Chincha
Alta, 01 de Abril del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL
POR
CUANTO:
El
Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Marzo del 2014.
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 197° y 199° del Capítulo XIV
del Título IV, de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo
Único de la Ley N° 27680, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan
y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos
con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente
bajo responsabilidad conforme a Ley;
Que,
el Artículo 53° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone
que los Municipios se rigen por Presupuestos Participativos anuales como
instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan, aprueban
y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los planes de
desarrollo concertados en su jurisdicción, así mismo las Municipalidades regularán, mediante Ordenanza, la
participación vecinal y los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;
Que, el Presupuesto Participativo Basado en Resultados es un instrumento de política y a
la vez de gestión pública, a través del cual las autoridades regionales y
locales, así como las organizaciones debidamente representadas, definen en
conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, la visión y objetivos
que contempla el Plan de Desarrollo Concertado;
Que,
por Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo N° 142-2009-EF, se establecen disposiciones y
lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la Sociedad
Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto; Ley Nº 29298 que modifica la Ley Nº 28056, el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF que modifica el Decreto Supremo
Nº 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del
Presupuesto Participativo y Fe de Errata publicada en el diario oficial “El
Peruano” el día 07-07-2010;
Que,
mediante el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral
Nº 007-2010-EF/76.01, la Dirección
Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, ha
dictado disposiciones complementarias para el desarrollo del PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS Y SUS ANEXOS;
Estando a lo aprobado por unanimidad entre los
presentes en Sesión Ordinaria del Concejo Provincial de Chincha, del día 31 de
Marzo del 2014, el Reglamento modificado, la Conformación del Equipo Técnico
del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Anual para el
año 2015 y el proceso de formulación del Plan de Desarrollo Concertado
Provincial, así como el correspondiente Cronograma de Actividades, como Anexo
N° 1 y que forma parte de la presente Ordenanza, con la dispensa
del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, el Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas en la Ley
N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, ha aprobado la presente ORDENANZA:
Artículo Primero: APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS ANUAL DE LA PROVINCIA DE CHINCHA Y PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN DE
DESARROLLO CONCERTADO PROVINCIAL AÑO 2015, que consta de seis (06) Títulos,
seis (06) Capítulos, cincuenta (50) Artículos y siete (07) Disposiciones
Complementarias, Anexo N° 01, N° 02 y N° 03; cuyo texto forma parte de la
presente Ordenanza.
Artículo Segundo: CONVOCAR al proceso de Formulación del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial
de Chincha, año fiscal 2015 y el Proceso de Formulación del Plan de Desarrollo
Concertado, con la participación de la Sociedad Civil Organizada y del Consejo
de Coordinación Local Provincial, así como los Agentes Económicos, según
corresponda.
Artículo
Tercero: CONFORMAR el Equipo Técnico, que
tendrá la misión de brindar el soporte técnico del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados correspondiente, según el cronograma y competencias
asignadas en el Reglamento. La Composición del Equipo Técnico estará integrado
por:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
1)
Gerente de Planificación y Presupuesto,
quien lo presidirá.
2)
Gerente de Acondicionamiento
Territorial.
3)
Gerente Municipal.
4)
Jefe de la Oficina de Programación de
Inversiones.
5)
Sub Gerente de Planificación.
6)
Sub Gerente de Contabilidad.
7)
Jefe de División de Obras Públicas y
Privadas
8)
Jefe de la Unidad Formuladora.
MUNICIPALIDADES DISTRITALES
Responsable de la Oficina de Obras Públicas y/o Oficina
de Planificación o la que haga sus veces.
REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Seis
representantes elegidos por los Agentes Participantes.
Artículo
Cuarto: Aprobar el Cronograma de Actividades del Proceso
de Presupuesto
Participativo Basado en Resultados para el
Ejercicio Fiscal 2015, que como Anexo N° 01, corre adjunto a la presente
disposición Municipal, formando parte integrante de la misma.
Artículo
Quinto: CONVOCAR la participación de
organismos públicos y privados, en asistencia técnica del Proceso del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2015.
Artículo
Sexto: El presente Reglamento que se aprueba puede
ser modificado, en tanto exista una norma legal relacionada con el Presupuesto
Participativo Basado en Resultados para el
Ejercicio Fiscal 2015, dictada por el Gobierno Central a nivel nacional, que
así lo establezca.
Artículo
Séptimo: Encargar que la Gerencia Municipal de la Municipalidad
Provincial de Chincha, disponga efectuar las notificaciones de la presente Ordenanza,
la misma que entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario de la Provincia y en el Portal Web: www.municipalidadchincha.gob.pe
POR TANTO:
Mando se comunique, publique y cumpla
Lic. Lucio Juárez
Ochoa
Alcalde
REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO
EN RESULTADOS ANUAL DE LA
PROVINCIA DE CHINCHA ALTA Y
PARA LA FORMULACION DEL
PLAN DE DESARROLLO
CONCERTADO PROVINCIAL AÑO
2015
TITULO
DE LOS ASPECTOS GENERALES
CAPITULO I
DE LAS GENERALIDADES
Artículo 1º.- Objeto
El presente
Reglamento tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos a través
del cual las Organizaciones de la Sociedad Civil, agentes participantes, y
autoridades locales participen en el proceso del presupuesto Participativo
basado en Resultados Anual, así como el Proceso de formulación del Plan de Desarrollo
Concertado.
Artículo 2º.- Finalidad
Lograr que el
proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad
Provincial de Chincha, a efectuarse anualmente, se desarrolle en un marco de
cordialidad, entendimiento, concertación y amplia participación de la población
a fin de que la inversión pública ,local, impulse e impacte en desarrollo local
y resuelva los problemas fundamentales para el bienestar de la población, de
igual manera en lo que corresponde al proceso de formulación del Plan de
Desarrollo Concertado – PDC.
Artículo
3º.- Alcance
El presente
Reglamento tiene alcance, a los miembros del Consejo de Coordinación Local, los
representantes de las organizaciones sociales de base territorial, temática,
sectorial, los organismos públicos e instituciones
privadas, promotoras del desarrollo de
la sociedad civil. Y en cuanto al Proceso del Plan de Desarrollo Concertado, a
los Agentes Sociales, Agentes del Gobierno Local, promotores del Desarrollo
Territorial Provincial, en base a las políticas Nacionales y Regionales.
