MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA
ORDENANZA
MUNICIPAL N°010-2025/MDPN
Pueblo Nuevo, 11 de diciembre del 2025
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO
NUEVO - CHINCHA
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N°071-2025/MDPN de fecha 11 de
diciembre del 2025 se aprueba la ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL DERECHO DE
EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO DEL
IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES; ASÍ COMO SU DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo –
Chincha, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo
II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades N°27972,
establece que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno
local, los cuales tienen autonomía política , económica y administrativa
en los asuntos de su competencia,
radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno
administrativos y de administración. La
autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades,
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, las Ordenanzas de las municipalidades son normas
de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal,
por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y materias en las que la
municipalidad tiene competencia normativa; conforme lo establece el Artículo
40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972;
Que, la cuarta Disposición Final del Decreto Supremo
N°156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos
de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no
mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1° de enero de cada
ejercicio;
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de actualización
de valores, determinación del Impuesto Predial y Tasa de Arbitrios Municipales
de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondientes
al ejercicio 2026;
Que lo dispuesto en el artículo 40° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N°27972, para la entrada en vigencia y exigibilidad de
las ordenanzas en materia tributaria expedida por las municipalidades
distritales, estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales
de su circunscripción;
Que, estando a lo dispuesto en el Informe Legal
N°373-2025-MDPN/SGAJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica quien emite informe
favorable y conveniente a fin de dar conformidad a la presente Ordenanza y en
uso de sus facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° y el artículo
40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972; el Concejo Municipal
por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA
DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO DEL IMPUESTO PREDIAL Y
ARBITRIOS MUNICIPALES; ASÍ COMO SU DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA PARA EL FISCAL
2026
ARTÍCULO 1°. - FÍJESE en el monto de S/.10.00 (Diez y
00/100 Soles) la tasa por el derecho de emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación del tributo del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el ejercicio 2026, en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Nuevo-Chincha
y en S/. 5.00 (Cinco y 00/100 Soles) la hoja adicional por anexo.
Este monto será abonado conjuntamente con el pago al
contado del Impuesto Predial o de optar por el pago fraccionado, con la
cancelación de la primera cuota.
ARTÍCULO 2°.- APROBAR el Informe Técnico que incluye el
Cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de
Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos,
incluida su distribución a domicilio, correspondientes al Impuesto Predial y a
los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo
para el ejercicio 2026, que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente
Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO 3°.- FACÚLTESE al Alcalde a fin que mediante
Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr
la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del 01 de enero del año 2026 de acuerdo marco normativo de la
ratificación de ordenanza y su respectiva publicación en el diario oficial.
ARTÍCULO 5°.– ENCARGAR a la Secretaría General su
remisión a la Municipalidad Provincial de Chincha, de acuerdo a lo establecido
en la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para su Ratificación
correspondiente, con los requisitos de acuerdo a Ley. ARTÍCULO 6°.- ENCARGUESE
a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Rentas, Unidad de Tecnología de la
Información, Unidad de Tesorería, el cumplimiento de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 7°.- ENCÁRGUESE a la oficina de Secretaría
General la difusión y publicación de la presenta ordenanza en los medios de
comunicación y a la Unidad de Tecnología de a Informacion su publicación en el
Portal web institucional y Portal web Gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ing.
WILLIAM SANCHEZ CAHUANA
ALCALDE
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