Sunampe, 20 de Marzo del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
La Sesión Ordinaría de Concejo de fecha 06 de Diciembre 2012; y
a la Sesión Ordinaría de Concejo de fecha 12 de Marzo 2013, sobre la aprobación
de la Creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con
Discapacidad OMAPED.
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución
Política del Perú modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma
Constitucional, las Municipalidades tienen autonomía Política Eco-nómica y
Administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional
concordante con el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, que además establece que dicha autonomía radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción
al ordenamiento jurídico;
Que, en el artículo 1º de la Constitución Política del Perú,
establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son
el fiel supremo de la sociedad y del estado, asimismo en su artículo 7º, estipula
que todos tienen derecho a la protección de su salud de su medio familiar y de
la comunidad, así como el deber de continuar a su promoción y defensa y que la
persona incapacitada, para velar por si misma a causa de una deficiencia física
o mental, tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección,
atención, readaptación y seguridad;
Que, de conformidad al artículo 84º, inciso 2.12, de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son funciones específicas
exclusivas de las Municipalidades distritales, crear la Oficina de protección
participación y organización de los vecinos con discapacidad;
Que, la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con
Discapacidad, en su artículo 1º, establece el marco legal para la promoción,
protección y realización en condiciones de igualdad, de los derechos de la
persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión, plena y
efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica;
Estando a lo expuesto; y en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, ley Orgánica de Municipalidades;
y lo acordado por unanimidad en las Sesiones ordinarias de Concejo de fecha 06
de Diciembre 2012; y la de fecha 12 de Marzo 2013, el Concejo Municipal aprobó
la siguiente:
ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACIÓN DE LA OFICINA
MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD OMAPED, DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
Artículo Primero.- Crear la Oficina Municipal de Atención a las
Personas con Discapacidad OMAPED de la Municipalidad Distrital de Sunampe.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la Gerencia
Municipal, Planificación y Presupuesto a fin de dar cumplimiento a la presente
Ordenanza.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Carlos A. Grimaldi Moyano
Alcalde
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