Artículo
4º.- De la duración
El presente Reglamento
estará vigente hasta que se culmine el proceso del Presupuesto Participativo Basado
de cada año fiscal, a nivel provincial y distrital, con excepción de los
Comités de Vigilancia y control, que funcionarán según lo establece la norma. En cuanto a la
formulación y Aprobación Del Plan De Desarrollo, hasta que culmine su
formulación y aprobación.
Artículo
5º.- Del Marco del Presupuesto participativo Basado en Resultados
a) Reducción de
la desnutrición crónica infantil
b) Reducción de la muerte materna y neo natal
c) Acceso de los servicios básicos y oportunidades de
mercado
d) Acceso a energía en lugares rurales
e) Logros de aprendizaje al finalizar el III ciclo de
educación básica regular
f) Productividad Rural
g) Gestión Ambiental y mitigación de desastres
h) Acceso a servicios públicos esenciales de
telecomunicaciones en localidades rurales
i) Seguridad Ciudadana
j) Accidentes de Transito
k) Gestión de Recursos hídricos
Artículo
6º.- Objetivos Específicos
a) Coadyuvar al logro de los Objetivos del Presupuesto
Participativo Basado en resultados Anual.
b) Mejorar la eficiencia y eficacia, en la asignación
y ejecución de los recursos públicos, propiciando una cultura de
responsabilidad fiscal, concertación y paz en la sociedad.
c) Fortalecer la relación entre gobierno local
Provincial, los Gobiernos locales Distritales y la población organizada del
ámbito distrital de Chincha Alta y la
Provincia de Chincha, introduciendo nuevas formas de comprender y ejercer la
ciudadanía en un marco de ejercicio
creativo, democrático, generando compromisos y responsabilidades compartidas.
d) Obtener de manera concertada acuerdos que mejoren
las condiciones de vida de la población
y fortalezcan sus capacidades, priorizando
aquello sectores de la población
con mayores niveles de pobreza y exclusión.
e) Fijar prioridades del gasto público, en
materia de gastos de inversión,
garantizando la sostenibilidad de la inversión.
f) Renovar el compromiso de las organizaciones de la
sociedad civil y el sector privado en las acciones a desarrollar para el
cumplimiento de los objetivos del Plan
de Desarrollo Concertado de la Provincia.
g) Demostrar la Transparencia, mediante la vigilancia
de la gestión, la rendición de cuentas y la adecuada información y capacitación
a los representantes y población en general.
h) Concertar acciones comunes con el sector público en
el marco de los planes sectoriales, y del presupuesto participativo.
i) Elaborar o actualizar el Plan de Desarrollo
Concertado de la Provincia y el Distrito de Chincha Alta.
CAPITULO II
DE BASE LEGAL,
PRINCIPIOS Y DEFINICIONES BÁSICAS
Artículo 7º.- Base Legal
- Constitución Política del Perú
- Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la
Descentralización”.
- Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”.
- Ley Nº 28411 “Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto”.
- Ley Nº 27293 “Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública
y sus modificatorias.
- Ley Nº 28056 “Ley del Marco Presupuesto Participativo”.
- Decreto Supremo
Nº 142-2009-EF, que modifica el
D.S: Nº 171-2003-EF, que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 28056.
- Instructivo
Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo
para el proceso del Presupuesto Participativo.
- Ley Nº 26300 “De los Derechos de Participación y
Control de los Ciudadanos”
- Ley Nº 26918
Ley de la creación del Sistema Nacional
para la Población en riesgo – SPR.
- Ley Nº 29298
que modifica la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”.
- Cualquier otra norma legal que existiese referida
al tema.
Artículo 8º.- Principios
Rectores
a)
Participación, los
gobiernos locales promueven la participación de la sociedad civil Organizada en
sus planes de desarrollo y en el presupuesto
participativo.
b) Transparencia,
de tal forma que toda la comunidad tenga información
oportuna suficiente acerca de los asuntos públicos y colectivos que se decidan
y ejecuten.
c) Igualdad
de oportunidades, de la sociedad civil debidamente organizada para participar, sin discriminación de
carácter político, ideológico, religioso, racial, género o de otra naturaleza.
d) Tolerancia,
garantía de reconocimiento y respeto a la
diversidad de opiniones, visiones y posturas
de quienes conforman la sociedad, como un elemento de esencial para la
fundamentación de consensos.
e) Eficiencia
y eficacia, los gobiernos locales optimizan los recursos presupuestados
orientados al logro de metas y
objetivos del Plan de Desarrollo Concertado,
con resultados de beneficios en la población.
f) Equidad, acceso a las oportunidades e inclusión
de grupos y sectores
sociales que requieran ser
atendidos de manera especial.
g) Competitividad, los gobiernos locales orientan su
gestión hacia la competitividad promoviendo la inversión privada y orientando las acciones públicas hacia la
promoción de desarrollo.
h) Corresponsabilidad, entre el Estado (Gobierno Local, Universidades y otros) y la sociedad civil (Organizaciones
de Base, Colegios Profesionales, Asociaciones
Civiles, empresariales, juveniles; y otros), en la identificación de
oportunidades, solución de problemas de
la comunidad; ambos relacionados a
la priorización de Proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances
del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo.
i) Solidaridad, la disposición de todo Agente participante para asumir los
problemas de otros como propios,
sin interese particulares, ni de ningún otro tipo.
j) Respeto
a los acuerdos, la participación de la sociedad civil en
los gobiernos locales se fundamentan
en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromiso concertados.
Artículo 9º.- Definiciones
- Para efectos del
Reglamento se considera las
definiciones contenidas en el Artículo 1º
del Reglamento de la Ley Nº
28056, aprobado por D:S: Nº 142-2009-EF. Así como de los contenidos tanto del Instructivo Nº
001-2010-EF/76.01 y de sus
anexos.
