viernes, 10 de abril de 2015

Municipalidad Distrital de Sunampe


RDENANZA MUNICIPAL  N° 006-2015-MDS
Sunampe, 08 de Abril del 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE..
VISTO: En sesión de Concejo extraordinaria de fecha 06 de Abril del 2015 y con votación por mayoría  del Concejo Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de reforma N°28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son; órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, con informe N° 055-2015-OPP-NMDS, suscrita por la jefa de Planificación y Presupuesto, de fecha 1 de abril del 2015, alcanza el proyecto de Ordenanza  de Reglamento del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultado par el año fiscal 2016.
Que, con informe N° 0061-2015-MDS/GM, suscrito por Gerencia Municipal, de fecha 7 de abril del 2015, quien informa la aprobación del proyecto del Presupuesto Participativo permitiendo el reforzamiento de la relación entre el Gobierno Local y la Sociedad Civil e identificando los problemas y alternativas de solución en marco a los objetivos del Plan de Desarrollo concertado.
Que, con informe Legal N° 102-2015-MDS/JERT, de Asesoría legal, de fecha 7 de abril del 2015, opina que  previamente se incorpore el artículo 4 sobre principios que son: Corresponsabilidad y Solidaridad y es favorable el Reglamento vertido por la jefa de Planeamiento y presupuesto.
Que, en el primer párrafo del artículo 53° de la ley N° 27972 – Ley orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planificación.
Que, la Décimo sexta disposición complementaria de la citada Ley N° 27972, señala que las Municipalidades regulan mediante Ordenanzas los mecanismos de aprobación de sus Presupuestos Participativos.
Que, la ley N° 28056 – Ley Marco del presupuesto participativo y su modificatoria la ley N° 29298, establece disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la
efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo, el mismo que se tiene  que desarrollar en armonía con los planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Regionales y Locales.
Que,  en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, señala la aprobación del instructivo N° 001-2010-EF/76.01 – para el proceso del presupuesto Participativo basado en resultados, el cual forma parte de la presente Resolución, el mismo que tiene carácter general y permanente.
POR CUANTO:
Estando a los informes técnicos y legales y de conformidad con lo establecido en los artículo 9° numerales 1 y 14, 39° y 40 de la ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal de Sunampe, en Sesión Extraordinaria de fecha 6 de abril del 2015, cuya acta es copia fiel de lo tratado conforme acredita la Secretaria general interviniente, con el voto mayoría de los señores Regidores, con dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y SUS ANEXOS.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Reglamento del presupuesto participativo, el cual consta de 16 artículos, VI Capítulos, 3 disposiciones complementarias, anexos (cronograma, Matriz de criterios de priorización de proyectos,  ficha de inscripción y ficha de proyecto).
ARTÍCULO SEGUNDO: CONVOCAR a la población debidamente organizada y no organizada a las organizaciones públicas y Privadas, Organizaciones de la Sociedad Civil, entre otros, al proceso del Presupuesto participativo  año 2016, basado en resultados del Distrito de Sunampe.
ARTÍCULO TERCERO: DESARROLLAR, el Proceso del Presupuesto Participativo año 2016, basado en resultados del distrito de Sunampe, teniendo en cuanta los lineamientos de la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER se publique la presente ordenanza en los medios locales de mayor circulación del Distrito.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Planeamiento y Presupuesto y demás áreas de esta corporación Municipal.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR
ALCALDE
REGLAMENTO QUE REGULA EL  PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADOS EN
RESULTADOS  2016 DEL DISTRITO DE SUNAMPE

