RDENANZA
MUNICIPAL N° 006-2015-MDS
Sunampe, 08 de Abril del 2015.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE..
VISTO: En sesión de
Concejo extraordinaria de fecha 06 de Abril del 2015 y con votación por
mayoría del Concejo Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la
Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de reforma N°28607,
establece que las Municipalidades provinciales y distritales son; órganos de
Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, con informe N° 055-2015-OPP-NMDS,
suscrita por la jefa de Planificación y Presupuesto, de fecha 1 de abril del
2015, alcanza el proyecto de Ordenanza
de Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo basado en
resultado par el año fiscal 2016.
Que, con informe N° 0061-2015-MDS/GM,
suscrito por Gerencia Municipal, de fecha 7 de abril del 2015, quien informa la
aprobación del proyecto del Presupuesto Participativo permitiendo el
reforzamiento de la relación entre el Gobierno Local y la Sociedad Civil e
identificando los problemas y alternativas de solución en marco a los objetivos
del Plan de Desarrollo concertado.
Que, con informe Legal N°
102-2015-MDS/JERT, de Asesoría legal, de fecha 7 de abril del 2015, opina
que previamente se incorpore el artículo
4 sobre principios que son: Corresponsabilidad y Solidaridad y es favorable el
Reglamento vertido por la jefa de Planeamiento y presupuesto.
Que, en el primer párrafo del artículo
53° de la ley N° 27972 – Ley orgánica de Municipalidades, señala que las
Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como
instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y
ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de
desarrollo concertados de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma
parte del sistema de planificación.
Que, la Décimo sexta disposición
complementaria de la citada Ley N° 27972, señala que las Municipalidades
regulan mediante Ordenanzas los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos
Participativos.
Que, la ley N° 28056 – Ley Marco del
presupuesto participativo y su modificatoria la ley N° 29298, establece
disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la
efectiva participación de la Sociedad
Civil en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo, el mismo que
se tiene que desarrollar en armonía con
los planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Regionales y Locales.
Que,
en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01,
señala la aprobación del instructivo N° 001-2010-EF/76.01 – para el proceso del
presupuesto Participativo basado en resultados, el cual forma parte de la
presente Resolución, el mismo que tiene carácter general y permanente.
POR
CUANTO:
Estando a los informes técnicos y
legales y de conformidad con lo establecido en los artículo 9° numerales 1 y
14, 39° y 40 de la ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo
Municipal de Sunampe, en Sesión Extraordinaria de fecha 6 de abril del 2015,
cuya acta es copia fiel de lo tratado conforme acredita la Secretaria general
interviniente, con el voto mayoría de los señores Regidores, con dispensa de la
lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y SUS ANEXOS.
ARTÍCULO
PRIMERO: APROBAR, el
Reglamento del presupuesto participativo, el cual consta de 16 artículos, VI
Capítulos, 3 disposiciones complementarias, anexos (cronograma, Matriz de
criterios de priorización de proyectos,
ficha de inscripción y ficha de proyecto).
ARTÍCULO
SEGUNDO: CONVOCAR a la
población debidamente organizada y no organizada a las organizaciones públicas
y Privadas, Organizaciones de la Sociedad Civil, entre otros, al proceso del
Presupuesto participativo año 2016,
basado en resultados del Distrito de Sunampe.
ARTÍCULO
TERCERO: DESARROLLAR, el Proceso
del Presupuesto Participativo año 2016, basado en resultados del distrito de
Sunampe, teniendo en cuanta los lineamientos de la Ley 28983, Ley de igualdad
de oportunidades entre mujeres y hombres.
ARTÍCULO
CUARTO: DISPONER se publique
la presente ordenanza en los medios locales de mayor circulación del Distrito.
