Chincha
Alta, 24 de Febrero de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO,la comunicación de fecha 02 de febrero de 2016,
presentado por don Baldomero Fernández Ramos, Coordinador de Elecciones del Centro Poblado Liscay, del distrito de
San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a la
atribución constitucional prevista en el artículo 178° inciso 3, de la
Constitución Política del Perú, el Jurado Nacional de Elecciones vela por el
cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones
referidas a materia electoral.
Que, de acuerdo
a lo establecido por el numeral 26 del Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley
Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal, aprobar la
celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios
interinstitucionales.
Que, el Artículo
41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el
concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, según lo
establece el artículo 2° de la Ley N° 28440, el Alcalde Provincial convoca a
elecciones de autoridades ediles de los centros poblados, comunicando el acto
al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad. Asimismo, el artículo
6° estipula que a fin de efectuar la fiscalización presencial del acto de sufragio,
es necesaria la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional
entre la Municipalidad Provincial correspondiente y este organismo electoral, debiendo
su representada contar con convenio vigente a la fecha del proceso electoral.
Que, por
comunicación de vistos, el Coordinador de Elecciones C.P. Liscay, comunica que
estando por vencerse la vigencia del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
y la Municipalidad Provincial de Chincha (MPCH) requiere que se efectué los
trámites ante el Jurado Nacional de Elecciones,
a fin de actualizar dicho convenio y poder llevarse a cabo el Proceso de
Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado de Liscay, Distrito de
San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha.
Que,
por Informe Legal No. 280-2017-GAJ/MPCH, de fecha 22 de Febrero de 2017, el
Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, opina que se proceda a la autorización
de renovación del Convenio, por haber venció el plazo de un año señalado en la cláusula tercera del convenio
suscrito; autorizándose al Alcalde Provincial a la suscripción de dicho Convenio
Marco; derivándose al Concejo Municipal para su aprobación.
Estando a
lo expuesto, comunicación del
Coordinador de Elecciones del Centro Poblado de Liscay de la Entidad, el Gerente
de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39°
y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del
Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 22 de Febrero de 2017, con la dispensa de lectura y aprobación
de acta; se aprueba el siguiente Acuerdo.
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO.- AUTORIZAR
al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad
Provincial de Chincha, renovar la suscripción del Convenio
Marco de Cooperación Interinstitucional para la Asesoría y Fiscalización
de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, entre el Jurado
Nacional de Elecciones y la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encargar a la
Secretaria General, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo al Jurado
Nacional de Elecciones, con la debida
nota de atención y a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario