miércoles, 22 de abril de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 028-2015-MPCH.
Chincha Alta, 10 de Abril de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; la comunicación  Rgto. No. 3142-338-2015, presentado por Keny Cordova Flores, Coordinador del Proyecto Warma Pura, mediante el cual remite el proyecto “Escuelas Promotoras de Sociedades Justas y Equitativas”,;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el articulo X del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que en cuanto  a la Promoción del Desarrollo Integral, Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental.
Que, el artículo 9° numeral 26 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal  “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales”.
Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el objeto de la propuesta se basa en diseñar y ejecutar proyectos que, mejoren la experiencia escolar de niñas y niños de la jurisdicción sobre todo a los más pequeños, para optimizar el desarrollo humano en la provincia, conforme se señala en la cláusula segunda de dicho Convenio de Colaboración.
Que, la Asesoría Legal con informe No. 631-2015-GAJ/MPCH, de fecha 25 de marzo de 2015, informa que teniendo en cuenta que, en cuanto al compromiso de la Municipalidad, conforme aparece del numeral 3.2.6 de la Cláusula Tercera, se establece que La Municipalidad NO DESTINARA fondos económicos para las actividades del proyecto y WARMA PURA dispondrá los recursos económicos para el proyecto, por tanto considera factible colaborar en facilitar, promover, difundir y apoyar a dicho Proyecto, conforme al numeral 3.2 relacionados a los compromisos de la Municipalidad; por lo que opina por la procedencia para que se formalice  el Convenio de Colaboración entre la Asociación Warma Pura y la Municipalidad Provincial de Chincha.
Estando a lo expuesto, el informe de la Asesoría Legal y en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 08 de abril de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir el  Convenio de Colaboración entre la Asociación Warma Pura y la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar  a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo al Coordinador del Proyecto Warma Pura con la debida nota de atención.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE


0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.