ARTÍCULO
QUINTO: ENCARGAR el
cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Planeamiento y
Presupuesto y demás áreas de esta corporación Municipal.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR
ALCALDE
REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADOS EN
RESULTADOS 2016 DEL DISTRITO DE
SUNAMPE
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
ARTÍCULO
1º.- OBJETIVO
El presente Reglamento tiene por objetivo promover
y regular los procedimientos del proceso del Presupuesto Participativo basados
en resultados del año Fiscal 2016 del distrito de Sunampe, a fin reforzar la relación del gobierno Local con
la Sociedad Civil y demás actores que participan en dicho proceso, en
conformidad a las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 2º.-MARCO LEGAL
v Constitución Política del Perú.
v Ley Nº27783 - Ley de Bases de Descentralización y modificatorias.
v Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y modificatorias.
v Texto Único Ordenado de la Ley
Nº28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto
Supremo N° 304-2012-EF.
v Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatoria
Ley N° 29298.
v Decreto Supremo Nº142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del
Presupuesto Participativo. Modificado por el Decreto Supremo N° 131-2010-EF en
el Artículo 6° del Reglamento de la Ley Nº 28056.
v Decreto Supremo. Nº 097-2009-EF, precisan criterios de alcance, cobertura y
montos para delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital.
Modificado por el Decreto Supremo N° 132-2010-EF en los artículos 3°, 4° y
5° correspondiente al Proceso del
Presupuesto Participativo.
v Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Resolución Directoral Nº
007-2010-EF/76.01.
v Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones
complementarias y modificatorias.
v
Plan
de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Sunampe.
ARTÍCULO 3º.- ALCANCE
El presente reglamento involucra a las autoridades
y funcionarios del Gobierno Lo-cal, miembros del Consejo de Coordinación Local
Distrital, representantes de la sociedad civil, representantes de instituciones
públicas y privadas, y los diferentes comités
de la circunscripción del Distrito de Sunampe.
CAPITULO II
DE LAS DEFINICIONES BASICAS Y
PRINCIPIOS del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS.
ARTÍCULO
4º.- DEFINICIONES BASICAS
v Proceso
Participativo.- Es un conjunto de acciones conducentes al desarrollo y
formulación de mecanismos y estrategias de gestión para el desarrollo integral
de nuestro distrito, que incluye la participación de la población, en el
proceso de toma de decisiones; así como en la vigilancia y fiscalización de la
gestión de los recursos públicos. Los productos más importantes del Proceso
Participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto
Participativo.
v Presupuesto Participativo.- Es
un instrumento de política y de gestión, es el espacio y proceso de
concertación entre la población y las
autoridades, mediante el cual se definen las prioridades de proyectos de
inversión a implementar en el Distrito de Sunampe, a fin de promover el
desarrollo local con una visión de
futuro concertada y en el marco del PDCL,
con la participación de la
ciudadanía en las decisiones del Gobierno Local, generando compromisos
de todos los agentes participantes para la consecución de objetivos
estratégicos.
v Plan
de Desarrollo Concertado (PDC).- Documento orientador
del desarrollo regional o local y del
proceso del Presupuesto Participativo, que
contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos
estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y
nacionales. Sobre su base se identifican, analizan y priorizan los problemas y
soluciones a través de proyectos de inversión durante la Fase de Concertación del Proceso del
Presupuesto Participativo.
v Agentes
Participantes.- Entiéndase por Agentes Participantes quienes participan
activamente, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas
y de proyectos de inversión durante las fases del proceso del Presupuesto
Participativo con enfoque por resultados. Están integrados por los miembros del
Consejo de Coordinación Local, miembros del Concejo Municipal y los
representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito. Así mismo, por el Equipo
Técnico de soporte del proceso, quien tiene a su cargo la conducción del
proceso del presupuesto participativo.
v Sociedad Civil.- Comprende al conjunto de
ciudadanos(as) que de manera organizada actúan colectivamente para tomar
decisiones dentro del ámbito regional o local, de acuerdo a los requisitos de
participación establecidos.
v Equipo Técnico.-
Tiene la responsabilidad de conducir el proceso del presupuesto participativo,
brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo, y realizando el
trabajo de evaluación técnica.
v Talleres de Trabajo.-
Son las reuniones de trabajo de los
agentes participantes del Presupuesto Participativo, en las cuales se
identifican los problemas y potencialidades del distrito, y se plantean las
acciones a implementar, señalándose compromisos que los diversos actores
públicos y privados; así como también la priorización de las acciones y proyectos de inversión.
v Comité de Vigilancia y Control.- Es
una instancia creada en el proceso del Presupuesto Participativo. Los miembros
del Comité de Vigilancia y Control son elegidos por los agentes participantes,
equipo técnico y demás actores sociales.