CAPITULO I

ASPECTOS GENERALES

ARTÍCULO 1º.- OBJETIVO
El presente Reglamento tiene por objetivo promover y regular los procedimientos del proceso del Presupuesto Participativo basados en resultados del año Fiscal 2016 del distrito de Sunampe, a fin  reforzar la relación del gobierno Local con la Sociedad Civil y demás actores que participan en dicho proceso, en conformidad a las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 2º.-MARCO LEGAL
v  Constitución Política del Perú.
v  Ley Nº27783 - Ley de Bases de Descentralización y modificatorias.
v  Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y modificatorias.
v   Texto Único Ordenado de la Ley Nº28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
v  Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatoria Ley N° 29298.
v  Decreto Supremo Nº142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo. Modificado por el Decreto Supremo N° 131-2010-EF en el Artículo 6° del Reglamento de la Ley Nº 28056.
v  Decreto Supremo. Nº 097-2009-EF, precisan criterios de alcance, cobertura y montos para delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital. Modificado por el Decreto Supremo N° 132-2010-EF en los artículos 3°, 4° y 5°  correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo.
v  Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01.
v  Ley Nº 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modificatorias.
v  Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Sunampe.
ARTÍCULO 3º.- ALCANCE
El presente reglamento involucra a las autoridades y funcionarios del Gobierno Lo-cal, miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, representantes de la sociedad civil, representantes de instituciones públicas y privadas, y los diferentes comités  de la circunscripción del Distrito de Sunampe.

CAPITULO II

DE LAS DEFINICIONES BASICAS Y PRINCIPIOS del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS.

ARTÍCULO 4º.- DEFINICIONES BASICAS
v  Proceso Participativo.- Es un conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de mecanismos y estrategias de gestión para el desarrollo integral de nuestro distrito, que incluye la participación de la población, en el proceso de toma de decisiones; así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. Los productos más importantes del Proceso Participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo.
v  Presupuesto Participativo.- Es un instrumento de política y de gestión, es el espacio y proceso de concertación entre la población  y las autoridades, mediante el cual se definen las prioridades de proyectos de inversión a implementar en el Distrito de Sunampe, a fin de promover el desarrollo local  con una visión de futuro concertada y en el marco del PDCL,  con la participación de la  ciudadanía en las decisiones del Gobierno Local, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de objetivos estratégicos.
v  Plan de Desarrollo Concertado (PDC).- Documento orientador del desarrollo regional o local  y del proceso del Presupuesto Participativo, que  contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sobre su base se identifican, analizan y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión durante  la Fase de Concertación del Proceso del Presupuesto Participativo.
v  Agentes Participantes.- Entiéndase por Agentes Participantes quienes participan activamente, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del proceso del Presupuesto Participativo con enfoque por resultados. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local, miembros del Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad Civil identificados para  este propósito. Así mismo, por el Equipo Técnico de soporte del proceso, quien tiene a su cargo la conducción del proceso del presupuesto participativo.
v  Sociedad Civil.-  Comprende al conjunto de ciudadanos(as) que de manera organizada actúan colectivamente para tomar decisiones dentro del ámbito regional o local, de acuerdo a los requisitos de participación establecidos.
v  Equipo Técnico.- Tiene la responsabilidad de conducir el proceso del presupuesto participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo, y realizando el trabajo de evaluación técnica.
v  Talleres de Trabajo.- Son las reuniones  de trabajo de los agentes participantes del Presupuesto Participativo, en las cuales se identifican los problemas y potencialidades del distrito, y se plantean las acciones a implementar, señalándose compromisos que los diversos actores públicos y privados; así como también la priorización de  las acciones y  proyectos de inversión.
v  Comité de Vigilancia y Control.- Es una instancia creada en el proceso del Presupuesto Participativo. Los miembros del Comité de Vigilancia y Control son elegidos por los agentes participantes, equipo técnico y demás actores sociales.
ARTÍCULO 5º.- PRINCIPIOS
El Proceso Participativo está enmarcado en los siguientes principios.
v  Participación.-  Los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en sus planes de Desarrollo y en el Presupuesto Participativo.
v  Igualdad de Oportunidades-. Las Organizaciones de la sociedad civil tienen las mismas oportunidades para participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza.
v  Tolerancia.- Es la garantía  de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad civil, como un elemento esencial para la construcción de consensos.
v  Equidad.- Se refiere al igual acceso a las oportunidades, e inclusión de grupos y sectores sociales que requieren ser atendidos.
v  Eficacia y Eficiencia.- Los gobiernos locales optimizan el uso de los recursos presupuestales orientados al logro de metas y objetivos establecidos por la entidad, los cuales significan soluciones a los problemas más relevantes de la jurisdicción.  
v  Transparencia.- Implica el acceso de la población a información acerca de los asuntos públicos y colectivos que se decidan y se ejecuten.
v  Corresponsabilidad.- Se da entre los gobiernos locales y la sociedad civil, en lo referente a la identificación de oportunidades, y la solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la Priorización  de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y Presupuesto Participativo.
v  Solidaridad.- Es la disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares.
v  Respeto a los acuerdos.- La participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamentan en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estas decisiones no pueden ser modificadas unilateralmente.
CAPITULO III
DEL AGENTE PARTICIPANTE
ARTÍCULO 6º.-AGENTES PARTICIPANTES
Son todas aquellas personas que participan de manera activa en el análisis, discusión y toma de decisiones en el proceso de presupuesto participativo, estando facultados sea por su cargo o por la designación recaído en ellos a proponer y/u opinar sobre los proyectos considerados en la cartera de proyectos, así como los considerados en el Programa de Inversiones del Plan de Desarrollo Local Concertado.