TITULO II
DE LAS FASES
DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS
CAPITULO I
FASE DE
PREPARACIÓN
Artículo 10º.- De la Concertación Previa
El Consejo de
Coordinación Local Provincial, coordina
y concierta, todas las acciones del
Proceso de Formulación del presupuesto Participativo
Basado en Resultados y del proceso del Plan
de Desarrollo Concertado, con la finalidad de establecer los mecanismos
que aseguren la participación de las organizaciones
de la sociedad civil, entidades públicas, empresas privada, cooperación técnica
internacional y otro con la mayor
amplitud posible. Asimismo se encargara con la debida oportunidad y
anticipación el desarrollo de las
actividades de difusión
y sensibilización del proceso participativo. La propuesta del Reglamento
será elevado al Consejo Municipal para su aprobación respectiva.
Artículo
11º Del Equipo Técnico
El Equipo técnico,
tiene como la misión de brindar el apoyo
técnico en el proceso de presupuesto participativo Basado en Resultados y en el
proceso del Plan de Desarrollo, asumiendo el trabajo de evaluación técnica; asimismo
de armonizar y apoyar las acciones de capacitación a los Agentes Participantes.
Artículo
12º.- De la conformación del Equipo técnico
El equipo técnico está conformado por
siete profesionales y/o técnicos de las oficinas involucradas en el proceso
participativo de la Municipalidad de Chincha; seis representantes de la
sociedad civil con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto; además
integrarán los Jefes de obras y/o presupuesto de las Municipalidades
Distritales para evaluar los proyectos de impacto provincial.
Artículo 13º.-
De las Funcione del Equipo técnico
a) Brindar
apoyo en la organización y ejecución de los talleres de trabajo a nivel
Distrital y Provincial.
b) Preparar la información para el desarrollo de los
talleres de trabajo y la
formalización de acuerdos.
c) Preparar la cartera
de proyectos que se encuentra
en la fase de pre inversión.
d) Presentar y sustentar ante el Consejo de Coordinación Local, las propuestas.
e) Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos verificando que
corresponda al ámbito de competencia del gobierno local y a
los criterios del Sistema Nacional de Inversión Pública.
f) Elaborar el documento del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados de cada año tanto
en el nivel distrital como para el nivel
Provincial.
g) Consolidar los resultados técnicos –
operativos de los talleres de trabajo
del proceso.
h) Elaborar las
Actas sustentatorias del proceso en
todas su etapas.
Artículo
14º.- De la Convocatoria
El Gobierno
local Provincial convoca a las
organizaciones de la sociedad civil e
instituciones públicas y privadas
de la Provincia de Chincha, a inscribirse
y participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados
y en el Proceso de Formulación
del Plan de Desarrollo Concertado.
Artículo 15º.-
De los Medios de Convocatoria
La convocatoria
pública se realizara a través de los medios de comunicación, portal
electrónico de la Municipalidad www.municipalidadchincha.gob.pe/, carteles,
oficios, y otros que permitan lograr la más amplia cobertura.
Artículo 16º.-
De la Sensibilización
El Gobierno
local Provincial se encargara, con la debida oportunidad y anticipación
ejecutar las actividades de difusión
y sensibilización del Proceso del Plan de Desarrollo Concertado y
Presupuesto Participativo Basado en
Resultados.
Artículo
17º.- De la Inscripción y
Registro de los Agentes Participantes.
Pueden inscribirse
en el Libro de Registros como Agente
Participantes del proceso del
Presupuesto Participativo Basado en
Resultados, aquellos que residen en el distrito de Chincha Alta, acreditando
con copia de DNI, designando mediante Acta de Acuerdo de la Organización social
que representa y con la Propuesta del
proyecto priorizado.
Artículo 18º.- Organizaciones Sociales de Base
Territorial
Son aquellas organizaciones conformadas en base a espacios
territoriales, cuyos miembros residen dentro del
ámbito provincial y distrito de Chincha Alta tales como:
a) Asentamientos Humanos, UPIS.
b) Asociaciones de Vivienda
c) Juntas Vecinales.
d) Clubes de Madres.
e) Comités de vaso de leche.
f) Comunidades campesinas y afro peruanas.
g) Comisiones de regantes.
h) Comités de
gestión y desarrollo.
i) Centros poblados, y
j) Otras formas de organización territorial.
Artículo
19º.- Organizaciones Temáticas y
Funcionales
Son todas las
organizaciones, instituciones y entidades privadas promotoras del desarrollo,
tales como:
a) Colegios Profesionales.
b) Asociaciones Civiles.
c) Asociaciones no gubernamentales de desarrollo.
d) Cámara de Comercio.
e) Asociaciones de Agricultores y
Pecuarios.
f) Gremios empresariales, laborales, agrarios, comerciantes, culturales
y ligas deportivas.
g) Sindicatos.
h) Organizaciones de Mujeres, de jóvenes, municipios
escolares.
i) Fundaciones.
j) Iglesias.
k) Otras formas de agrupación temática y funcional.
Artículo
20º.- De los Requisitos para
Agentes Participantes.
Para la
Población Organizada:
a) Solicitud dirigida al Alcalde.
b) Copia simple del documento de identidad del representante legal.
c) Copia simple del libro de Acta de Asamblea, en el cuál se designa al Agente Participante
Titular y Agente Participante Alterno,
para participar en el proceso del Plan
de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo de cada año.
d) Copia simple
de la ficha de inscripción en los registros Públicos y/o Resolución de reconocimiento o Acta de Constitución, que
acrediten por los menos seis (6) meses de actividad institucional.
Para
las Entidades Públicas.
Los representantes
de las entidades públicas que desarrollan acciones en el Distrito de Chincha Alta
y la Provincia de Chincha, deberán presentar su acreditación, mediante
la designación correspondiente.