ARTÍCULO 5º.- PRINCIPIOS
El Proceso Participativo está enmarcado en los
siguientes principios.
v Participación.-
Los gobiernos locales promueven el desarrollo
de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en sus planes
de Desarrollo y en el Presupuesto Participativo.
v Igualdad
de Oportunidades-. Las Organizaciones de la
sociedad civil tienen las mismas oportunidades para participar sin
discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra
naturaleza.
v Tolerancia.- Es
la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de
opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad civil, como un
elemento esencial para la construcción de consensos.
v Equidad.- Se
refiere al igual acceso a las oportunidades, e inclusión de grupos y sectores
sociales que requieren ser atendidos.
v Eficacia y Eficiencia.- Los
gobiernos locales optimizan el uso de los recursos presupuestales orientados al
logro de metas y objetivos establecidos por la entidad, los cuales significan
soluciones a los problemas más relevantes de la jurisdicción.
v Transparencia.- Implica
el acceso de la población a información acerca de los asuntos públicos y
colectivos que se decidan y se ejecuten.
v Corresponsabilidad.- Se
da entre los gobiernos locales y la sociedad civil, en lo referente a la
identificación de oportunidades, y la solución de los problemas de la comunidad;
ambos relacionados a la Priorización de
proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y
Presupuesto Participativo.
v Solidaridad.- Es
la disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros
como propios, sin intereses particulares.
v Respeto a los acuerdos.- La
participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamentan en el compromiso
de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas.
Estas decisiones no pueden ser modificadas unilateralmente.
CAPITULO III
DEL AGENTE PARTICIPANTE
ARTÍCULO
6º.-AGENTES
PARTICIPANTES
Son
todas aquellas personas que participan de manera activa en el análisis,
discusión y toma de decisiones en el proceso de presupuesto participativo, estando
facultados sea por su cargo o por la designación recaído en ellos a proponer
y/u opinar sobre los proyectos considerados en la cartera de proyectos, así
como los considerados en el Programa de Inversiones del Plan de Desarrollo
Local Concertado.
ARTÍCULO 7°.- DE LAS FUNCIONES DE LOS AGENTES
PARTICIPANTES
a)
Participar activamente en la
discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los
resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro
del Distrito.
b)
Elige y/o puede ser elegido miembro
del Comité de vigilancia.
c)
Suscribe las actas y demás
instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.
CAPITULO IV
DEL EQUIPO TÉCNICO
ARTÍCULO 8º.-El Equipo Técnico Municipal tiene la misión de
brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo
de talleres, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la
consolidación de resultados del proceso del Presupuesto participativo basado en
resultado año fiscal 2016.
8.1 El Equipo Técnico
del presupuesto participativo, estará integrado por:
a) Oficina de Planificación y Presupuesto, quien lo preside.
b) Oficina de Participación Ciudadana - Miembro
c) Unidad de Servicios Públicos y Medio Ambiente - Miembro
d) Unidad de Desarrollo Urbano y Obras - Miembro
e) Oficina de Programación de Inversiones -
Miembro
f) Unidad de Seguridad Ciudadana y Serenazgo - Miembro
8.2 El equipo técnico tiene la responsabilidad de conducir el proceso del
presupuesto participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del
mismo, así como desarrollar el trabajo de evaluación técnica de las propuestas
resultantes de los talleres de trabajo,
ARTÍCULO 9°.- DE LAS FUNCIONES DEL EQUIPO
TECNICO.
El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones:
a)
Formular la metodología,
programación y cronograma del Proceso Participativo.
b)
Revisar la cartera de proyectos de
la Municipalidad a ser presentados en el Proceso de Presupuesto Participativo.
c)
Preparar y suministrar
información para el desarrollo de
los talleres de trabajo.
d)
Organizar todas las actividades de
capacitación que se consideren necesarias.
e)
Brindar asesoría y soporte técnico permanente durante la
ejecución de los Talleres de Trabajo.
f)
Informar a los agentes participantes
la asignación presupuestaria disponible para el
g)
desarrollo del proceso.
h)
Participar en la priorización de los
proyectos de inversión pública a considerarse en el presupuesto participativo.
i)
Evaluar las viabilidades técnicas y
financieras de los proyectos priorizados durante el proceso.
j)
Elaborar el Documento del
Presupuesto Participativo del año fiscal 2016 a ser presentado a la Dirección
Nacional de Presupuesto Público.
k)
Otras que disponga el Titular del
Pliego.