ARTÍCULO 7°.- DE LAS FUNCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

a)              Participar activamente en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos  a ser considerados para contribuir al logro del Distrito.
b)              Elige y/o puede ser elegido miembro del Comité de vigilancia.
c)               Suscribe las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.
CAPITULO IV
DEL EQUIPO TÉCNICO
ARTÍCULO 8º.-El Equipo Técnico Municipal tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación de información, capacitación, desarrollo de talleres, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados del proceso del Presupuesto participativo basado en resultado  año fiscal 2016.
8.1   El Equipo Técnico del presupuesto participativo, estará integrado por:
a)     Oficina de Planificación y Presupuesto, quien lo   preside.                           
b)     Oficina de  Participación Ciudadana                               - Miembro
c)      Unidad de Servicios Públicos y Medio Ambiente             - Miembro
d)     Unidad  de Desarrollo Urbano y Obras            - Miembro               
e)     Oficina de Programación de Inversiones         - Miembro
f)      Unidad de Seguridad Ciudadana y Serenazgo              -  Miembro              
8.2 El equipo técnico tiene la responsabilidad de conducir el proceso del presupuesto participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo, así como desarrollar el trabajo de evaluación técnica de las propuestas resultantes de los talleres de trabajo,

ARTÍCULO 9°.- DE LAS FUNCIONES DEL EQUIPO TECNICO.

