viernes, 8 de febrero de 2013

LESBIANAS, TRANS, GAYS Y BISEXUALES (LTGB) NO SON RESPETADOS EN SUS DERECHOS HUMANOS



 Los derechos humanos de los homosexuales, trans, lesbianas y de todos los que tengan una orientación sexual “anormal” (LTGB) deberían ser indiscutibles, imprescriptibles,  irrenunciables, universales como todo derecho humano y para ello basta el sólo hecho de ser persona, porque la dignidad de la persona humana constituye un valor absoluto como el de la vida misma desde su concepción hasta la muerte natural.
A esas conclusiones llegaron ayer la doctora Beatriz Ramírez Huaroto, del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos PROMSEX, y Giovanny Romero Infante, Presidente del Movimiento Ho-mosexual de Lima (MOHL), durante el conversatorio que dirigieron en el auditorio de la Corte Superior de Justicia de Ica (CSJI).
Esa jornada educativa fue organizada por el Centro de Investigación  Judiciales del Po-der Judicial del Perú y el Consorcio formado por Vía Libre, el Movimiento Homosexual de Lima y el Instituto RUNA de Desarrollo y Estudio de Género.
La inauguración estuvo a cargo del doctor Segundo Florencio Jara Peña, Presidente de la CSJI, quien agradeció a
los organizadores y a los expositores por el esfuerzo realizado para poder ofrecer exposiciones de alta calidad y de presente actualidad. También dijo que para el mes de marzo, dado el inte-rés existente en el tema se volverá a organizar jornadas como la que estamos comentando.
Los expositores coincidieron en que aún no se han dado las leyes necesarias para respetar totalmente –como debería ser- los derechos humanos de las personas con distinta orientación sexual a la que equivocadamente se denomina “normal”
Recurrieron a una serie de hechos ocurridos no solamente en el Perú, sino también en Australia, Chile, Colombia y en otros lugares del planeta donde la discriminación a las denominadas comunidades LTGB en los que el odio y la intolerancia los habían victimizado.
En todos esos casos se ha contado con la participación de la dependencia de los derechos humanos de las Cortes internacionales tanto de la Organización de los Estados Americanos (OEA) como de las Naciones Unidas (ONU).
Ica, 01 de febrero del 2013
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Ica


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