miércoles, 19 de septiembre de 2012

EXPUSIERON EN CORTE DE ICA


“La Prescripción y la Caducidad en Procesos Disciplinarios” fue expuesto en la Corte de Ica
La prescripción extingue la acción, pero no el derecho mismo; mientras que la caducidad extingue el derecho y la acción correspondiente. Esa es una de las principales diferencias entre esos dos institutos regulados en el Código Civil, denominado Prescripción y Caducidad.
 Esa fue una de las conclusiones a las que llegó en su exposición el Doctor Luis Alberto Me ra Casas, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuando abordó el tema: “La Prescripción y la Caducidad en Procesos Disciplinarios”; ante los señores Magistrados y trabajadores judiciales, en el auditorio de la Corte Superior de Justicia de Ica, entidad que organizó esa actividad a través de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODEMA-ICA) en coordinación con el Poder Judicial.
El discurso de bienvenida, estuvo a cargo del Doctor BONIFACIO MENESES GONZALES, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, quien puntualizó el esfuerzo que realiza su gestión por capacitar a los Magistrados y trabajadores judiciales, a fin de ofrecer un mejor servicio de justicia.
Como panelistas intervinieron el doctor Nelson Pinedo Ob, Jefe de la Oficina de ODEMA-ICA,  el doctor René Zelada Flores, asignado especial por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la doctora Ángela Carolina García Vivanco, especialista judicial adscrita a la ODEMA-ICA.
El doctor Mera Casas también remarcó que en opinión de algunos estudiosos del derecho, “ni la prescripción ni la caducidad extinguen la acción, entendida ésta como el derecho que tiene toda persona de solicitar tutela jurisdiccional efectiva”.
En su turno, cada uno de los panelistas mencionados hizo preguntas, y con las respuestas del citado expositor Mera Casas, se aclaró en mucho los conceptos vertidos sobre el tema tratado.

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