CAPITULO V
COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL
ARTICULO 10º.- DE LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL
El comité de Vigilancia
y control realiza acción es de vigilancia ciudadana del proceso participativo,
y es elegido por los agentes participantes como parte del taller de
Priorización y Formulación de Acuerdos .Estará conformado por dos (02)
Titulares y dos (02) Suplentes, de los
agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido
formalmente por el Concejo Municipal.
Es necesario que los miembros del Comité de
Vigilancia y control cumplan con:
· Ser Agente Participante,
representante de una organización social de base o institución privada que
forme parte del ámbito jurisdiccional
del Distrito de Sunampe.
· Radicar en la jurisdicción
donde se desarrolla el proceso participativo.
· No haber sido condenado por
delitos o faltas.
La conformación del Comité de
vigilancia y control debe Procurar la
participación de mujeres y otros grupos vulnerables, a fin de cumplir con los
principios de igualdad de oportunidades y equidad.
ARTICULO 11º.- DE
LAS COMPETENCIAS DEL COMITÉ DE
VIGILANCIA Y CONTROL.
· Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso de Presupuesto
Participativo y su inclusión en la aprobación del Presupuesto Institucional de
Apertura.
· Vigilar que los recursos del
gobierno Local destinados al presupuesto participativo del año fiscal sean
invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
· Solicitar la información correspondiente de la institución sobre la
ejecución del proceso participativo a través de un documento escrito.
CAPITULO VI
DEL PROCESO PARTICIPATIVO
ARTÍCULO 12º.- DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
El proceso de
Presupuesto Participativo en el Distrito de Sunampe, se desarrollará en las
siguientes fases:
Primera Fase: Preparación
Segunda Fase: Concertación
Tercera Fase: Coordinación entre niveles de Gobierno
Cuarta Fase: Formalización.
ARTÍCULO 13°.-PRIMERA FASE: PREPARACIÓN
13.1. Comprende las
acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación, registro
y capacitación de los agentes participantes.
13.2. El Consejo de Coordinación Local Distrital y el
equipo técnico se encargaran del desarrollo de las actividades de comunicación
y sensibilización a la población y sus organizaciones, sobre la importancia de
la participación ciudadana en el proceso participativo, así como de las normas
que señalan su cumplimiento.
13.3 Corresponde
al Alcalde aprobar mediante Ordenanza de Municipal la metodología y cronograma
de trabajo del proceso participativo concertado, disponiendo su publicación
correspondiente.
La preparación del
Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal del Año 2016,
comprende las siguientes fases:
13.4
Acciones de Comunicación: La Municipalidad Distrital de Sunampe,
difundirá la Ordenanza Municipal que aprueba el inicio del proceso del Presupuesto Participativo, haciendo uso de los medios de comunicación de
ámbito local más adecuado, el portal electrónico institucional y a través de las diversas oficinas de
la
Municipalidad, con la finalidad de logar una amplia participación y
representatividad de la sociedad civil.
13.5
Acciones de Sensibilización: La importancia
de esta acción se desarrollará a través
de charlas informativas radica en promover la participación responsable de la
Sociedad Civil organizada para la
gestión del desarrollo Local, con la finalidad de lograr un mayor compromiso
social que deben asumir en las decisiones que se tomen.
13.6
Acciones de Convocatoria: El Alcalde, en calidad
de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, convocará a la
población organizada para su participación en el proceso del Presupuesto
Participativo 2016, haciendo uso de los medios de comunicación del ámbito local, en concordancia con el
cronograma. A fin de promover la integración al proceso participativo de
representantes de las distintas organizaciones públicas y privadas que ejecuten
acciones en el distrito y de la sociedad
civil.
13.7
Acciones de Identificación y Registro de Agentes Participantes: donde se registrarán a dos representantes como máximo (titular y alterno)
de una organización de la sociedad civil debidamente identificados. Estos
representantes deben de registrarse en
la Oficina de Ciudadana, para ello deben presentar y/o reunir los siguientes requisitos:
§
Solicitud de inscripción dirigida al
Alcalde, debiendo contener la información mínima: Nombres y Apellidos,
Documento de Identidad, Cargo, Organización o Institución a la que
representa , la dirección de la organización o institución y su ubicación
dentro de la Jurisdicción del distrito.
