jueves, 25 de junio de 2026

Contraloría alerta que diez gobiernos regionales no destinan recursos suficientes para que fiscalicen su gestión

 



- Existe el riesgo de que consejeros regionales cuenten con fondos limitados para la función de control

 La Contraloría General ha identificado a diez gobiernos regionales que no vienen incorporando en su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026 los recursos mínimos exigidos para que el Consejo Regional fiscalice su gestión. En la lista se encuentran Ama-zonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Loreto y Madre de Dios.

De acuerdo con la normativa vigente, los gobiernos regionales deben destinar al Consejo Regional como mínimo el 1 % del presupuesto asignado para gastos y servicios de los recursos ordinarios, con la finalidad de que cuenten con la capa-cidad logística y el apoyo profesional necesario para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. Sin embargo, al 15 de junio de 2026, no vienen cumpliendo con esta obligación legal.

Según los informes de control, los diez gobiernos regionales debieron destinar como mínimo para las actividades de fiscalización de sus consejos regionales un total de S/ 12 406 295.12. No obstante, se verificó que solo habían asignado S/ 6 646 197.00; es decir, 53.6 % (en promedio) de lo que corresponde de acuerdo con la Ley n.° 31812.

El Gobierno Regional de Ica consignó S/ 376 163 cuando correspondía S/ 695 450.76.

El Gobierno Regional de Ayacucho asignó S/ 988 288 de S/ 1 154 642.67 que correspondía para la función de fiscalización.

Al no asignarle los recursos necesarios que les corresponde por ley, existe el riesgo de que se vea limitada la función fiscalizadora de los consejeros regionales.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley n° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, los consejeros regionales elegidos por sufragio directo tienen entre sus atribuciones fiscalizar la gestión pública del gobierno regio-nal

La Contraloría General ha comunicado a los titulares de los gobiernos regionales los resultados del servicio de control a fin de que adopten oportunamente las medidas preventivas y correctivas a fin de no limitar presupuestalmente la función fiscalizadora del Consejo Regional.

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