Grocio Prado, 30 de Julio del 2014
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
GROCIO PRADO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 23
de Julio del año 2014, se aprobó por unanimidad la Ampliación de la “Exoneración Parcial del
Pago de Tasa de Certificado de Posesión”, en nuestro Distrito de Grocio Prado;
y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales tienen Autonomía Política,
Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, según el Art. 194°
de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; siendo el Concejo
Municipal en atención a su estructura orgánica del gobierno local, el órgano
que ejerce funciones normativas y fiscalizadoras.
Que, conforme al artículo 195° de la Constitución
Política del Estado, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la
economía local y la prestación de los servicio públicos de su responsabilidad,
siendo competentes para administrar sus bienes y rentas como aquellas que en
virtud del articulo 196° son determinados por ley.
Que, mediante Ordenanza N° 001-2014-MDGP, se aprobó la
Exoneración hasta en 50% del pago total del derecho por la renovación y/o otorgamiento
de Certificados o Constancias de Posesión a cada poblador de la zona urbana que
lo solicite, la misma que estuvo vigente por 90 días hábiles. Habiendo sido
propuesto por el Regidor, señor Emilio Saravia Arias, en Sesión de Concejo su
ampliación por Prorroga por 45 días hábiles, debido a la necesidad de los
pobladores por contar con este sustancial documento.
Que, mediante Informe Legal N° 013-2014-ALE/MDGP, se
pronuncia por la procedencia de la aprobación de la presente ordenanza,
teniéndose en consideración los fundamentos esgrimidos en el mismo Informe;
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y
con el Voto en mayoría se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA DE
AMPLIACIÓN POR PRORROGA DE
EXONERACIÓN PARCIAL DEL DERECHO DE TASA PARA
CERTIFICADOS O CONSTANCIAS DE POSESIÓN EN ZONA
URBANA DE
NUESTRO DISTRITO.
SE ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR por 45 Hábiles el descuento hasta en un 50% del pago de
derecho total por el otorgamiento de Certificados o Constancias de Posesión a
cada poblador de la zona urbana que lo solicite, siempre y cuando, cumpla con
los requisitos estipulados en las normas legales vigentes, asimismo, previa
evaluación a través de la Oficina de Servicios Sociales.
ARTÍCULO SEGUNDO: HACER de conocimiento a la Oficina
de Secretaría General para su correspondiente publicación en el Diario
Oficial de la localidad y en el Portal
Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Luis Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde
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