ACUERDO DE CONCEJO No. 05-2015-A/MPCH.
Chincha
Alta, 22 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL
DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
Visto; en Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 14 de Enero de 2015,
el informe No. 020-2015-GM/MPCH, de fecha 13 de Enero de 2015, mediante
el cual propone al Concejo Municipal para que en Sesión Ordinaria se apruebe la
autorización para la concesión del servicio de recaudación de sisa, teniendo en
cuenta el Informe N° 003 -2015-GR/MPCH
emitido por la Gerencia de Rentas de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N°
28607 establece que las municipalidades provinciales son órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades.
Que,
teniendo en cuenta el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, la cual
señala que:
“Los
gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico
de su circunscripción” y tiene facultades específicas y exclusivas el Gobierno
Local conforme lo establece el artículo 194° y 195° de la Constitución Política
del Estado.
Que, el rubro de sisa se encuentra regulado en el
TUPA de la Municipalidad Provincial de
Chincha y sobre el cual se recauda diariamente este rubro, de acuerdo a lo
informado por la Gerencia de Rentas por parte de personal de la Municipalidad
y, que de acuerdo a la gran cantidad de numero o cantidad de personas que se
dedican al comercio ambulatorio temporal en la vía pública, no estaría reflejando lo que mensualmente debería
rendir, por cuanto de acuerdo al reporte de ingresos del año 2014, se recaudó
un total de S/. 211,133.00 nuevos soles, que dividido entre los 12 meses,
arroja un promedio de S/ 17,000 nuevos soles mensuales, que dividido entre 30
días, arroja un promedio diario de S/. 566.00 nuevos soles, conforme lo indica
la Gerencia de Rentas, situación que amerita tomar una iniciativa y regular
esta percepción de ingresos concesionando este rubro a un tercero, para que vía
su administración pague mensualmente la suma propuesta de S/. 30,000 nuevos
soles mensuales a la Municipalidad.
Que, la Asesor Jurídico con fecha 13 de enero de
2015, comunica que de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, numeral 16 del Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades es atribución del
concejo municipal administrar sus bienes y rentas, y dada la propuesta de la Gerencia
Municipal, teniendo en cuenta la reorientación de la captación de ingresos la
Municipalidad por parte de los obligados es oportuno se atienda lo requerido;
Estando
a lo aprobado por la mayoría de los
asistentes a la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero de 2015, a la aprobación
unánime de la dispensa de la lectura del Acta y Aprobación y a las facultades
conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-
Autorizar la concesión de la cobranza de
sisa del distrito de Chincha Alta, a través de los procedimientos legales, por
el término de un año; debiendo de establecerse en las bases las zonas autorizadas.
ARTICULO SEGUNDO.-
Establecer como monto base para dicha concesión la suma de s/. 30,000. Nuevos
soles mensuales
ARTICULO SEGUNDO.-
Autorizar al Alcalde Provincial de Chincha para que designe a la Comisión
Encargada de llevar adelante el procedimiento público de Concesión, así como la aprobación de bases que regirá el proceso
de Licitación.
Regístrese, comuníquese y
publíquese
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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