sábado, 21 de junio de 2014

Sala Mixta, Penal de Apelaciones y Liquidadora de Nasca condena a alcalde de Changuillo POR DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PECULADO DOLOSO

La Sala Mixta Penal de Apelaciones y Liquidadora de Nasca, sentenció al señor Carlos Moisés Cabrera Solano, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Changuillo, a tres años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el tiempo de dos años, por la comisión del delito  Contra la Administración Pública, en la modalidad de delitos cometidos por funcionarios Públicos, sub tipo Peculado Doloso, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 387 del Código Penal, en agravio  del Estado Peruano – Municipalidad Distrital de Changuillo.
Luego de  intensas audiencias  el Colegiado conformado por los magistrados Erwind Arthur Tayro Tayro (Presidente), Eulogio Cáceres Monzón y Fidel Zarate Zuñiga, por unanimidad concluyeron por la responsabilidad penal de Cabrera Solano, al haber utilizado en su provecho los caudales de la Municipalidad Distrital de Changuillo, destinados para la ejecución de las  obras programadas para el ejercicio presupuestal del año 2007.
El colegiado concluyó que se encuentran debidamente acreditados los cargos expuesto con relación a las siguientes obras: a) Construcción de la Sala de Partos del Centro de Salud del Distrito de Changuillo; b) Construcción del enmallado del Campo de Juego del Estadio Municipal; c) Construcción de la Segunda Etapa de la Plaza de Armas de Changuillo;  d) Tro-cha Carrozable y afirmado San Javier de Coyungo; e) Adquisición de una antena parabólica; y f) Construcción del Sistema de Agua Potable – Majuelo. Habiendo el colegiado merituado las pruebas presentadas por las partes, así como las actuadas en juicio,  las  pericias contables, su ratificación  y posterior debate.
Asimismo se impuso al condenado Cabrera Solano la pena accesoria de inhabilitación por el termino de tres años,  consistente en la privación de función, cargo que ejerce el condenado como alcalde de la Municipalidad Distrital de Changuillo y la incapacidad para obtener mandado, cargo o comisión de carácter público por el mismo tiempo.
La misma sentencia declaró prescrita las acciones penales por los delitos de rehusamiento de actos funcionales, cobro indebido y falsedad genérica  en agravio de la referida Municipalidad de Changuillo, a favor del procesado Carlos Cabrera Solano y otros. Asimismo absuelve por el delito de peculado doloso, con relación a las obras Mejoramiento del Estadio Municipal, Trocha Carrozable y Afirmado de San Javier Changuillo, la culminación de la Loza Deportiva con Servicios Higiénicos – Lara,  Construcción del Sistema de Agua Potable – Cabildo, Construcción del Parque Infantil Nueva Esperanza.
Ica, 19 de Junio del 2014
Oficina de Imagen Institucional

Corte Superior de Justicia de Ica

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