§
Copia simple del Acta de Asamblea o
Declaración Jurada donde se designa a
los agentes participantes un (01) Titular y un
(01) alterno, para que participé en el proceso del presupuesto
participativo.
§
Copia simple, de la ficha de inscripción en los registros
públicos y/o Resolución de reconocimiento, que acredite por menos tres (03)
meses de actividad institucional.
§
Copia del DNI de los delegados
propuestos.
13.8
Acciones de Capacitación a Agentes Participantes: El
Equipo Técnico bridará capacitación
vinculados al proceso del presupuesto participativo.
Los
talleres de preparación y capacitación de agentes participantes debidamente
inscritos serán programados en el cronograma de actividades, ajustándose a las necesidades y características de este
distrito. Los programas de desarrollo de capacidades observara principalmente los siguientes temas:
Ø Presupuesto participativo
Ø Vigilancia del Presupuesto participativo
Ø Sistema Nacional de Inversión Publica
Ø Elaboración de perfiles proyectos
Ø Otros temas relacionado al proceso.
ARTÍCULO 14º.- SEGUNDA FASE: CONCERTACIÓN
14.1
Esta fase comprende las
actividades de identificación de los problemas, evaluación técnica de las posibles soluciones y finalmente la
priorización de proyectos propuestos, así como la formulación de acuerdo y
compromisos entre los agentes participantes, cuyos resultados deben constar en
actas y realizarse en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado.
14.2 En
la fase de concertación el número de talleres a realizarse para el proceso de
presupuesto participativo se definirá en la fase de preparación en
atención a las características de
organización de los diversos actores del ámbito distrital.
14.3 En esta etapa se informará
sobre el presupuesto participativo, se recogerán las propuestas y formalizarán
los acuerdos en Actas.
14.4 El equipo técnico del proceso
de Presupuesto Participativo informará el cronograma del proceso para el
ejercicio del presupuesto participativo, así como el crédito presupuestal
correspondiente.
14.5
Acciones del Taller de Identificación y Priorización de Resultados:
i)
Sobre
la base del diagnóstico elaborado, los agentes participantes proceden a
identificar y priorizar los principales problemas que afectan a la comuna, en
el marco del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto por Resultados.
ii) Las iniciativas de proyectos
presentados por los agentes participantes, referidos a infraestructura,
servicios u otros descritos para el desarrollo integral del distrito deben
estar en concordancia con los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
iii)
Asimismo,
Corresponde al equipo técnico del Presupuesto Participativo proponer en el
taller los criterios de priorización y evaluación de proyectos para su concertación.
iv)
Criterios
para la priorización de acciones:
· Proyectos s en marco del Plan Desarrollo Concertado del Distrito.
· Ámbito Territorial del Proyecto.
· Cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria u otro.
· Enfoque resultado
· Necesidades básicas insatisfechas
· Nivel de estudio del proyecto.
· Densidad poblacional (Número de Beneficiarios).
· Participación en el proceso del presupuesto participativo.
En función a estos
criterios, se establecen los puntajes que ayudarán a precisar una prioridad de
las acciones. Sobre la base de los criterios y puntajes definidos por los
Agentes Participantes, el Equipo Técnico brindará el Soporte Técnico para la
evaluación de las acciones priorizadas, las cuales son presentadas para que los
Agentes Participantes consideren y determinen su inclusión en el Presupuesto
Institucional del Ejercicio que corresponda.
14.6.
Acciones Para el Taller de
Presentación de Propuestas de Alternativas de Solución y Evaluación Técnica de Proyectos:
i.Los agentes participantes,
públicos o privados, presentaran las propuestas de proyectos como alternativas
de solución a los problemas priorizados, para el cual el equipo técnico
distribuirá la ficha correspondiente.
ii.Esta fase tiene como objetivo
la evaluación técnica de las alternativas de solución a los problemas priorizados
participativamente, y sustentación técnica y financiera de las propuestas y
proyectos de inversión.
iii.El equipo técnico realizará la evaluación
técnica y económica de las propuestas de proyectos, en coordinación con todas
las áreas de la Municipalidad, según su especialidad.
iv.El Equipo Técnico seleccionará la cartera de
proyectos, conforme a los criterios priorización y evaluación de proyectos,
preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y los montos
de recursos requeridos para el financiamiento de los proyectos, la cartera de
proyectos será presentada al Alcalde quien propone a los Agentes Participantes
los proyectos de inversión correspondientes para su priorización.
v.Concluido el proceso de
revisión, el equipo técnico presentará la consolidación de las propuestas
presentadas a los Agentes Participantes
para su priorización.