Artículo 21º.-
Del procedimiento de registro
a)
Primero,
se inicia con la presentación de una solicitud en la Unidad de Trámite
Documentario, según formato que establece la Municipalidad Provincial de
Chincha, para el proceso del Presupuesto Participativo, asimismo se reabrirá el
Libro de Registro de Agentes
Participantes, siendo la Gerencia de Servicios Sociales, la responsable de
conducir el registro y elaborar el padrón respectivo.
b)
Luego de
publicada la lista de los agentes participantes hábiles, cualquier persona que
acredite residencia en el Distrito de Chincha Alta, podrá interponer recursos de reclamo o impugnación
dentro de los siguientes tres (03) días
a la fecha de publicación.
c)
Los
recursos de reclamos o las observaciones a la inscripción serán resueltos
por la Comisión de Identificación de Agentes
Participantes, bajo responsabilidad.
d)
Los
agentes participantes inscritos y que hayan presentado documentos
fraudulentos, serán separados automáticamente y denunciados ante el Ministerio Público por Delito contra
la Fe Pública. La organización
afectada, en el lapso de 48 horas, deberá designar
a su nuevo representante elegido
democráticamente.
e)
No habiéndose
presentado recurso de impugnación
a la publicación o
habiéndose absuelto las impugnaciones por la Comisión, se publicará la relación definitiva de los agentes
participantes para el proceso del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo correspondientes, en el diario
más antiguo de la Provincia de Chincha.
Artículo
22º.- De la Comisión de Identificación de Agentes Participantes
Para la
identificación de Agentes Participantes y resolver los reclamos o impugnaciones
se constituirá una comisión del Consejo de Coordinación Local Provincial,
conformado por:
a) Alcalde Provincial, quien presidirá; pudiendo hacer
uso de sus atribuciones en aplicación del inciso 20. del artículo 20º de la Ley
27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
b) Dos Regidores Provinciales.
c) Dos
representantes de la Sociedad Civil ante el CCL.
Artículo
23º.- Funciones de la Comisión de Identificación de Agentes Participantes.
Las funciones de
esta comisión serán las siguientes:
a) Evaluar el cumplimiento del Art.20º
del presente Reglamento.
b) Clasificar a los Agentes Participantes de nivel
Provincial y Distrital.
c) Publicar la relación de Agentes Participantes
hábiles para participar en el Proceso
del Presupuesto Participativo de nivel Provincial y Distrital.
d) Resolver los reclamos o impugnaciones a la relación
de Agentes Participantes, cuando los hubiere.
Artículo
24º.- Delos Agentes Participantes
Son
aquellos quienes participan con voz
y voto en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados. Las Organizaciones
de la sociedad civil podrán
acreditar 02 Delegados; un Agente
Participante Titular y un Agente Participante Alterno, ambos participaran indistintamente,
uno en reemplazo del otro.
Con Voz y Voto
·
Consejo de
Coordinación Local.
·
Alcalde
Provincial.
·
Consejo
Municipal Provincial.
·
Alcaldes Distritales.
·
Representantes
de la Sociedad Civil ante el CCL.
·
Representantes
de las Entidades del Estado, que desarrollan acciones en la
Provincia de Chincha.
·
Los
Agentes Participantes debidamente
acreditados.
Con
Voz pero sin
Voto:
·
Miembros del Equipo
Técnico.
Artículo 25º.-
De la Responsabilidad de los
Agentes participantes.
a) Asistir a los talleres de capacitación, de trabajo y además
reuniones que se convoquen durante el proceso participativo, en los días,
horarios y lugares definidos previamente en el cronograma, pudiendo delegar únicamente
a su Agente Participante Alterno.
b) Respetar los
principios rectores del
Proceso Participativo Basado en Resultados Anual.
c) Participar en la priorización de los proyectos, en función de los criterios
de priorización de problemas y del presupuesto disponible para inversión
pública.
d) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes etapas del proceso.
e) Suscribir las actas de los talleres de formalización
de acuerdos y compromisos.
f) Cumplir con los acuerdos y compromisos asumidos en el Proceso de Presupuesto Participativo Basado
en Resultados.
g) Representar a quienes han de cofinanciar la
ejecución de proyectos de la inversión a través de recursos financieros, físicos y/o
mano de obra.
h) Los agentes participantes que no asistan a dos (2)
o más talleres de trabajo, no podrán
participar en el Taller de Formalización de Acuerdos Compromisos.
i) Los agentes participantes que se retiren sin
justificación serán considerados como
inasistentes.
Artículo
26º.- De la Conducción
La conducción de los talleres de Trabajo del Proceso del
Presupuesto Participativo Basado en Resultados Anual, estará a cargo de la Mesa
Directiva presidida por el Alcalde Provincial en su condición de Presidente del CCL Provincial, de acuerdo a
Ley. El presidente delegará sus funciones a un miembro del CCL, en casos de ausencia. Estará
conformada por tres (3) miembros más y que serán elegidos entre los delegados participantes,
como son: el Secretario, un Relator y un
Vocal que reemplazara
al secretario o al relator en casos de ausencia.
Artículo 27º.-
Funciones de la Mesa Directiva
a) El presidente instala, preside y dirige el
desarrollo de todos los talleres de Trabajo del Presupuesto Participativo y demás reuniones.
b) El secretario toma nota de la asistencia de los
agentes participantes y suscribe todas
las actas conjuntamente con la secretaria de Equipo Técnico.
c) El relator
da lectura de todos los
documentos recibidos y remitidos.
Artículo
28º.- De la Metodología de la participación Del Tiempo
y forma de Inversión.
a) Los agentes
participantes podrán hacer uso de
tres (3)
minutos por cada intervención.
b) Los agentes participantes, para poder intervenir en
el debate, discusión o negociación
de cada taller de trabajo, se
regirán por el orden de participación que indique la mesa directiva, ésta se harán en forma mesurada,
evitando palabras ofensivas contra autoridades y público presente, sancionándose con el retiro en caso
reiterado.
c) La participación de los agentes participantes es de
forma directa, no se aceptara
representación alguna; pudiendo
dejar constancia escrita de su propuesta refrendada por la firma de sus representados.
De la Toma
de decisiones
a) Las decisiones tomadas con el quórum reglamentario
(Art.33º) en los Talleres
de trabajo deberá ser aprobada
por mayoría simple, absoluta o consenso.
b) Las decisiones tomadas en los Talleres de trabajo
serán de absoluto respeto, tanto por las autoridades como por
la sociedad civil, salvo que se genere
cambios por razones técnicas y/o
por emergencia.
De la
Votación.
a) La votación será pública y
a mano alzada.
b) Están habilitados a votar todos aquellos agentes
participantes que se han registrado al
inicio del taller.
c) Se contabiliza un voto por agente participante
presente y no admitirá representación adicional de ningún tipo.
Metodología de Votación
a) Antes de la
votación se verificará el quórum reglamentario.
b) Se contabilizarán
los votos a favor, en contra y de
abstención.
c) La sumatoria
de los votos deberá ser igual al total
de asistentes del quórum
reglamentario.
Artículo 29º.-
Taller de Capacitación
El Taller de
Capacitación será paralelo al proceso, organizado por el Equipo Técnico;
contara con la participación de
entidades gubernamentales o no gubernamentales.
La asistencia a
los talleres de capacitación, de los agentes participantes acreditados será de
carácter obligatorio, recibirán una
constancia de asistencia.
CAPITULO II
FASE DE CONCERTACIÓN
Artículo 30º.- De los
Talleres de Trabajo
Los talleres de
trabajo son los eventos, convocados por el Alcalde Provincial, en calidad de Presidente
del Consejo de Coordinación
Local, donde los agentes participantes,
plantean y precisan sus compromisos
y aportes que asumirán en la ejecución de los proyectos, y que serán
validados como puntaje para la
priorización de los proyectos en el proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados.
Artículo 31º.-
De las Reuniones y/o
Talleres Previos
Antes de la
realización del taller de diagnóstico
los agentes participantes deben reunirse con los ciudadanos a quienes
representan o miembros de su organización, para determinar los principales problemas
y potencialidades de su
sector o territorio, así como acordar su propuesta de inversión a ser presentada en el taller
de Elaboración de Presupuesto Participativo.
Los resultados de
estos talleres, deberá constar en estas actas y firmadas por los participantes, las mismas
que serán alcanzadas al Equipo Técnico o presentarlas en el Taller de
Diagnostico.
Artículo
32º.- De la Asamblea de Rendición
de Cuentas.
El Alcalde, informará
a los agentes participantes sobre
el cumplimiento de los acuerdos y
compromisos asumido en el año anterior por las entidades del estado y la sociedad
civil, lo siguiente:
a) Programación y nivel de avance en la ejecución de los proyectos priorizados en el año anterior y primer trimestre del año en
curso del Presupuesto
Participativo.
b) Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos
por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso.
c) Poner en conocimiento el Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio correspondiente en
cumplimiento de la Ley de Presupuesto.
d) Asimismo en
este espacio el Comité de Vigilancia y
control del Presupuesto Participativo
2014 informará sobre su gestión.
El Equipo Técnico, elaborara un Resumen
Ejecutivo conteniendo información básica, dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado en la página web de la
Municipalidad.
Artículo 33º.-
Quórum de los Talleres de trabajo y de reuniones.
El
quórum reglamentario para dar inicio a
los talleres de trabajo, será el cincuenta por ciento (50%) más uno del total
de agentes participantes acreditados; en caso que no hubiese quórum, se
pasara lista media hora después y con el
treinta por ciento (30%) más uno de los
agentes participantes se iniciara los Talleres.
Artículo
34º.- Taller de Diagnostico
Temático y Territorial.
Este taller de trabajo tendrá como objetivo:
a) Revisión de
la visión, ejes y objetivos
estratégicos. Identificación de
potencialidades de la Provincia y
Distrito de Chincha Alta.
b) Revisión y determinación de los problemas
prioritarios de la Provincia clasificándolos según ejes
temáticos.
Asimismo en ese Taller el
Alcalde, informará por el escrito el
monto, máximo referencial, de la asignación
presupuestaria que será destinada al Presupuesto Participativo, en ese
mismo espacio el alcalde propone una
Cartera de Proyectos a ser sometidas al
presupuesto participativo.
Artículo 35º.-
Taller de Identificación y
Priorización de problemas, Definición
de Criterios de Priorización de Proyectos.
Este Taller tendrá como objetivo:
· Identificar y
priorizar los problemas que
afectan a la población de la Provincia y del Distrito.
· Presentación
de propuestas de solución e identificación de proyectos de inversión: Cada agente participante deberá presentar sus propuestas de inversión
en concordancia con los problemas
priorizados durante el primer
taller los mismos que deberán haber sido consultados y deliberados por sus respectivas
bases lo que constará en el Acta correspondiente.
· Los regidores
miembros del CCL, tienen el derecho a presentar propuestas
participando además con voz y voto en los debates.
· Definición de criterios de priorización: Se definirán
los criterios y la asignación de
puntajes a las propuestas teniendo como
referencia los criterios propuestos por
el Ministerio de Economía
y Finanzas en el Instructivo nº 001-2010-EF/76.01, poniéndose en consulta de los agentes
participantes su pertinencia y otros
criterios que se consideren necesarios
según la realidad de la Provincia.
Los
criterios determinados se alcanzarán al equipo técnico para la realización del
trabajo de evaluación técnica de las propuestas.
Artículo
36º.- Evaluación Técnica de los Proyectos.
El Equipo
Técnico, se reunirá las veces que sean necesarias para realizar la evaluación
técnica de las propuestas presentadas
por los agentes participantes teniendo en cuenta la coherencia
con los objetivos estratégicos
del Plan de Desarrollo Concertado, los criterios de priorización, la viabilidad
técnica, económica de los proyectos
priorizados y la estimulación de los
costos y el tiempo de ejecución. Como
resultado el equipo técnico deberá
elaborar una propuesta de inversión para el año 2015, la misma que será presentada a los agentes participantes en el
taller de formalización de acuerdos y compromisos.
Artículo
37º.- De la formalización de acuerdos y Compromisos del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados.
El proceso
Participativo tiene dos momentos para la Formalización de Acuerdos uno de ellos para los compromisos a Nivel Provincial y el otro para los de nivel del Distrito de Chincha Alta. El equipo técnico presentará la propuesta de proyectos priorizados,
resultado de los talleres de trabajo, para ser aprobados y ejecutados durante
el año siguiente; de acuerdo al presupuesto destinado para el proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados. Los acuerdos finales serán suscritos por los agentes
participantes en Acta de Formalización de Acuerdos y Compromisos con el
respectivo control de asistencia de los
agentes.
En los
acuerdos del proceso de presupuesto participativo Provincial, deberán
participar los Alcaldes Distritales o sus representantes debidamente acreditados.
CAPITULO III
FASE DE
COODINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
Artículo 38.- De la convocatoria y coordinaciones.
El Alcalde Provincial y Alcaldes distritales
coordinarán acciones a desarrollar en forma conjunta en el marco de las
políticas de gastos de inversión del Gobierno Regional y Gobierno local,
identificando los principales problemas que deben ser solucionados, así como el
compromiso de financiamiento para la ejecución de proyectos en el marco del
presupuesto participativo, estableciéndose los compromisos y responsabilidades
para asegurar la sostenibilidad de los proyectos, a través de una adecuada
operación y mantenimiento de los mismos.
CAPITULO IV
FASE DE FORMALIZACIÓN
Artículo
39º.- Formulación en el PÍA de los Acuerdos y Compromisos.
Los
acuerdos y compromisos adoptados
en el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados se
formalizaran hasta el mes de Junio. Los
Proyectos deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para su
aprobación por el Concejo Municipal. La Oficina de Programación e Inversiones
en coordinación con la Gerencia de Planificación y
Presupuesto elabora un cronograma de ejecución de proyectos que deberá
ser puesto a disposición del Concejo Municipal, al Consejo de Coordinación Local, así como al Comité de
Vigilancia y Control. Si en la etapa de ejecución; alguno de los proyectos priorizados no puede
ser ejecutado, el señor Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto
por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el
nivel de recursos disponibles para su
atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al CCL y Comité
de Vigilancia y Control.
TITULO III
DEL
COMITÉ DE VIGILANCIA
Y CONTROL
Artículo 40º.- De la Conformación del
Comité de Vigilancia y Control
El Comité de Vigilancia y Control, está
conformado como mínimo por cuatro miembros elegidos entre los agentes
participantes inscritos para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del Año correspondiente, son elegidos en el Taller de Formalización
de Acuerdos, se considerara el 50% de la participación de mujeres.
La Municipalidad Provincial de Chincha,
otorgará una constancia de acreditación a los integrantes del Comité de
Vigilancia y Control.
Artículo
41º.- Requisitos
para conformar el Comité de Vigilancia y Control.
a) Ser agente participante acreditado, representante
de una organización social de base o de institución privada que forma parte del
ámbito jurisdiccional.
b) Radicar en la jurisdicción donde se desarrolla el proceso participativo.
c) No haber sido condenado por delitos o faltas.
No pueden ser elegidos los miembros del Consejo de Coordinación Local
Provincial, ni miembros del Equipo Técnico.
Artículo
42º.- De la Elección
Para el
inicio del proceso de elección los
agentes participantes proponen a sus
candidatos en forma verbal, luego se
procede a la votación estableciendo un orden de prelación de
acuerdo al puntaje obtenido, siendo el que tiene mayor voto, el Presidente; el
siguiente, Secretario y Subsiguiente, vocales.
Artículo 43º.-
Funciones del Comité de Vigilancia
y Control
a) Vigilar que
los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de
Apertura.
b) Vigilar que el Gobierno Local Provincial, cuente con un cronograma
aprobado de ejecución de obras
correspondientes a los proyectos priorizados en el proceso participativo,
a fin de facilitar la vigilancia.
c) Vigilar que los recursos municipales destinados al Presupuesto Participativo del
año fiscal 2015, tengan la ejecución del
gasto de conformidad con los acuerdos y
compromisos asumidos.
d) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los
compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión
incluidos en el proceso participativo.
e) Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local, y a la sociedad civil, sobre los
resultados de vigilancia.
f) Presentar un reclamo o denuncia al Consejo
Municipal, a la Contraloría de la República, al Ministerio Público, o
a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del presupuesto participativo o
en la implementación de los acuerdos adoptados en este.
La municipalidad Provincial de Chincha, deberá
proporcionar a los integrantes del comité de vigilancia, la información relacionada
con el proceso del presupuesto participativo, acorde con la Ley de
transparencia y acceso a la información.
Artículo 44º.-
Funciones de los Miembros del
Comité de Vigilancia y Control.
a) Proponer las acciones de vigilancia
y control.
b) Corresponde
al Presidente del Comité de Vigilancia y Control, representar formalmente al Comité de Vigilancia y
Control, representar formalmente al
Comité, convocar y presidir las
reuniones.
c) Corresponde
al Secretario, citar a las sesiones programadas, redactar los acuerdos del Comité en el Libro de Actas
y llevar el archivo documentario.
Artículo 45º.-
Otros Actores de Vigilancia y
Control
Otros
actores que participan en la vigilancia del
proceso participativo son la Contraloría
General de la República, Dirección Nacional del Presupuesto n Público y
el Consejo Municipal.
TITULO IV
DEL DOCUMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS
Artículo
46º.- Del Documento
del Presupuesto Participativo.
Corresponde
al Equipo Técnico elaborar el Documento del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados del año fiscal 2015, el mismo
que será elevado al Consejo de Coordinación Local Provincial.
Artículo 47º.-
De la Aprobación.
El
documento del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados, es aprobado por el Concejo Municipal, el mismo que debe
haber participado activamente en el desarrollo del proceso de presupuesto
participativo, de tal manera que los acuerdos a los que se arribaron no les sean ajenos.
Artículo 48º.- De la Publicación y Remisión de Acuerdos
y Compromisos.
Aprobado
el Documento del Presupuesto Participativo basado en Resultados por el Concejo
Municipal Provincial; el Alcalde dispondrá su publicación en portal web de la
Municipalidad y en los medios disponibles
para conocimiento de la comunidad.
Asimismo el Documento, es remitido a la Dirección
Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas,
adjuntando copia del Acta de Acuerdos y Compromisos según formato del instructivo;
en el plazo establecido por la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación
de los Gobiernos Locales para cada año fiscal.
TITULO V
DE LAS FUENTES Y RECURSOS DE FINANCIAMIENTO
Artículo 49º.-
Fuentes y Recursos de
Financiamiento
Son
fuentes de financiamiento para los proyectos priorizados en el presupuesto
participativo, los siguientes:
· Transparencias
del Gobierno Central.
