ORDENANZA N° 009
-2015 – MDAL
Alto Larán, 31 de Marzo del 2015
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ALTO LARÁN
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de
Concejo de fecha 30 de Marzo del 2015.
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 197° y
199° del Capítulo XIV del Título IV, de la Constitución Política del Perú
modificado por el Artículo Único de la Ley N° 27680, establecen que las
Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el
desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la
población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad
conforme a Ley;
Que, el Artículo 53° de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, dispone que los Municipios se rigen por
Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administración y
gestión, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de
la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados en su
jurisdicción, así mismo las Municipalidades regularán, mediante Ordenanza, la participación
vecinal y los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;
Que, el Presupuesto Participativo Basado en
Resultados es un instrumento de política y a la vez de gestión pública, a
través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones
debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar
los recursos, la visión y objetivos que contempla el Plan de Desarrollo
Concertado;
Que, por Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto
Participativo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 142-2009-EF, se
establecen disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva
participación de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa
del presupuesto; Ley Nº 29298 que modifica la Ley Nº 28056, el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF
que modifica el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la
Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y Fe de Errata publicada
en el diario oficial “El Peruano” el día 07-07-2010;
Que, mediante el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01
aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, la Dirección Nacional de Presupuesto Público del
Ministerio de Economía y Finanzas, ha dictado disposiciones complementarias
para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados y sus Anexos;
Estando a lo aprobado por
unanimidad entre los presentes en Sesión extraordinaria del Concejo Distrital
de Alto Larán, del día 30 de Marzo del 2015, el Reglamento, la Conformación del
Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados
Anual para el año fiscal 2016 y el proceso de formulación del Plan de Desarrollo
Concertado Distrital, Plan de Trabajo y
el correspondiente Cronograma de Actividades, que forma parte de la
presente Ordenanza, con la dispensa del trámite
de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas en la Ley N°
27972 Ley Orgánica de Municipalidades, ha aprobado la presente ORDENANZA:
Artículo Primero: Aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados Anual del Distrito de Alto Larán y para la
Formulación del Plan de Desarrollo Concertado Distrital Año 2016, que consta de seis (06)
Títulos, seis (06) Capítulos, cincuenta (50) Artículos y siete (07)
Disposiciones Complementarias.
Artículo Segundo: CONVOCAR al
proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del
Distrito de Alto Larán, año fiscal 2016 y el Proceso de Formulación del Plan de
Desarrollo Concertado, con la participación de la Sociedad Civil Organizada y
del Consejo de Coordinación Local Distrital, así como los Agentes Económicos,
según corresponda.
Artículo Tercero: CONFORMAR el Equipo Técnico, que
tendrá la misión de brindar el soporte técnico del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados correspondiente, según el cronograma y
competencias asignadas en el Reglamento. La Composición del Equipo Técnico
estará integrado por:
A.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
ALTO LARÁN
1. Sub Gerente
de Presupuesto, quien lo presidirá.
2. Gerente
Municipal.
3. Sub Gerente
de Contabilidad
4. Gerente de
Desarrollo Urbano y Rural
5. Gerente de Desarrollo Social y
Económico
6. Gerente de Servicios Públicos
7. Sub Gerente de Logística
B.
REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD
CIVIL
1. Dos
representantes elegidos por los Agentes Participantes.
Artículo Cuarto: APROBAR el Plan de Trabajo y Cronograma
de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado
en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2016, que adjunto a la presente
disposición Municipal, formando parte integrante de la misma.
Artículo Quinto: CONVOCAR la
participación de organismos públicos y privados, en asistencia técnica del Proceso
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio
Fiscal 2016.
Artículo Sexto: El presente
Reglamento que se aprueba puede ser modificado, en tanto exista una norma legal
relacionada con el Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el
Ejercicio Fiscal 2016, dictada por el Gobierno Central a nivel nacional, que
así lo establezca.
Artículo Séptimo: Encargar que
la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, disponga efectuar
las notificaciones de la presente Ordenanza, la misma que entra en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario de la Provincia y en el
Portal Web de la Municipalidad Distrital de Alto Larán.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ana
Mercedes Sotteccani Altamirano
Alcaldesa






0 comentarios:
Publicar un comentario