14.7.
Taller de Priorización de Proyectos de Inversión:
En este taller el
equipo Técnico presenta el listado de los proyectos que superaron la evaluación
técnica y que se ajustan a los criterios de impacto, con sus presupuestos
estimados.
Luego, el representante del Equipo Técnico
ordena los proyectos de mayor a menor
puntaje, siendo el mayor puntaje los más prioritarios y los de meno puntaje,
los menos prioritarios. Finalmente, se señala el costo total de cada proyecto y
su cuenta con cofinanciamiento.
Los proyectos priorizados en el proceso son
incluidos en el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso del presupuesto
participativo.
14.8. Asignación de Presupuesto: El Representante del Equipo Técnico informa el
monto que se asignara para el
presupuesto institucional en gasto de inversión que corresponderá al
Presupuesto Participativo. La sociedad civil podrá participar en el cofinanciamiento
de los proyectos de inversión a través de aportes de recursos financieros,
materiales, mano de obra u otros similares, a fin de ampliar la capacidad de
atención de las demandas orientadas a la
mejora de la calidad de la vida de la población. Asimismo, para el
cofinanciamiento de los proyectos pueden emplearse las contribuciones que
determinen los Gobiernos Regionales y Gobiernos locales, de conformidad con la
legislación vigente.
ARTÍCULO 15º.- TERCERA FASE:
COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
Esta fase implica las acciones de
articulación y consistencia de proyectos a fin de armonizar políticas de
intervención.
El equipo técnico luego de aplicar los
criterios de priorización y evaluación identificaran los proyectos para el
presupuesto participativo, definirá las acciones de intervención en el ámbito
de su competencia del Gobierno
Provincial, Regional y otras instituciones del Estado.
ARTÍCULO 16º: CUARTA FASE: FORMALIZACIÓN
Esta fase comprende la inclusión de proyectos de
inversión priorizados y con financiamiento previsto en el respectivo
presupuesto institucional, y la rendición de cuentas respecto del cumplimiento
de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior.
16.1. Inclusión de los
Proyectos en el Presupuesto Institucional: Concertado el Presupuesto Participativo y
suscrita el acta de formalización de acuerdos, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto remite al Concejo Municipal para su aprobación correspondiente del
documento del proceso del presupuesto participativo del año fiscal
correspondiente, a fin de ser ingresado en el aplicativo Web del Ministerio de
Economía y Finanzas.
El Concejo Municipal aprobará el Presupuesto
Participativo Municipal de acuerdo los plazos establecidos en la TUO de la Ley
Nº 28411, aprobado con Decreto Supremo N°304-2012-EF,
El documento del proceso del presupuesto
participativo será remitido a la
Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas
en los Plazos establecidos, y publicado en el Portal Web Institucional para
conocimiento de la población.
16.2. Rendición de
Cuentas: La
Rendición de cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual se
informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y
Compromisos asumidos en el año anterior al proceso.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- Todo asunto no previsto en el presente Reglamento
será resuelto por el equipo técnico en estricto cumplimiento de la normatividad
vigente.
SEGUNDA.-Aprobar los anexos que forman parte del presente
Reglamento del proceso Presupuesto Participativo basado en Resultados para el
año 2016.