El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones:
a)               Formular la metodología, programación y cronograma del Proceso Participativo.
b)               Revisar la cartera de proyectos de la Municipalidad a ser presentados en el Proceso de Presupuesto Participativo.
c)               Preparar  y suministrar  información  para el desarrollo de los talleres de trabajo.
d)               Organizar todas las actividades de capacitación que se consideren necesarias.
e)               Brindar asesoría  y soporte técnico permanente durante la ejecución de los Talleres de Trabajo.
f)                Informar a los agentes participantes la asignación presupuestaria disponible para el
g)               desarrollo del proceso.
h)               Participar en la priorización de los proyectos de inversión pública a considerarse en el presupuesto participativo.
i)                Evaluar las viabilidades técnicas y financieras de los proyectos priorizados durante el proceso.
j)                Elaborar el Documento del Presupuesto Participativo del año fiscal 2016 a ser presentado a la Dirección Nacional de Presupuesto Público.
k)               Otras que disponga el Titular del Pliego.
CAPITULO V
COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL
ARTICULO 10º.- DE LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL
El comité de Vigilancia y control realiza acción es de vigilancia ciudadana del proceso participativo, y es elegido por los agentes participantes como parte del taller de Priorización y Formulación de Acuerdos .Estará conformado por dos (02) Titulares y dos (02) Suplentes,  de los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal.
 Es necesario que los miembros del Comité de Vigilancia y control cumplan con:
·  Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o institución privada que forme parte  del ámbito jurisdiccional del Distrito de Sunampe.
·  Radicar en la jurisdicción donde se desarrolla el proceso participativo.
·  No haber sido condenado por delitos o faltas.
La conformación del Comité de vigilancia  y control debe Procurar la participación de mujeres y otros grupos vulnerables, a fin de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y equidad.
ARTICULO 11º.-   DE LAS COMPETENCIAS DEL  COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL.
·  Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso de Presupuesto Participativo y su inclusión en la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura.
·  Vigilar  que los recursos del gobierno Local destinados al presupuesto participativo del año fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
·  Solicitar la información correspondiente de la institución sobre la ejecución del proceso participativo a través de un documento escrito.
CAPITULO VI
DEL PROCESO PARTICIPATIVO
ARTÍCULO 12º.- DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
El proceso de Presupuesto Participativo en el Distrito de Sunampe, se desarrollará en las siguientes fases:
Primera Fase:          Preparación
Segunda Fase:       Concertación
Tercera Fase:          Coordinación entre niveles de Gobierno
Cuarta Fase:           Formalización.
ARTÍCULO 13°.-PRIMERA FASE: PREPARACIÓN
13.1. Comprende  las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación, registro y capacitación de los agentes participantes.
13.2.  El  Consejo de Coordinación Local Distrital y el equipo técnico se encargaran del desarrollo de las actividades de comunicación y sensibilización a la población y sus organizaciones, sobre la importancia de la participación ciudadana en el proceso participativo, así como de las normas que señalan su cumplimiento.
 13.3 Corresponde al Alcalde aprobar mediante Ordenanza de Municipal la metodología y cronograma de trabajo del proceso participativo concertado, disponiendo su publicación correspondiente.
La preparación del Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal del Año 2016, comprende las siguientes fases:
13.4     Acciones de Comunicación: La Municipalidad Distrital de Sunampe,  difundirá la Ordenanza Municipal que aprueba el  inicio del proceso del Presupuesto Participativo,  haciendo uso de los medios de comunicación de ámbito local más adecuado, el portal electrónico institucional  y a través de las diversas oficinas de
la Municipalidad, con la finalidad de logar una amplia participación y representatividad de la sociedad civil.
13.5   Acciones de Sensibilización: La importancia de  esta acción se desarrollará a través de charlas informativas radica en promover la participación responsable de la Sociedad Civil  organizada para la gestión del desarrollo Local, con la finalidad de lograr un mayor compromiso social que deben asumir en las decisiones que se tomen.
