  DE CHINCHA.
VISTO:
En Sesión de  Consejo  Ordinaria  de fecha 01  de Julio de 2015  la propuesta del Proyecto de Ordenanza que  exonera parcialmente el pago de los derechos de tramites  estipulados  en el TUPA  a  las personas con discapacidad  y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo  194°, otorga a los Gobiernos  Locales autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia;
Que, en el mismo cuerpo legal en su Artículo 74° establece que los Gobiernos  Locales  pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar estas, dentro de su jurisdicción;
Que,  el párrafo II del Título Preliminar del  Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con el Decreto  Supremo N° 133-2013  y sus modificatorias, estipula que son tasas  los  tributos cuya obligación tiene como hecho  generado  la prestación efectiva por el estado de un  servicio público individualizado en el contribuyente  e indica que las tasas pueden ser arbitrios, derechos y licencias;
Que, mediante Oficio N° 023-2015-MDPN-OMAPED, se resuelve que considerando  la difícil situación económica por la que atraviesa el país, se requiere dar  facilidades a fin de que las personas con alguna discapacidad puedan obtener la exoneración parcial de sus derechos y licencias que deseen  tramitar en esta comuna;
Que,  asimismo  mediante Informe  Legal  N° 183-2015-ALE-MDPN  e  Informe N° 133-2015   OATR/MDPN  promovido por el  Encargado  del Área  de Rentas de la  Municipalidad, dictamina por la procedencia de emitir la Ordenanza de exoneración parcial por los  derechos indicados  en el TUPA de esta entidad.
Que, el artículo 40° de la Ley  Orgánica de  Municipalidades  N° 27972,  señala que mediante Ordenanza se crea, modifica, suprime o exonera los  arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones  dentro  de  los  limites  establecidos  por  Ley;
Que,  estando a lo dispuesto en el numeral 4) del  artículo  20° de la Ley N° 27972,  Ley Orgánica de  Municipalidades, con el  voto  por  unanimidad de los miembros  del cuerpo de Regidores  aprobó la  siguiente Ordenanza:
ORDENANZA  QUE  EXONERA  PARCIALMENTE  DEL PAGO DE TODO DERECHO O  LICENCIA  INDICADOS  EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS  DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO  NUEVO – CHINCHA
Artículo 1°.-  Exonérese en un 30 % del pago de derechos y licencias establecidos  en el TUPA  a  las  personas con discapacidad que habiten el distrito de Pueblo Nuevo  Chincha.
Artículo 2°.-  A  efectos de acogerse a lo dispuesto en el artículo anterior se deberá presentar adicionalmente su carne de  la Oficina de OMAPED y  de  CONADIS  al momento de realiza el pago en la Caja de la  Municipalidad  y  adjuntar copia  certificadas por fedatario municipal o legalizado de ellos en las solicitudes presentadas por mesa de parte.
Artículo 3°.-  En  caso de  comprobarse la falsedad de los documentos se procederá  a  realizar  el cobro total  del  costo.
Artículo 4°.- Facúltese al  Sr. Alcalde para  que mediante  Decreto de Alcaldía dicte  las medidas complementarias para  una correcta  aplicación de la presente.
Artículo 5°.-  La  presente  Ordenanza entrara  en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
Hugo Jesús Buendia Guerrero
Alcalde

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
REGISTRO CIVIL
RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ante la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Pisco, se presentó el Administrado Sr(a) Jorge Nuñez Ramos, con el Expediente Administrativo Nº 14626 de fecha, 16-07-2015, en el que solicita la RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA de la Partida de Defunción N° 00291713 del Año 1999, debiendo rectificarse quedando como sigue: Estado Conyugal: Soltero. Se efectúa la presente publicación conforme al Decreto Supremo 015-98-PCM.
Pisco, 16 de julio de 2015.
Bach. Adm. José Remigio Sánchez Alanya

Registrador Civil

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