ORDENANZA N°. 020 - 2015 - MPCH
Chincha Alta, 29 de Mayo de 2015.
POR
CUANTO:
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA;
VISTO;
en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de
fecha 27 de mayo del 2015, el informe No. 150-GR-GM/MPCH, de la Gerente de
Rentas, de la Municipalidad Provincial de Chincha, sobre Ampliación de los términos de la
Ordenanza Municipal No. 005-2015, que aprueba el Programa de Actualización
Tributaria y Prorroga Municipal, para la presentación de la Declaración Jurada
Pago del I Trimestre del Impuesto Predial, Vehicular y Arbitrios Municipales,
de la Municipalidad Provincial de Chincha, para el Ejercicio Fiscal 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución
Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, señala
que las Municipalidades tienen autonomía,
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en
coherencia con el Artículo II del Título Preliminar de la aludida Ley Nº 27972,
de acuerdo con el cual la autonomía que la Constitución Política del Perú
establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico.
Que, dentro del marco legal estatuido
en el artículo N°195 de la constitución Política del Perú, concordante con el Inciso
9) del artículo 40° de la Ley N°27272, Ley Orgánica de Municipalidades,
atribuye al Consejo Municipal que mediante Ordenanza Municipal puedan crear,
modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos,
contribuciones dentro de lo establecido por Ley.
Que, con Ordenanza No.
005-2015-MPCH, del 25 de febrero de
2015, se aprobó la ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA Y PRORROGA MUNICIPAL, para la
presentación de la Declaración Jurada y Pago del I Trimestre del Impuesto
Predial e Impuesto Vehicular de la Municipalidad Provincial de Chincha, para el
Ejercicio Fiscal 2015.
Que, con informes de vistos, la Gerente
de Rentas, propone que la Municipalidad Provincial de Chincha apruebe la
prorroga o Ampliación de la Ordenanza Municipal No. 005-2015-MPCH, para que
todos los ciudadanos que se encuentran no inscritos como contribuyentes o aun
presenten deudas pendientes de pago por no haberse acogido al presente
beneficio, ya sea por desconocimiento, tiempo, medios económicos o temor a la
formalidad, puedan regularizar y cumplir con sus obligaciones tributarias;
proponiendo se amplié el referido beneficio por el termino de 30 días hábiles;
tiempo estimado para cubrir los objetivos esperados y así poder seguir recuperando
la cartera pesada e incrementar los ingresos tributarios de la Municipalizad
Provincial de Chincha para el presente Ejercicio Fiscal 2015.
Que, con informe No.
1128-2015-GAJ/MPCH, de fecha 26 de mayo de 2015, el Asesor Jurídico de la
entidad, opina que se considere
factible la aprobación de la Ampliación
de la fecha, de 30 días hábiles más, referido al Programa de ACTUALIZACIÓN
TRIBUTARIA Y PRORROGA MUNICIPAL, para la presentación de la Declaración Jurada
y Pago del II Trimestre del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular de la Municipalidad
Provincial de Chincha, para el Ejercicio Fiscal 2015, otorgado con Ordenanza
No. 005-2015-MPCH.
Que, de conformidad a las facultades
conferidas por la última parte del Artículo 14° y 34° del Decreto Legislativo
776 Ley de Tributación Municipal, el Artículo 14° del D.S. N°156-2004-EF, el
inciso 8 del artículo 9° y los artículos 39 y 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley N°27972 y conforme a lo acordado en Sesión Ordinaria del
Concejo Municipal de fecha 27 de mayo de 2015, con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL
ARTÍCULO
PRIMERO.- Aprobar la AMPLIACION DE LOS
ALCANCES OTORGADOS CON ORDENANZA No. 05-2015-MPCH, QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE
ACTUALIZACIÓN TRIBUTARIA Y PRORROGA MUNICIPAL, para la presentación de la Declaración
Jurada y Pago del II Trimestre del Impuesto Predial e Impuesto Vehicular de la
Municipalidad Provincial de Chincha, para el Ejercicio Fiscal 2015, por el
termino de tiempo de 30 días hábiles, que se contaran a partir de la
publicación de la presente ordenanza.
ARTICULO
SEGUNDO.-
Hacer de conocimiento la presente a la Gerencia de Rentas y a las Unidades
Orgánicas de la Municipalidad que tengan relación con la presente ordenanza
para su cumplimiento.
ARTICULO
TERCERO.-
Encargar a la Secretaria General publicar la presente Ordenanza en el
Diario Oficial de la localidad, en la
página Web de la Municipalidad.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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