13.6   Acciones de Convocatoria: El Alcalde, en calidad de presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, convocará a la población organizada para su participación en el proceso del Presupuesto Participativo 2016, haciendo uso de los medios de comunicación  del ámbito local, en concordancia con el cronograma. A fin de promover la integración al proceso participativo de representantes de las distintas organizaciones públicas y privadas que ejecuten acciones en el distrito  y de la sociedad civil.
13.7   Acciones de Identificación y Registro de Agentes Participantes: donde se registrarán a dos representantes como máximo (titular y alterno) de una organización de la sociedad civil debidamente identificados. Estos representantes deben de registrarse en  la Oficina de Ciudadana, para ello deben presentar y/o reunir los siguientes requisitos:
§     Solicitud de inscripción dirigida al Alcalde,  debiendo contener  la información mínima: Nombres y Apellidos, Documento de Identidad, Cargo, Organización o Institución  a la que  representa , la dirección de la organización o institución y su ubicación dentro de la Jurisdicción del distrito.
§     Copia simple del Acta de Asamblea o Declaración Jurada donde se designa  a los agentes participantes un (01) Titular y un  (01) alterno, para que participé en el proceso del presupuesto participativo.
§     Copia simple,  de la ficha de inscripción en los registros públicos y/o Resolución de reconocimiento, que acredite por menos tres (03) meses de actividad institucional. 
§     Copia del DNI de los delegados propuestos.
13.8         Acciones de Capacitación a Agentes Participantes: El Equipo Técnico  bridará  capacitación  vinculados al proceso del presupuesto participativo.
Los talleres de preparación y capacitación de agentes participantes debidamente inscritos serán programados en el cronograma de actividades, ajustándose  a las necesidades y características de este distrito. Los programas de desarrollo de capacidades observara  principalmente los siguientes temas:
Ø Presupuesto participativo
Ø Vigilancia del Presupuesto participativo
Ø Sistema Nacional de Inversión Publica
Ø Elaboración de perfiles proyectos
Ø Otros temas relacionado al proceso.
ARTÍCULO 14º.- SEGUNDA FASE: CONCERTACIÓN
14.1   Esta fase comprende las actividades de identificación de los problemas, evaluación técnica de  las posibles soluciones y finalmente la priorización de proyectos propuestos, así como la formulación de acuerdo y compromisos entre los agentes participantes, cuyos resultados deben constar en actas y realizarse en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado.
14.2   En la fase de concertación el número de talleres a realizarse para el proceso de presupuesto participativo se definirá en la fase de preparación en atención  a las características de organización de los diversos actores del ámbito distrital.
14.3   En esta etapa se informará sobre el presupuesto participativo, se recogerán las propuestas y formalizarán los acuerdos en Actas.
14.4   El equipo técnico del proceso de Presupuesto Participativo informará el cronograma del proceso para el ejercicio del presupuesto participativo, así como el crédito presupuestal correspondiente.
14.5   Acciones del Taller de Identificación y Priorización de Resultados:
i)     Sobre la base del diagnóstico elaborado, los agentes participantes proceden a identificar y priorizar los principales problemas que afectan a la comuna, en el marco del Plan de Desarrollo Concertado y del Presupuesto por Resultados.
ii) Las iniciativas de proyectos presentados por los agentes participantes, referidos a infraestructura, servicios u otros descritos para el desarrollo integral del distrito deben estar en concordancia con los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
iii)    Asimismo, Corresponde al equipo técnico del Presupuesto Participativo proponer en el taller los criterios de priorización y evaluación de proyectos para su concertación.
iv)   Criterios para la priorización de acciones:
·  Proyectos s en marco del Plan Desarrollo Concertado del  Distrito.
·  Ámbito Territorial del Proyecto.
·  Cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria u otro.
·  Enfoque resultado
·  Necesidades básicas insatisfechas
·  Nivel de estudio  del proyecto.
·  Densidad poblacional (Número de Beneficiarios).
·  Participación en el proceso del presupuesto participativo.
En función a estos criterios, se establecen los puntajes que ayudarán a precisar una prioridad de las acciones. Sobre la base de los criterios y puntajes definidos por los Agentes Participantes, el Equipo Técnico brindará el Soporte Técnico para la evaluación de las acciones priorizadas, las cuales son presentadas para que los Agentes Participantes consideren y determinen su inclusión en el Presupuesto Institucional del Ejercicio que corresponda.
14.6.         Acciones Para el Taller de Presentación de Propuestas de Alternativas de Solución y  Evaluación Técnica de Proyectos:
  i.Los agentes participantes, públicos o privados, presentaran las propuestas de proyectos como alternativas de solución a los problemas priorizados, para el cual el equipo técnico distribuirá la ficha correspondiente.
 ii.Esta fase tiene como objetivo la evaluación técnica de las alternativas de solución a los problemas priorizados participativamente, y sustentación técnica y financiera de las propuestas y proyectos de inversión.
iii.El equipo técnico realizará la evaluación técnica y económica de las propuestas de proyectos, en coordinación con todas las áreas de la Municipalidad, según su especialidad.
iv.El Equipo Técnico seleccionará la cartera de proyectos, conforme a los criterios priorización y evaluación de proyectos, preservando siempre el equilibrio entre los recursos disponibles y los montos de recursos requeridos para el financiamiento de los proyectos, la cartera de proyectos será presentada al Alcalde quien propone a los Agentes Participantes los proyectos de inversión correspondientes para su priorización.
 v.Concluido el proceso de revisión, el equipo técnico presentará la consolidación de las propuestas presentadas a los Agentes  Participantes para su priorización.
14.7.        Taller de Priorización de Proyectos de Inversión:
En este taller el equipo Técnico presenta el listado de los proyectos que superaron la evaluación técnica y que se ajustan a los criterios de impacto, con sus presupuestos estimados.
Luego, el representante del Equipo Técnico ordena  los proyectos de mayor a menor puntaje, siendo el mayor puntaje los más prioritarios y los de meno puntaje, los menos prioritarios. Finalmente, se señala el costo total de cada proyecto y su cuenta con cofinanciamiento.
Los proyectos priorizados en el proceso son incluidos en el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso del presupuesto participativo.
14.8.  Asignación de Presupuesto: El Representante del Equipo Técnico informa el monto que se asignara para el  presupuesto institucional en gasto de inversión que corresponderá al Presupuesto Participativo. La sociedad civil podrá participar en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión a través de aportes de recursos financieros, materiales, mano de obra u otros similares, a fin de ampliar la capacidad de atención de las demandas orientadas a la
mejora de la calidad de la vida de la población. Asimismo, para el cofinanciamiento de los proyectos pueden emplearse las contribuciones que determinen los Gobiernos Regionales y Gobiernos locales, de conformidad con la legislación vigente.
ARTÍCULO 15º.-  TERCERA FASE: COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
Esta fase implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos a fin de armonizar políticas de intervención.
El equipo técnico luego de aplicar los criterios de priorización y evaluación identificaran los proyectos para el presupuesto participativo, definirá las acciones de intervención en el ámbito de su competencia del  Gobierno Provincial, Regional y otras instituciones del Estado.
ARTÍCULO 16º: CUARTA FASE: FORMALIZACIÓN
Esta fase comprende la inclusión de proyectos de inversión priorizados y con financiamiento previsto en el respectivo presupuesto institucional, y la rendición de cuentas respecto del cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior.
16.1. Inclusión de los Proyectos en el Presupuesto Institucional: Concertado el Presupuesto Participativo y suscrita el acta de formalización de acuerdos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite al Concejo Municipal para su aprobación correspondiente del documento del proceso del presupuesto participativo del año fiscal correspondiente, a fin de ser ingresado en el aplicativo Web del Ministerio de Economía  y Finanzas.
El Concejo Municipal aprobará el Presupuesto Participativo Municipal de acuerdo los plazos establecidos en la TUO de la Ley Nº 28411, aprobado con Decreto Supremo N°304-2012-EF,
El documento del proceso del presupuesto participativo será remitido  a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas en los Plazos establecidos, y publicado en el Portal Web Institucional para conocimiento de la población.
16.2. Rendición de Cuentas: La Rendición de cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual se informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el año anterior al proceso.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- Todo asunto no previsto en el presente Reglamento será resuelto por el equipo técnico en estricto cumplimiento de la normatividad vigente.
SEGUNDA.-Aprobar los anexos que forman parte del presente Reglamento del proceso Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año 2016.
TERCERA.- El presente Reglamento entrará  en vigencia al día siguiente de su aprobación, durante todo el proceso de presupuesto participativo basado en Resultados para el año 2016.
 REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DAVID LORENZO MATIAS ATUNCAR

