sábado, 15 de marzo de 2014

RECAUDACIÓN TRIBUTARIA Y SERVICIOS Y OBRAS PÚBLICAS


Por: Dr. Luis Solari Oliva (*)
Últimamente se aprecia en nuestra Provincia numerosos negocios que han sido clausurados o cerrados temporalmente u objeto de alguna medida cautelar por las Entidades recaudadoras de tributos (justamente en este mes que se juntan los pagos de impuestos con los gastos de escolares).
Al margen de que si fueron bien o mal sancionados (sólo se le castiga a los formales ¿y a los Informales? Con ello se atenta contra el Principio de Igualdad consagrado por la Constitución), debemos de tener en cuenta el Rol que desempeñan en este extremo tanto El Estado, así como los Gobiernos Locales.  Por ley estas Instituciones son las encargadas oficialmente de recabar nuestros tributos, de los cuales estamos obligados a entregarles (pagamos impuestos desde que compramos un chicle y/o una gaseosa). Pero ¿a cambio de qué? De una contraprestación. Tributamos a cambio de que la Institución encargada nos brinde un servicio u obra pública. Doy para que des o hagas (Conforme señala el Código Civil en el libro de Obligaciones). Empero, ¿cumple la otra Parte con su obligación? Por decir, ¿se nos brinda un buen servicio de Seguridad Ciudadana o se nos dan buenas obras públicas, llámese pistas, veredas, parques, mercados, terminales terrestres, entre otras? La respuesta es obvia NO.
Sabemos que en las arcas fiscales (tesoro público) existen suficientes recursos económicos (algunos Gobiernos Regionales hasta permiten que el dinero revierta por falta de capacidad de gestión) como para cubrir o satisfacer las necesida-des y expectativas de la Población con eficiencia y eficacia. Empero, cada vez hay mas inseguridad ciudadana, obran incompletas o mal hechas, las calles están con huecos, las veredas deterioradas, no existe arborización ni parques como deber ser, por el contrario se ve desorden en el tráfico vehicular por falta de obras de desarrollo vial y por la falta de un terminal terrestre y ni que hablar del mercado que es un caos, etc. ¿Quién controla? ¿Quién fiscaliza? ¿Quién sanciona?.
Ante ello, qué hacer, si la contraparte obligacional no cumplen con su Funciones, Obligaciones ni deberes y por el contrario se exprime y sanciona a los contribuyentes, no atienden a los reclamos. Se advierte que  El Estado no ejerce un verdadero control, no ejercen una adecuada fiscalización, ni menos existen sanciones ejemplares,  ¿quién defiende al Pueblo? No se oye padre.
Por un lado los sancionados tributariamente en caso de que consideran injusta la medida pueden plantear sus Reclamaciones, Reconsideraciones, Apelaciones, Nulidades, en aras del Debido Procedimiento Administrativo. Y por otro lado, nosotros los Ciudadanos de a pie, ya estamos cansados de tantos abusos, ya es hora de alzar nuestra voz de protesta dentro de los cánones legales ejerciendo nuestros derechos que ampara la Constitución Política del Perú y demás normas legales vigentes y exigir que se respeten y se cumplan con los mismos. Todo ello por una CHINCHA MEJOR.
(*) Abogado
E-mail: Lsolario@hotmail.com

Tf. Mv. 956-996333.

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