miércoles, 15 de noviembre de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA N° 033-2017 – MPCH
Chincha Alta, 02 de Octubre de 2017.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO, el Informe No. 3033-2017-GPP/MPCH, de fecha 11 de setiembre de 2017, presentado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, sobre modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305,  concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales  son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 9° numeral 8) establece. Son atribuciones del Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos", de igual modo, el artículo 39° establece; "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos".
Que, con la Ordenanza N° 032-2017-MPCH de fecha 19 de Setiembre 2016 se Modifica el Reglamento de Organización y Funciones — ROF y el Manual de Organización y Funciones —MOF, donde se creó la División Servicios Generales y Control Patrimonial dentro de la Sub Gerencia de Logística.
Que, con Informe No. 02930-2017-GPP/MPCH, de fecha 28 de agosto de 2017, el (e) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad,  comunica que en el Reglamento de Manual y Funciones se había programado la Sub Gerencia de Servicios Generales y Control Patrimonial que estaba encargada de Programar, organizar, coordinar, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con la administración de inmuebles, maquinarias y equipos, mobiliario y enseres y otros bienes. También le corresponde suministrar los servicios de transporte, conservación, mantenimiento y seguridad; por tanto en  vista que la Sub Gerencia de Logística no tiene personal especializado para asumir el cargo de las funciones en mantenimiento de maquinarias de Limpieza Pública; recomienda; que se considere en el ROF y MOF vigente, que las Funciones para ejecutar el mantenimiento de las maquinarias de Limpieza Pública sean Administradas por la Gerencia de Servicio al Ciudadano en la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Saneamiento y Salud y en la División de Limpieza Pública — Parques y Jardines y Salubridad.
Que, con Informe No. 3033-2017-GPP/MPCH, de fecha 11 de setiembre de 2017, el (e) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad, comunica que con Informe N° 1757-2017-SGL/MPCH de fecha 16 de agosto del 2017, la Sub Gerencia de Logística, por intermedio de la Gerencia Municipal, remite los antecedentes y análisis sobre la operatividad de las Maquinarias de Limpieza Pública, en vista que la Sub Gerencia de Logística no tiene personal especializado para asumir el cargo de las funciones en mantenimiento de maquinarias de Limpieza Pública; por lo que al tener conocimiento de los antecedentes y análisis remitidas por la Sub Gerencia de Logística, sobre las Maquinarias de Limpieza Pública, se ha realizado la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF, correspondiendo a la Gerencia de Servicios al Ciudadano la administración de la operatividad de las Maquinarias de Limpieza Pública y es necesario poner en conocimiento al Concejo Municipal para su aprobación referente a la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), correspondiente a la Sub Gerencia de Logística sobre las Maquinarias de Limpieza Pública, que se está considerando en la Gerencia de Servicios al Ciudadano, Sub Gerencia de Saneamiento, Salud y Gestión Ambiental, Articulo 104°, numeral 26 y 27.
Estando a lo expuesto,  a  lo  aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre de 2017, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la modificación  de la Ordenanza No. 032-2017-MPCH; donde se modificó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), respecto a  que se consideró la Sub Gerencia de Logística a cargo de las Maquinarias de Limpieza Pública;  considerando las funciones a cargo de Gerencia de Servicios al Ciudadano, Sub Gerencia de Saneamiento, Salud y Gestión Ambiental, Articulo 104°, numeral 26 y 27, que se adjunta en anexo y forma parte de la  presente ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Servicios al Ciudadano y a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario de la localidad y sus anexos en la Página Webb de la Entidad www.municipalidadchincha.gob.pe
ARTÍCULO TERCERO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde



0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.