ALCALDE

ANEXO1

FASE
ETAPA
ACTIVIDADES
FECHAS
LUGARES
RESPONSABLES
PREPARACIÓN
Comunicación
Aprobación de la Ordenanza, que da inicio al Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2016.
 06 de Abril
Municipalidad
Concejo Municipal y CCL
Convocatoria y sensibilización
Difusión del Proceso del Presupuesto Participativo, mediante charlas informativa y  otros medios de difusión.
08 al 17 abril

Oficina de Participación Ciudadana  y Oficina de Imagen Institucional.
Identificación de Agentes Participantes
Registro y Acreditación de agentes participantes
Del 13 al 21 de Abril
Municipalidad- Oficina de Participación Ciudadana.
 Alcaldía - Oficina de Participación Ciudadana.
Capacitación a Agentes Participantes
C.P San Francisco, C.P Santa Catalina, C.P La Victoria., Santa fe.
23 de Abril
Local de c.p Santa Fe- Hora 5:30 pm
Equipo Técnico
C.P Lomo Largo, C.P San Pedro de Pilpa.
24 de Abril
Local de c.p Lomo Largo- Hora 5:30 pm
C.P Chacarita, C.P Alfonso Ugarte, C.P San Martin, C.P Acequia Grande.
27 de Abril
Local de c.p San Martin- Hora 5:30 pm
C.P El Guayabo, C.P San Ignacio,  C.P Mina de Oro, C.P Huaca Grande.
28 de Abril
Local de c.p San Ignacio- Hora 5:30 pm
Cercado (Sunampe).
29 de Abril
local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
CONCERTACIÓN
Talleres de trabajo
Taller de Diagnóstico e Identificación   y Priorización de Resultados.
Miércoles 30 de Abril
Municipalidad –local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
Equipo Técnico
Presentación de la propuesta  de  proyectos de inversión Pública a nivel de  perfil Viable, y Ficha de información Mínima por Proyecto de inversión.
4 al 07 de Mayo.
Municipalidad- Oficina de presupuesto
 Oficina de Planeamiento y Presupuesto
Priorización de proyectos
Evaluación Técnica de proyectos (Equipo Técnico)
11  al 15  de Mayo
Municipalidad
Equipo Técnico
Taller  de presentación de Proyectos, y de Formulación de Acuerdos y Compromisos
19 de Mayo
Municipalidad –local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
Equipo Técnico
Taller de Rendición de cuenta
Rendición de cuentas del año 2014.
20 Mayo
Municipalidad –local Desarrollo Urbano-hora 5:30 pm
Equipo Técnico y CCL
COORDINACIÓN
Articulación de Políticas  y proyectos GR-GLP-GL
Coordinación entre niveles de Gobierno
20 al 15 de Junio.
Otras instalaciones.
Alcaldía- Equipo Técnico.
FORMALIZACIÓN
Formulación  en el PIA de los Acuerdos y Compromisos.
Elaborar informe final del Presupusto Participativo año 2016 y remisión  a la DGPP-MEF.
Hasta  30 Junio
Municipalidad
Oficina de Planeamiento y Presupuesto
Aprobación por  parte del Concejo Municipal conjuntamente con el Presupuesto Institucional de Apertura-PIA 2016
Junio-Diciembre 2015
Municipalidad
Oficina de Planeamiento y Presupuesto
















































ANEXO N°02
MATRIZ DE CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS
CRITERIOS
DESCRIPCIÓN
I
PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL
Se articula con la visión de Desarrollo y los objetivos estratégicos:
SI
NO
Continúa en el proceso
Se excluye del proceso
II
AMBITO TERRITORIAL DEL PROYECTO
La propuesta cobertura territorialmente
01 centro poblado
02 CP
Más de 02 C.P.
1 punto
3 puntos
5 puntos
III
COFINANCIAMIENTO  ( Financiero, mano de obra, materiales)