TERCERA.- El presente Reglamento
entrará en vigencia al día siguiente de
su aprobación, durante todo el proceso de presupuesto participativo basado en
Resultados para el año 2016.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR
ALCALDE
ANEXO1
ETAPA
|
ACTIVIDADES
|
FECHAS
|
LUGARES
|
RESPONSABLES
|
|
PREPARACIÓN
|
Comunicación
|
Aprobación
de la Ordenanza, que da inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Basado
en Resultados 2016.
|
06 de Abril
|
Municipalidad
|
Concejo Municipal
y CCL
|
Convocatoria
y sensibilización
|
Difusión del
Proceso del Presupuesto Participativo, mediante charlas informativa y otros medios de difusión.
|
08 al 17
abril
|
Oficina de
Participación Ciudadana y Oficina de
Imagen Institucional.
|
||
Identificación
de Agentes Participantes
|
Registro y
Acreditación de agentes participantes
|
Del 13 al 21
de Abril
|
Municipalidad-
Oficina de Participación Ciudadana.
|
Alcaldía - Oficina de Participación Ciudadana.
|
|
Capacitación
a Agentes Participantes
|
C.P San
Francisco, C.P Santa Catalina, C.P La Victoria., Santa fe.
|
23 de Abril
|
Local de c.p
Santa Fe- Hora 5:30 pm
|
Equipo
Técnico
|
|
C.P Lomo
Largo, C.P San Pedro de Pilpa.
|
24 de Abril
|
Local de c.p
Lomo Largo- Hora 5:30 pm
|
|||
C.P
Chacarita, C.P Alfonso Ugarte, C.P San Martin, C.P Acequia Grande.
|
27 de Abril
|
Local de c.p
San Martin- Hora 5:30 pm
|
|||
C.P
El Guayabo, C.P San Ignacio, C.P Mina
de Oro, C.P Huaca Grande.
|
28 de Abril
|
Local de c.p
San Ignacio- Hora 5:30 pm
|
|||
Cercado
(Sunampe).
|
29 de Abril
|
local Desarrollo
Urbano-hora 5:30 pm
|
|||
CONCERTACIÓN
|
Talleres de
trabajo
|
Taller de
Diagnóstico e Identificación y Priorización
de Resultados.
|
Miércoles 30
de Abril
|
Municipalidad
–local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
|
Equipo
Técnico
|
Presentación
de la propuesta de proyectos de inversión Pública a nivel de perfil Viable, y Ficha de información
Mínima por Proyecto de inversión.
|
4 al 07 de Mayo.
|
Municipalidad-
Oficina de presupuesto
|
Oficina de Planeamiento y Presupuesto
|
||
Priorización
de proyectos
|
11 al 15
de Mayo
|
Municipalidad
|
Equipo
Técnico
|
||
Taller de presentación de Proyectos, y de Formulación
de Acuerdos y Compromisos
|
19 de Mayo
|
Municipalidad
–local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
|
Equipo
Técnico
|
||
Taller de
Rendición de cuenta
|
Rendición de
cuentas del año 2014.
|
20 Mayo
|
Municipalidad
–local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
|
Equipo
Técnico y CCL
|
|
COORDINACIÓN
|
Articulación
de Políticas y proyectos GR-GLP-GL
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Coordinación
entre niveles de Gobierno
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20 al 15 de
Junio.
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Otras instalaciones.
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Alcaldía-
Equipo Técnico.
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FORMALIZACIÓN
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Formulación en el PIA de los Acuerdos y Compromisos.
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Elaborar
informe final del Presupusto Participativo año 2016 y remisión a la DGPP-MEF.
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Hasta 30 Junio
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Municipalidad
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Oficina de
Planeamiento y Presupuesto
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Aprobación
por parte del Concejo Municipal conjuntamente
con el Presupuesto Institucional de Apertura-PIA 2016
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Junio-Diciembre
2015
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Municipalidad
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Oficina de
Planeamiento y Presupuesto
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ANEXO N°02
MATRIZ DE CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS
N°
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CRITERIOS
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DESCRIPCIÓN
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I
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PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL
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Se
articula con la visión de Desarrollo y los objetivos estratégicos:
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|||
SI
|
NO
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||||
Continúa en el proceso
|
Se excluye del proceso
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||||
II
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AMBITO TERRITORIAL DEL PROYECTO
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La
propuesta cobertura territorialmente
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|||
01 centro poblado
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02 CP
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Más de 02 C.P.
