jueves, 29 de enero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


  ACUERDO DE CONCEJO No. 05-2015-A/MPCH.
Chincha Alta, 22 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Enero de 2015,  el informe No. 020-2015-GM/MPCH, de fecha 13 de Enero de 2015, mediante el cual propone al Concejo Municipal para que en Sesión Ordinaria se apruebe la autorización para la concesión del servicio de recaudación de sisa, teniendo en cuenta el Informe N°  003 -2015-GR/MPCH emitido por la Gerencia de Rentas de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, el  Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607 establece que las municipalidades provinciales  son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II  del Título Preliminar de la  Ley N° 27972, Ley  Orgánica de Municipalidades.
Que, teniendo en cuenta el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la cual  señala que:
“Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada  prestación de los servicios públicos locales  y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción” y tiene facultades específicas y exclusivas el Gobierno Local conforme lo establece el artículo 194° y 195° de la Constitución Política del Estado.
Que,  el rubro de sisa se encuentra regulado en el TUPA  de la Municipalidad Provincial de Chincha y sobre el cual se recauda diariamente este rubro, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Rentas por parte de personal de la Municipalidad y, que de acuerdo a la gran cantidad de numero o cantidad de personas que se dedican al comercio ambulatorio temporal en la vía pública, no estaría  reflejando lo que mensualmente debería rendir, por cuanto de acuerdo al reporte de ingresos del año 2014, se recaudó un total de S/. 211,133.00 nuevos soles, que dividido entre los 12 meses, arroja un promedio de S/ 17,000 nuevos soles mensuales, que dividido entre 30 días, arroja un promedio diario de S/. 566.00 nuevos soles, conforme lo indica la Gerencia de Rentas, situación que amerita tomar una iniciativa y regular esta percepción de ingresos concesionando este rubro a un tercero, para que vía su administración pague mensualmente la suma propuesta de S/. 30,000 nuevos soles mensuales a la Municipalidad.
Que,  la Asesor Jurídico con fecha 13 de enero de 2015, comunica que de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, numeral 16 del Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades  es atribución del concejo municipal administrar sus bienes y rentas, y dada la propuesta de la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta la reorientación de la captación de ingresos la Municipalidad por parte de los obligados es oportuno se atienda lo requerido;
Estando a lo aprobado por la  mayoría de los asistentes a la Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero de 2015, a la aprobación unánime de la dispensa de la lectura del Acta y Aprobación y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar  la concesión de la cobranza de sisa del distrito de Chincha Alta, a través de los procedimientos legales, por el término de un año; debiendo de establecerse en las bases las zonas autorizadas.
ARTICULO SEGUNDO.- Establecer como monto base para dicha concesión la suma de s/. 30,000. Nuevos soles mensuales
ARTICULO SEGUNDO.- Autorizar al Alcalde Provincial de Chincha para que designe a la Comisión Encargada de llevar adelante el procedimiento público de Concesión, así como  la aprobación de bases que regirá el proceso de Licitación.
Regístrese, comuníquese y publíquese

Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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