La propuesta cuenta con alguna fuente de financiamiento adicional a los recursos municipales: (Acompañar a la propuesta el documento formal de cofinanciamiento)
NO CUENTA CON COFINACIAMIENTO
CUENTA CON COFINACIAMIENTO  (de 10% a 20%)
CUENTA CON COFINACIAMIENTO (Más de 20%)
1 punto
5 puntos
10 puntos

IV
NECESIDADES BASICAS INSATISFECHAS
La propuesta apunta a coberturar o satisfacer uno o más necesidades básicas insatisfechas : (electricidad, acceso a agua y desagüe)
SI
NO
8 puntos
1 punto
V
ENFOQUE DE RESULTADOS
La propuesta está orientada  la atención de los programas presupuestales estratégicos: ( Salud, nutrición, logro de aprendizaje al III ciclo, carreteras, electrificación rural, saneamiento rural, telecomunicación rural, conservación del medio ambiente, seguridad ciudadana, bienestar, competitividad, productividad rural, gestión de riesgos y sanidad agraria)
SI
NO
5 puntos
1 punto
VI
NIVEL DE ESTUDIO DEL PROYECTO
La propuesta alcanzada en el siguiente nivel de estudio
IDEA
PERFIL PRESENTADO U OBSERVADO
PERFIL VIABLE
1 punto
3 puntos
5 puntos
VII
NUMERO DE BENEFICIARIOS
Orientada a la cantidad de  pobladores que serán beneficiados con el proyecto.
0 - 20%
20% - 50%
50% - a más
1 punto
3 puntos
5 puntos
VIII
PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO Del Presupuesto Participativo-PP
El agente participante ha asistido y participado a los talleres del PP:
De 1 taller
De 2 a 3 Talleres
4 a más
1 punto
3 puntos
6 puntos

ANEXO 3
FICHA DE INSCRIPCIÓN  – POBLACIÓN ORGANIZADA E INSTITUCION


Viene de la Pág. anterior
ANEXO 4
FICHA DE INFORMACIÓN MÍNIMA POR PROYECTO DE INVERSIÓN
INFORMACIÓN DEL AGENTE PARTICIPANTE
Nombre del Agente Participantes que propone el proyecto

Nombre de la organización o institución a la que representa

INFORMACIÓN DEL PERFIL y/o IDEA PRESENTADO
I.NOMBRE DEL PROYECTO: Considerar en la propuesta del nombre: 1. Tipo de intervención (Acondicionar, Ampliación, Construir, Fortalecimiento, Instalación, Mejoramiento, Puesta en Valor, Reconstrucción y Rehabilitación, entre otros), 2. Bien o servicio (o conjunto de servicios) en el que intervendrá y 3. Localización del mismo.


II. En caso de que el proyecto cuente con Código SNIP
 
Código SNIP del Perfil:                                                 Perfil Viable:
 
Año de Viabilidad del Perfil:                                       Antigüedad del Perfil:

Cuenta con expediente Técnico:  SI                    NO

III. Descripción del proyecto:



Monto  estimado  de la  inversión del l proyecto S/.

Problema priorizado al que responde                (Resultado del Taller de Diagnóstico y Priorización de Resultados)

¿El proyecto presentado se encuentra señalado en el Plan de Desarrollo Concertado vigente?

¿Cuántos se beneficiaran con la ejecución del proyecto? Total de N° pobladores.

IV. CONFINANCIAMIENTO DEL PROYECTOS (solo será llenado si existe documento suscrito de compromiso de la población beneficiaria)
Aporte de la Población ( % )

Aporte de la Municipalidad ( % )

Otros  (ONG, Empresas privadas, etc.) (%)

TOTAL


NOTA:
v  Adjuntar acta debidamente suscrita donde se considerara el porcentaje de cofinanciamiento.
v  Adjuntar Perfil del Proyecto Viable y Vigente ( en caso existiera)




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