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|||
1 punto
|
3 puntos
|
5 puntos
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|||
III
|
COFINANCIAMIENTO
( Financiero, mano de obra, materiales)
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La
propuesta cuenta con alguna fuente de financiamiento adicional a los recursos
municipales: (Acompañar a la propuesta el documento formal de
cofinanciamiento)
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|||
NO CUENTA CON COFINACIAMIENTO
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CUENTA CON COFINACIAMIENTO (de 10% a 20%)
|
CUENTA CON COFINACIAMIENTO (Más de 20%)
|
|||
1 punto
|
5 puntos
|
10 puntos
|
|||
IV
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NECESIDADES BASICAS INSATISFECHAS
|
La
propuesta apunta a coberturar o satisfacer uno o más necesidades básicas
insatisfechas : (electricidad, acceso a agua y desagüe)
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|||
SI
|
NO
|
||||
8 puntos
|
1 punto
|
||||
V
|
ENFOQUE DE RESULTADOS
|
La
propuesta está orientada la atención
de los programas presupuestales estratégicos: ( Salud, nutrición, logro de
aprendizaje al III ciclo, carreteras, electrificación rural, saneamiento
rural, telecomunicación rural, conservación del medio ambiente, seguridad
ciudadana, bienestar, competitividad, productividad rural, gestión de riesgos
y sanidad agraria)
|
|||
SI
|
NO
|
||||
5 puntos
|
1 punto
|
||||
VI
|
NIVEL DE ESTUDIO DEL PROYECTO
|
La
propuesta alcanzada en el siguiente nivel de estudio
|
|||
IDEA
|
PERFIL PRESENTADO U OBSERVADO
|
PERFIL VIABLE
|
|||
1 punto
|
3 puntos
|
5 puntos
|
|||
VII
|
NUMERO DE BENEFICIARIOS
|
Orientada
a la cantidad de pobladores que serán
beneficiados con el proyecto.
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|||
0 - 20%
|
20% - 50%
|
50% - a más
|
|||
1 punto
|
3 puntos
|
5 puntos
|
|||
VIII
|
PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO Del Presupuesto
Participativo-PP
|
El agente
participante ha asistido y participado a los talleres del PP:
|
|||
De 1 taller
|
De 2 a 3 Talleres
|
4 a más
|
|||
1 punto
|
3 puntos
|
6 puntos
|
|||
ANEXO
3
FICHA DE INSCRIPCIÓN – POBLACIÓN ORGANIZADA E INSTITUCION
Viene de la Pág. anterior
ANEXO 4
FICHA
DE INFORMACIÓN MÍNIMA POR PROYECTO DE INVERSIÓN
INFORMACIÓN DEL AGENTE PARTICIPANTE
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|||||||||
Nombre del Agente
Participantes que propone el proyecto
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|||||||||
Nombre de la
organización o institución a la que representa
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|||||||||
INFORMACIÓN DEL PERFIL y/o IDEA
PRESENTADO
|
|||||||||
I.NOMBRE DEL PROYECTO: Considerar en la propuesta del nombre: 1.
Tipo de intervención (Acondicionar, Ampliación, Construir, Fortalecimiento,
Instalación, Mejoramiento, Puesta en Valor, Reconstrucción y Rehabilitación,
entre otros), 2. Bien o servicio (o conjunto de servicios) en el que
intervendrá y 3. Localización del mismo.
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|||||||||
II. En caso de que el proyecto cuente con
Código SNIP
Código
SNIP del Perfil: Perfil Viable:
|
|||||||||
III. Descripción del proyecto:
|
|||||||||
Monto estimado
de la inversión del l proyecto
S/.
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|||||||||
Problema priorizado
al que responde
(Resultado del Taller de Diagnóstico y Priorización de Resultados)
|
|||||||||
¿El proyecto
presentado se encuentra señalado en el Plan de Desarrollo Concertado vigente?
|
|||||||||
¿Cuántos se
beneficiaran con la ejecución del proyecto? Total de N° pobladores.
|
|||||||||
IV. CONFINANCIAMIENTO DEL PROYECTOS
(solo será llenado si existe documento suscrito de compromiso de la población
beneficiaria)
|
|||||||||
Aporte de la
Población ( % )
|
|||||||||
Aporte de la
Municipalidad ( % )
|
|||||||||
Otros (ONG, Empresas privadas, etc.) (%)
|
|||||||||
TOTAL
|
|||||||||
NOTA:
v Adjuntar acta
debidamente suscrita donde se considerara el porcentaje de cofinanciamiento.
v Adjuntar Perfil del
Proyecto Viable y Vigente ( en caso existiera)







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