martes, 31 de marzo de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No.10-2015-MPCH
Chincha Alta,  30 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO: El Oficio No. 006-2015-CPB-SPH-CH, de fecha 23 de marzo  de 2015, Rgto. 3818-410-2015, suscrito por don Fredy Moisés Ayllon López, Presidente del Centro Poblado  Bellavista – Distrito de san Pedro de Huacarpana – Chincha –Ica y  otros, , mediante el cual solicitan Prorroga de Elecciones Municipales del Centro Poblado Bellavista, programada para el día domingo día 31 de Mayo del 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Qué,  de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art.  9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, de acuerdo al Inc. 19) del Art, 9°,  de Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la creación de los Centros Poblados y de Agencias Municipales;
Qué,  de conformidad con lo previsto por el Art. 130° de la Ley N°  27972,  los Concejos Municipales de los Centros Poblados, están integrados por un Alcalde y 05 Regidores y estos son elegidos por un periodo de 04 años, conforme los establece el Art 132° del cuerpo legal acotado, también se indica que el procedimiento para la elección de Alcalde y Regidores de los Centros Poblados, se regula conforme a la ley de la materia.
Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 1 de Ley N° 28440, que indica que dicha ley norma el proceso de elección democrática de Alcaldes y Regidores de los Centros Poblados,  de acuerdo a lo previsto por el Art. 132° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Art. 2° de la Ley N° 28440,  establece que el Alcalde Provincial CONVOCA A ELECCIONES, con ciento veinte días (120) naturales de anticipación al acto del sufragio,  comunicando el  acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;
Que, con Ordenanza No. 02-2015-MPCH, de fecha 29de Enero de 2015 , se modificó  la fecha de la convocatoria a las Elecciones para la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor Bellavista, jurisdicción del Distrito de San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, para el día 26 de Abril del 2015, en el horario de Inicio a  9:00 a.m. horas y concluir a las 16:00 horas.
Que, de acuerdo a la documentación del visto, Oficio No. 006-2015-P.CE.CPB-SPB/CH, el Presidente y el Comité de la Comunidad del Centro Poblado Bellavista, del distrito de San Pedro de Huacarpana, comunica que: - A la fecha las lluvias se ha intensificado en las zonas alto andino de la Provincia de Chincha (Situación Climatológica). 2.- Por las condiciones del tiempo las trochas carrozables se encuentran intransitables. 3.- Analizado el Reglamento de Elecciones, según la Ordenanza No. 18-2010-MPCH se elaboró el Cronograma del Proceso Electoral previa coordinación con los representantes y la Gerencia Municipal de Chincha; y no llegando a establecer la fecha programada según la Ordenanza Municipal No. 02-2015-MPCH.; por lo que solicitan la ampliación del acto Electoral para que se lleve a cabo el domingo 31 de Mayo de 2015 y se elabore el cronograma.
Que, de acuerdo al Informe Legal No.  632-2015-GAJ/MPCH, de fecha 25 de marzo de 2015, emitido por el Asesor Jurídico, quien comunica que habiéndose señalado como fecha para las elecciones el día 26 de abril del 2015, dada las causas naturales relacionada con el clima que  viven en la zona y que es extrema en la Sierra del Perú, teniendo en cuenta la elaboración el cronograma electoral con los plazos establecidos en la ordenanza No. 18-2010-MPCH Reglamento de Elecciones en los Centros Poblados y teniendo en consideración que a la fecha ya contamos con la intervención de los dos entes nacionales, en materia de Fiscalización del Proceso y del Organismo Nacional de Procesos Electorales – ONPE.
Que, con fecha 25 de Marzo de 2015, con registro de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad registro No. 3954-422-2015, se ha recepcionado el Oficio No. 041-2015-ORC-ICA-GOECOR/ONPE suscrito por la Coordinadora de la Oficina Regional de Coordinación ORC-ICA Oficina Nacional de Procesos Electoral Ana Berta Chávez Tamayo, respecto a la asistencia técnica electoral gratuita con la finalidad de ORGANIZAR LAS ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE LOS CENTROS POBLADOS conforme a la ley No 28440. Convenio revisado que se ha remitido a la Municipalidad Provincial de Chincha; existiendo razones para que la fecha programada para el 26 de Abril del 2015, se modifique la Ordenanza No. 02-2015 en el extremo que se modifique la fecha de elecciones, señalándose para el día domingo 31 de mayo de 2015.
Que, la Asesoría Legal con los considerandos que anteceden opina por la factibilidad de la modificación de la Ordenanza No. 02-2015 en el extremo que se modifique la fecha de elecciones, señalándose para el día domingo 31 de mayo de 2015; debiéndose dar cuenta al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina de Procesos Electorales – ONPE.
Estando a lo expuesto, informe legal, Ley 28440, con el voto unánime de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 25 de marzo de 2015,  con la dispensa de la lectura y aprobación del acta   y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N. 27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA FECHA DE LA CONVOCATORIA A LAS ELECCIONES PARA LA MUNICIPALIDAD DELEGADA DEL CENTRO POBLADO MENOR DE BELLAVISTA, JURISDICCION DE SAN PEDRO DE HUACARPANA, PROVINCIA DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA,  APROBADA CON ORDENANZA No. 02-2015-MPCH, DE FECHA 29 DE ENERO DE 2015.
Artículo Primero.- Modificar la fecha de la convocatoria a las Elecciones para la Municipalidad Delegada del Centro Poblado Menor Bellavista, jurisdicción del Distrito de San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, para el día  31 de Mayo 2015, en el horario de Inicio a  9:00 a.m. horas y concluir a las 16:00 horas.
Articulo Segundo.- Encargar al Comité Electoral la elaboración del cronograma electoral con los plazos establecidos en la ordenanza No. 18-2010-MPCH Reglamento de Elecciones en los Centros Poblados y teniendo en consideración que a la fecha ya contamos con la intervención de los dos entes nacionales, en materia de Fiscalización del Proceso y del Organismo Nacional de Procesos Electorales – ONPE.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General de haga de conocimiento la modificación de  la fecha al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales  ONPE  y a quienes corresponda, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General de la Entidad la publicación de la presente Ordenanza, para los fines de Ley
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE






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