· Aporte de la Municipalidad.
· Aporte de la Comunidad.
· Aporte de Cooperación Internacional vía los organismos no gubernamentales o financieras de desarrollo.
· Aporte del
sector privado.
· Aporte de
instituciones públicas.
Artículo 50º.-
De los Recursos disponibles para el proceso del Presupuesto
Participativo
Los costos
que irrogue la realización del proceso
del Presupuesto Participativo serán atendidos
con cargo al Presupuesto
Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha.
TITULO VI
DISPOSOCIONES
COMPLEMENTARIAS
Primera.- El Proceso
del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Provincial de Chincha, del
año 2014, se desarrollará, según el cronograma de actividades que se adjunta en
Anexo Nº 01.
Segunda.- La Municipalidad Provincial de Chincha, a través
de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial en coordinación con la Oficina de Programación de Inversiones es responsable de formular y
proponer los proyectos multianuales y de
competencia provincial, declarados viables que soluciones problemas interdistritales.
Los Proyectos Propuestos por los Agentes Participantes, contendrán información
mínima, según Anexo 02, asimismo
en el Anexo 03, deben llenar el Formato para el Registro de Agentes Participantes.
Tercera.- La convocatoria y citación a los
talleres o reuniones, estarán a cargo de la Gerencia de Servicios
Sociales, y se hará en cumplimiento al cronograma aprobado, con 48 horas
de anticipación, mediante citación u otro escrito.
Cuarta.- El Concejo Municipal, mediante
acuerdo dictará medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del proceso del Presupuesto
Participativo.
Quinta.- Autorizar al Titular de Pliego, a suscribir
convenios con las instituciones públicas y privadas que permitan
garantizar la probidad, legalidad y transparencia del proceso de formulación
del Presupuesto Participativo.
Sexta.- Dejar establecido
que el presente reglamento puede ser modificado, en tanto exista una
norma legal relacionada con el Presupuesto Participativo Basado en Resultados,
dictada por el Gobierno Nacional.
Séptima.- El presente Reglamento
entrará en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación en el
Diario de la Provincia de Chincha.
|
CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO BASADOS EN RESULTADOS
PARA EL AÑO 2015 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
|
FASE 1: PREPARACION, COMUNICACIÓN Y
SENSIBILIZACION
|
FECHA
|
ACTIVIDAD
|
DESCRIPCION
|
RESULTADO
|
RESPONSABLES
|
|
|
Reunion de trabajo - Analizar el proyecto
del Reglamento y cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2015
|
Consejo de Coordiancion Local, revisa el
reglamento y crongorama de actividades
|
Aprobacion del Reglamento y Cronograma del
proceso del Pesupuesto Participativo Año 2015
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Consejo de Coordinacion Local
|
31 de marzo 2014
|
Aprobacion de Ordenanza Municipal y
Conformacion del Equipo Tecnico
|
Documento que inicia el proceso
participativo y designacion del Equipo Tecnico
|
Aprobacion de Ordenanza y Equipo Tecnico
constituido
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Concejo Provincial
|
Primera Semana de Abril
|
Sensibilizacion y difusion de la Ordenanza
en el ambito provincial
|
Sensibilizacion y difusion del proceso por
diversos medios de comunicación
|
Difusion de comunicados en medios radiales,
televisivos y tripticos
|
*
CCL.
* Gerencia de Planificacion y
Presupuesto
* Oficina de Imagen Institucional
|
Primera Semana de Abril
|
Prepraracion de Materiales para los
Talleres de Trabajo.
|
Revision de Informacion
|
Documentacion organizada
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
|
CONVOCATORIA Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES
|
FECHA
|
ACTIVIDAD
|
DESCRIPCION
|
RESULTADO
|
RESPONSABLES
|
01 de Abril hasta finalizar el proceso
|
Convocatoria publica y difusion del Proceso
del Presupuesto Participativo
|
Invitar las Organizaciones e instituciones
publicas y privadas
|
Difusion de comunicados, avisos en el
portal WEB de la Municipalidad y
entrega de invitaciones para parrticipar en el proceso
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Oficina de Imagen Institucional
|
01 al 24 de abril 2014
|
Identificacion e Inscripcion de Agentes
Participantes
|
Recepcion de documentos de los agentes
participantes para su identificacion e inscripcion
|
Idnetificacion e Inscripcion de Agentes
Participantes en el Libro de Registro en fisico y digital.
|
* Comision de Identificacion de Agentes
Participantes.
* Gerencia de Servicios Sociales
|
25 de abril 2014
|
Publicacion de Registro de Agentes
Participantes
|
El Registro de Agentes Participantes en
diversos medios de de comunicación
|
Difusion de la relacion de Agentes
Participantes
|
* Gerencia de Servicios Sociales.
* Oficnia de Relaciones Publicas
|
28 al 30 abril 2014
|
Observaciones a las Inscripciones
|
Presentacion de alguna observacion a la
inscripcion de los Agentes Participantes
|
Absolucion de observaciones
|
* Comision de Identificacion de Agentes
Participantes. *
Gerencia de Servicios Sociales.
|
6 de Mayo de 2014
|
Publicacion defivinitiva
|
Elaborar lista de agentes participantes
|
Publicacion de lista de Agentes Participantes
|
* Gerencia de Servicios Sociales.
