ORDENANZA No.10-2015-MPCH
Chincha Alta, 30 de marzo de 2015
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO: El Oficio
No. 006-2015-CPB-SPH-CH, de fecha 23 de marzo
de 2015, Rgto. 3818-410-2015, suscrito por don Fredy Moisés Ayllon
López, Presidente del Centro Poblado
Bellavista – Distrito de san Pedro de Huacarpana – Chincha –Ica y otros, , mediante el cual solicitan Prorroga
de Elecciones Municipales del Centro Poblado Bellavista, programada para el día
domingo día 31 de Mayo del 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el
artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Qué,
de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, de acuerdo al Inc. 19) del Art,
9°, de Ley Orgánica de Municipalidades
N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la creación de los Centros Poblados
y de Agencias Municipales;
Qué,
de conformidad con lo previsto por el Art. 130° de la Ley N° 27972,
los Concejos Municipales de los Centros Poblados, están integrados por
un Alcalde y 05 Regidores y estos son elegidos por un periodo de 04 años, conforme
los establece el Art 132° del cuerpo legal acotado, también se indica que el procedimiento
para la elección de Alcalde y Regidores de los Centros Poblados, se regula conforme
a la ley de la materia.
Que, de conformidad con lo previsto por
el Art. 1 de Ley N° 28440, que indica que dicha ley norma el proceso de elección
democrática de Alcaldes y Regidores de los Centros Poblados, de acuerdo a lo previsto por el Art. 132° de
la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Art. 2° de la Ley N°
28440, establece que el Alcalde
Provincial CONVOCA A ELECCIONES, con ciento veinte días (120) naturales de
anticipación al acto del sufragio,
comunicando el acto al Jurado
Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;
Que, con Ordenanza No. 02-2015-MPCH, de
fecha 29de Enero de 2015 , se modificó
la fecha de la convocatoria a las Elecciones para la Municipalidad Delegada
del Centro Poblado Menor Bellavista, jurisdicción del Distrito de San Pedro de
Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, para el día 26 de Abril
del 2015, en el horario de Inicio a 9:00
a.m. horas y concluir a las 16:00 horas.
Que, de acuerdo a la documentación del
visto, Oficio No. 006-2015-P.CE.CPB-SPB/CH, el Presidente y el Comité de la
Comunidad del Centro Poblado Bellavista, del distrito de San Pedro de Huacarpana,
comunica que: - A la fecha las lluvias se ha intensificado en las zonas alto
andino de la Provincia de Chincha (Situación Climatológica). 2.- Por las
condiciones del tiempo las trochas carrozables se encuentran intransitables.
3.- Analizado el Reglamento de Elecciones, según la Ordenanza No. 18-2010-MPCH
se elaboró el Cronograma del Proceso Electoral previa coordinación con los
representantes y la Gerencia Municipal de Chincha; y no llegando a establecer
la fecha programada según la Ordenanza Municipal No. 02-2015-MPCH.; por lo que
solicitan la ampliación del acto Electoral para que se lleve a cabo el domingo
31 de Mayo de 2015 y se elabore el cronograma.
Que, de acuerdo al Informe Legal
No. 632-2015-GAJ/MPCH, de fecha 25 de
marzo de 2015, emitido por el Asesor Jurídico, quien comunica que habiéndose
señalado como fecha para las elecciones el día 26 de abril del 2015, dada las
causas naturales relacionada con el clima que
viven en la zona y que es extrema en la Sierra del Perú, teniendo en
cuenta la elaboración el cronograma electoral con los plazos establecidos en la
ordenanza No. 18-2010-MPCH Reglamento de Elecciones en los Centros Poblados y
teniendo en consideración que a la fecha ya contamos con la intervención de los
dos entes nacionales, en materia de Fiscalización del Proceso y del Organismo
Nacional de Procesos Electorales – ONPE.
Que, con fecha 25 de Marzo de 2015, con
registro de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad registro No.
3954-422-2015, se ha recepcionado el Oficio No. 041-2015-ORC-ICA-GOECOR/ONPE
suscrito por la Coordinadora de la Oficina Regional de Coordinación ORC-ICA
Oficina Nacional de Procesos Electoral Ana Berta Chávez Tamayo, respecto a la
asistencia técnica electoral gratuita con la finalidad de ORGANIZAR LAS ELECCIONES
DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE LOS CENTROS POBLADOS conforme a la ley No 28440.
Convenio revisado que se ha remitido a la Municipalidad Provincial de Chincha;
existiendo razones para que la fecha programada para el 26 de Abril del 2015,
se modifique la Ordenanza No. 02-2015 en el extremo que se modifique la fecha
de elecciones, señalándose para el día domingo 31 de mayo de 2015.
Que, la Asesoría Legal con los considerandos
que anteceden opina por la factibilidad de la modificación de la Ordenanza No.
02-2015 en el extremo que se modifique la fecha de elecciones, señalándose para
el día domingo 31 de mayo de 2015; debiéndose dar cuenta al Jurado Nacional de
Elecciones y a la Oficina de Procesos Electorales – ONPE.
Estando a lo expuesto, informe legal,
Ley 28440, con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria
de fecha 25 de marzo de 2015, con la
dispensa de la lectura y aprobación del acta
y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N.
27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL QUE MODIFICA LA FECHA DE LA CONVOCATORIA A LAS ELECCIONES PARA LA
MUNICIPALIDAD DELEGADA DEL CENTRO POBLADO MENOR DE BELLAVISTA, JURISDICCION DE
SAN PEDRO DE HUACARPANA, PROVINCIA DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA, APROBADA CON ORDENANZA No. 02-2015-MPCH, DE FECHA
29 DE ENERO DE 2015.
Artículo
Primero.-
Modificar la fecha de la convocatoria a las Elecciones para la Municipalidad
Delegada del Centro Poblado Menor Bellavista, jurisdicción del Distrito de San
Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, para el
día 31 de Mayo 2015, en el horario de
Inicio a 9:00 a.m. horas y concluir a
las 16:00 horas.
Articulo
Segundo.-
Encargar al Comité Electoral la elaboración del cronograma electoral con los
plazos establecidos en la ordenanza No. 18-2010-MPCH Reglamento de Elecciones
en los Centros Poblados y teniendo en consideración que a la fecha ya contamos
con la intervención de los dos entes nacionales, en materia de Fiscalización
del Proceso y del Organismo Nacional de Procesos Electorales – ONPE.
Artículo
Tercero.-
Encargar a la Secretaría General de haga de conocimiento la modificación
de la fecha al Jurado Nacional de
Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE y
a quienes corresponda, para los fines pertinentes.
Artículo
Cuarto.-
Encargar a la Secretaria General de la Entidad la publicación de la presente
Ordenanza, para los fines de Ley
Regístrese,
publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE
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