|
CAPACITACION DE AGENTES PARTICIPANTES
|
FECHA
|
ACTIVIDAD
|
DESCRIPCION
|
RESULTADO
|
RESPONSABLES
|
8 de
Mayo 2014
|
Presupuesto Participativo con Enfoque de
Resultados
|
Desarrollo de Capacitacion sobre el tema de
interes
|
Desarrollo de Ponencias
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
|
9 de
Mayo 2014
|
Sistema de Inversion Publica - SNIP
|
Desarrollo de Capacitacion sobre el tema de
interes
|
Desarrollo de Ponencias
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
|
FASE 2: CONCERTACION - TALLERES DE TRABAJO
|
FECHA
|
ACTIVIDAD
|
DESCRIPCION
|
RESULTADO
|
RESPONSABLES
|
16 de Mayo de 2013
|
Taller de Rendicion de Cuentas del Proceso
Participativo 2013
|
infromar el desarrollo del presupuesto
participativo del ejercicio anterior
|
Desarrollo del Taller de Rendicion de
Cuentas
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
* Comité de Vigilancia
|
Informe del Comité de Vigilancia Año 2014
|
Informe de los trabajos que viene realizando
|
|
16
de Mayo de 2013
|
Revision de la Vision, Ejes y Objetivos
estrategicos
|
Revision de la Vision, metas y Objetivos
Estrategicos de ser necesario
|
Desarrollo del Talleres de Diagnostico
Tematico y Territorial
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
|
Exposicion y aprobacion de la Matriz de
Priorizacion
|
Revisar los criterios de priorizacion
|
21 de Mayo 2013
|
Presentacion de Ideas y/o Perfiles de
Proyectos
|
Proyectos presentados por los Agentes
Participantes
|
Desarrollo del Taller de Presentacion de
propuestas
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
|
24 de Mayo
hasta el 6 Junio de 2014
|
Revision, evaluacion tecnica y financiera
de los proyectos propuestos
|
Determinar la priorizacion de proyectos
|
Evaluacion Tecnica de los Proyectos
|
*
Equipo Tecnico
|
FASE 3: COORDINACION ENTRE EL GOBIERNO
LOCAL Y EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL - CCL
|
FECHA
|
ACTIVIDAD
|
DESCRIPCION
|
RESULTADO
|
RESPONSABLES
|
11 de Junio 2014
|
reunion de Coordinacion y/o Articulacion.
|
Convocar a los Alcaldes para definir
intervenciones provinciales, asi como acciones de confinanaciamiento de
proyectos
|
Definicion de acciones y financiamiento y
confinanciamiento de proyectos de inversion en el marco del presupuesto
participativo
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Alcaldes
|
FASE 4: FORMALIZACION DE ACUERDOS Y
COMPROMISOS
|
FECHA
|
ACTIVIDAD
|
DESCRIPCION
|
RESULTADO
|
RESPONSABLES
|
11 de Junio 2014
|
Presentar los resultados de evaluacion de
los poryectos
|
Evaluacion del Proceso
|
Concenso sobre la priorizacion de las
acciones y firma del Acta de acuerdos y compromisos
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
* Comité de Vigilancia
|
Aprobacion de los acuerdos del proceso participativo
2015 con enfoque de resultados
|
13 de junio 2014
|
Elaborar el Informe Final del Presupuesto
Participativo Año 2015 con enfoque de resultados
|
Redaccion del informe final del proceso
|
Informe final
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
* Equipo Tecnico
|
hasta el 30 de Junio 2014
|
Remitr el infrome del Presupuesto
Participativo a la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio
de Economia y Finanzas
|
la Gerencia de Planificacion y Presupuesto
remite el informe final de todo el proceso participativo a la DNPP - MEF
|
Informe final del proceso recepcionado en
la DNPP - MEF
|
* Gerencia de Planificacion y Presupuesto
|
ANEXO 02
PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO
EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2015
FORMATO DE INFORMACION MÍNIMA POR PROYECTO DE
INVERSIÓN
PROVINCIA:……………………… DISTRITO: ………………………
Acción / Proyecto
|
|
Nombre del Proyecto:
|
|
Código SNIP ( De corresponder)
|
Proyecto Nuevo:
|
Proyecto en Ejecución:
|
|
Estado del Proyecto (Marcar con X el recuadro que
corresponde)
|
Con
Perfil aprobado ( )
|
Con
Perfil aún no aprobado ( )
|
Con Expediente
Técnico Aprobado ( )
|
Propuesta
Nueva ( )
|
Línea de Acción: Indicar el Sector correspondiente (Educación, Salud, Transportes
(Vial), Energía y Minas, Agricultura, Turismo, trabajo, Vivienda,
Saneamiento, Riego, Agua, Medio Ambiente,…)
|
|
|
|
|
Tipo de intervención (marcar con X el recuadro
que corresponde)
|
Construcción
Nueva ( )
|
Ampliación
( )
|
Rehabilitación ( )
|
Fortalecimiento
de Capacidades ( )
|
Problema priorizado al que corresponde
|
Objetivo Estratégico del Plan de Desarrollo
Concertado al que Contribuye:
|
|
|
Problema específico que contribuye a solucionar:
/Potencialidad que aprovecha
|
|
Identificación de Alternativas de solución
(Qué
acciones pueden desarrollarse para resolver el problema)
|
|
|
Descripción del Proyecto
(Detalle
de la Alternativa elegida):
|
Población beneficiaria (Número de Habitantes Y Ubicación)
|
|
Monto total del Proyecto (incluyendo Costos de Mantenimiento)
|
S/.
|
Entidad Ejecutora:
|
|
Entidad Responsable del Mantenimiento:
|
|
|
|
Fuente de Financiamiento (En Nuevos Soles)
|
Total General S/.
(A lo largo de su financiamiento)
|
Programación
del Financiamiento para los siguiente Años ( Del Total General indicar el Monto que corresponde a los
mencionados Años)
|
2014
|
2015
|
2016
|
Recursos
Ordinarios
|
|
|
|
|
Canon, sobre canon, regalías, Participación en
rentas de Aduanas
|
|
|
|
|
Recursos Directamente Recaudados
|
|
|
|
|
FONCOMUN
|
|
|
|
|
Otros Impuestos Municipales
|
|
|
|
|
Total
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Aportes Privados de la Comunidad (Especificar)
|
|
Indicador de Medición del Desempeño
|
|
Nombre del Indicador
|
|
Unidad de Medida
|
|
Valor a alcanzar al final del año 2016
|
|
Valor a alcanzar al final del año 2015 (Si se
trata de un proyecto en ejecución)
|
|
Medio de Verificación (Fuente de información
sobre el valor del indicador)
|
|
Observaciones:
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
ANEXO Nº 03
Nombre
del agente participante titular
|
|
Nombre
del agente participante alterno
|
|
________________________
FIRMA